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Ley para evitar abusos en empeños prendarios

11 marzo 2011
Noticias de Yucatán

(nueva ley, iniciativas, PAN, empeño, usura, acuerdo, diputados)

11 marzo 2011
Casas de empeño cobran hasta 144% de interés al año
La diputada Elsy María Sáenz Pérez en la sesión ordinaria del Congreso, ayer
La diputada Elsy María Sáenz Pérez en la sesión ordinaria del Congreso, ayer Ver fotos(1)

En tranquila sesión, el Congreso del Estado aprobó ayer por unanimidad la iniciativa de decreto para declarar a 2012 "Año de la Cultura Maya", y la Ley de Fomento al Desarrollo Científico, Tecnológico y a la Innovación del Estado de Yucatán.

En la misma sesión plenaria, se admitió la iniciativa de Ley para Regular las Casas de Empeño en el Estado de Yucatán, que presentó el diputado Renán Barrera Concha, mediante la cual se busca evitar abusos en los préstamos prendarios.

"La crisis económica, el abandono del campo, la falta de producción, son factores que han propiciado el crecimiento exponencial de las casas de empeño. Las hay desde las comisarías y municipios más pequeños hasta las colonias y las grandes plazas comerciales", afirma el diputado Barrera Concha, del PAN.

"Lamentablemente muchos de esos establecimientos no están regulados, fijan los préstamos a su arbitrio y cometen abusos, con intereses de hasta el 144% anual, lo que impide a los pignorantes recuperar su prendas.

"Disfrazan las tasas diciendo que es sólo del 3% semanal, que se convierte en 12% mensual y en 144% anual. Ese juego de cifras representa un engaño a los usuarios", advierte, en entrevista, luego de entregar a la mesa directiva su iniciativa de ley.

"Este lucrativo negocio alienta también el robo a casas-habitación. Los ladrones de televisores, reproductores de DVD, equipos de sonido, "lap tops" y hasta celulares, saben que pueden vender fácilmente esos artículos a las casas de empeño, pues no les exigen facturas ni ningún documento que acredite la propiedad", apunta.

"No les importa que les paguen mucho menos de su valor, porque lo que quieren es tener dinero rápido y fácil.

"En el interior del Estado, particularmente en el Oriente, vemos que la necesidad obliga a las madres de familia a empeñar sus alhajas artesanales y a los albañiles a empeñar sus herramientas. Los jóvenes también son atraídos por las casas de empeño y empeñan sus celulares y otros equipos que difícilmente recuperarán por los altos intereses", abunda el diputado.

Renán Barrera dice que no hay un censo ni se han hecho estudios sobre el fenómeno de las casas de empeño en Yucatán, pero la Profeco ya trabaja en eso y pronto habrán resultados.

Sin embargo, dice que un estudio precisamente de esa dependencia federal arrojó que en los últimos cuatro años el número de casas de empeño en el país creció en casi 250%, al pasar de 1,850 sucursales a 4,500.

"En Yucatán sólo sabemos que hay unas 150 franquicias nacionales y extranjeras, pero no sabemos cuántas sucursales tienen. El promedio de tasas de interés es del 6% mensual, es decir, del 72% anual, pero los abusos llegan hasta el 144%.

Tanto en tribuna como en la entrevista, Renán Barrera aclara que hay casas de empeño no lucrativas, bajo la figura de instituciones de asistencia privada, "que son de mucha ayuda para la sociedad y trabajan de manera seria y responsable".

El diputado propone llevar un registro y control de las casas de empeño, que sus contratos estén registrados ante la Profeco, que cuenten con seguro contra daños y perjuicios de las prendas dadas en garantía, poner un tope a los intereses y que el pignorante compruebe la propiedad de la prenda, a fin de evitar que lleguen artículos robados.

También propone un capítulo relativo a las sanciones, que van desde la multa hasta la clausura definitiva del establecimiento.

A diferencia de otras sesiones, los diputados del PRI y el PAN se congratularon porque Yucatán cuente con una ley que impulse el desarrollo científico y tecnológico, aunque esa norma sólo exija que se destine "no menos del 1% de los recursos de libre disposición asignados al gasto corriente del Poder Ejecutivo".- FÉLIX UCÁN SALAZAR

En contexto:
Congreso | Sesión plenaria

Los diputados acordaron que 2012 sea el "Año de la Cultura Maya", en el marco del fin de una era y el comienzo de otra.

"Maravillas"

"Es tiempo de mostrar la casa, de levantar la mano y decir: Yucatán es tierra de maravillas. Yucatán es cuna de Cultura Viva", dijo el diputado Roberto Rodríguez, del PRI.

"Hace falta"

"Ha llegado el momento de consensuar esfuerzos y voluntades políticas. Que 2012, Año de la Cultura Maya no sea una bandera más de lucimiento sino un primer paso de los muchos que hacen falta para legitimar el trabajo legislativo a favor del pueblo maya", indicó el diputado Tito Sánchez, del PAN.

Consensos

Las diputadas Leticia Mendoza, del PRI; Magaly Cruz, del PAN; y Jorge Várguez Canul, del PRD, destacaron los alcances de la Ley de Fomento al Desarrollo Científico, Tecnológico y a la Innovación de Yucatán.

11 marzo 2011 02:29 | Comentar 0 | Imprimir | Enviar Enviar a un amigo | Disminuye un punto el textoRegresa el texto a su tamaño originalAumenta el tamaño del texto un punto
Exposición de motivos de Renán Barrera al presentar la iniciativa de ley que regula las casas de empeño

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H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATAN

PRESIDENTE MESA DIRECTIVA

El suscrito diputado RENAN ALBERTO BARRERA CONCHA, integrante de la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional, con fundamento en la fracción I del artículo 35 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, así como de los artículo 16 y 22 de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo del Estado de Yucatán, presento ante esta Honorable Soberanía la presente iniciativa de LEY QUE REGULA LAS CASAS DE EMPEÑO EN EL ESTADO DE YUCATAN, con base en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Actualmente, cuando pensamos en casas de empeño, pensamos en todos aquellos establecimientos privados que conceden préstamos a cambio de dejar algún objeto en prenda y tiene generalmente fines lucrativos. Sin embargo, en la antigüedad cuando éstas apenas empezaban a surgir, los fines u objetivos de dichos establecimientos eran totalmente diferentes a los existentes hoy en día.

Las casas de empeño tienen su origen en el continente europeo, específicamente en Italia, donde a mediados del siglo XV, los franciscanos al ver la necesidad que tenían personas como los agricultores, los artesanos, los pequeños comerciantes y las personas que estaban sumidas en la pobreza, quienes no tenían un empleo fijo y por lo tanto su ingreso era muy poco, decidieron apoyarlos a buscar dinero para que éstos pudieran pagar sus deudas.

Antiguamente a las casas de empeño se les denominaba con el nombre de “Monte Pío” y el significado del nombre era “Caja de la Piedad”, refiriéndose a que se utilizaba una caja metálica para poder guardar tanto el dinero como aquellas cosas que quedaban en prenda por el préstamo que se había hecho. Los franciscanos desarrollaban una importante labor al tener la clara intención de ayudar a los más necesitados y por lo tanto tenían una organización bien establecida ya que ellos contaban con diferentes casas de ahorro o “montes” que eran específicamente para un cierto grupo, que podía ser por ejemplo: para apoyar al gobierno, para ayudar a alguna causa noble o con fines lucrativos.

En nuestro país, las casas de empeño fueron surgiendo después de que en el continente europeo se iban constituyendo cada vez más fuerte, éstas siguieron los mismos principios de ayuda y solidaridad a las personas más necesitadas, quienes obtenían préstamos que eran sostenidos por la Iglesia y más tarde por el Estado e incluso por instituciones benéficas.

En México la primera casa de empeño llego en 1775, fue el “Sacro y Real Monte de Piedad de Ánimas” fundado por el señor Pedro Romero de Terreros, y es lo que hoy en día se conoce como el Nacional Monte de Piedad. Este establecimiento se fijo objetivos claros de manera rápida y el principal de todos era el poder brindar ayuda permanente a las personas que más lo necesitaban. Los primeros empeños se dieron el 25 de febrero de 1775.

En el Sacro y Real Monte de Piedad de Ánimas no se cobraban intereses a las personas que fueran a pedir un préstamo y había casos en los que si algún pignorante quería hacer algún donativo por la cantidad que fuere, ésta se usaba para el propósito principal que era siempre ayudar a los más necesitados y aparte se utilizaba para las misas de los difuntos.

En México más tarde en el año de 1921, cuando acababa la Revolución, se inició una campaña de supervisión a las casas de empeño por parte de la Junta de Beneficencia Privada, con el fin de supervisar el modo de operar de dichos establecimientos en todo el país.

El establecimiento de las casas de empeño fueron de gran importancia y concurrencia para la gente de nuestro país en ese entonces, en una época donde la pobreza afectaba a un gran sector y éstos no tenían por donde buscar para obtener los medios para satisfacer las necesidades de la vida diaria, así como lo siguen siendo hoy en día, donde muchísima gente acude a ellas en busca de un crédito.

El funcionamiento de las casas de empeño actualmente, ha sido muy controversial, toda vez que la gente al dejar sus pertenecías, muchas veces valiosa y otras de gran significado personal para obtener un crédito, éstos establecimientos les cobran intereses muy altos, provocando que los pignorantes se vean impedidos de recuperar sus prendas.

Existen muchas casas de empeño, además de las no lucrativas, que son de mucha ayuda para la sociedad y trabajan en forma seria y responsable. Sin embargo, existen otras cuantas, que no cumplen con algunos requisitos básicos para su funcionamiento. En ocasiones se abusa de la ignorancia de la gente y no se les explica en forma clara cómo se determinarán los intereses que deberán pagar.

En México existen aproximadamente 4 mil 500 sucursales de diferentes empresas y franquicias dedicadas a esta labor. En los últimos cuatro años el número de casas de empeño creció en casi 250% al pasar de 1850 sucursales a 4 mil 500 y estas casi siempre se anuncian afirmando que cobran los intereses más bajos, y de manera invariable colocan las tasas mensuales, no anuales, lo que atrae a los posibles clientes y los préstamos rara vez superan 10% del valor real de los objetos

Las épocas de mayor afluencia de pignorantes para recuperarse de los gastos, son semana santa y las fechas posteriores a las fiestas decembrinas y la mejor forma de obtener dinero es llevando algunas de sus pertenencias a casas de empeño que reciben alhajas, antigüedades, electrodomésticos y electrónicos entre otros.

Actualmente en nuestro Estado el número de las Casas de Empeño ha aumentado considerablemente tanto en la ciudad como en las poblaciones rurales. Lamentablemente los establecimientos no cuentan con ninguna ley que regule su manejo y funcionamiento, por lo que muchas personas que recurren a éstas en busca de un crédito se encuentran desprotegidos y ni el Estado, ni los municipios pueden hacer algo para proteger a los ciudadanos porque no existe alguna norma local que las regule.

Las Casas de Empeño son empresas cuyas operaciones se contempla explícitamente como actos de comercio según el Código de Comercio.

Ante la proliferación de los establecimientos en comento, es necesario legislar a efecto de contar con una ley que establezca los criterios y controles que regirán su apertura y funcionamiento, procurando de esta manera dar certeza de que las actividades que realicen las casas de empeño no vulneren el derecho de los más desprotegidos.

Lo que esta iniciativa de ley pretende, es precisamente dar certeza al funcionamiento de las casas de empeño, que cumplen con las mínimas medidas legales, actuando en todo momento con apego a la ley.

Actualmente la mayoría de los estados cuenta con leyes reguladoras de este tipo de establecimientos y aunque se sabe que existen esfuerzos aislados a nivel federal para legislar en la materia, es nuestro deber como diputados proteger a los yucatecos que sean participes de las operaciones contempladas en este ordenamiento.

La presente iniciativa, contempla regular a todas aquellas personas físicas o morales cuya actividad principal es ofertar al público, préstamos de dinero mediante la celebración de contratos de mutuo con interés y garantía prendaria.

De esta forma, evitaremos el vacio legal en que se encuentran las casas de empeño que fueron constituidas bajo la figura de Instituciones de Asistencia Privada, toda vez que la Ley Federal de Protección al Consumidor no las contemplaba. Figura que por cierto, es nueva en el estado y pudiera fomentar más aún el crecimiento indiscriminado de estos establecimientos, aprovechándose del vacío legal citado.

La presente iniciativa consta de nueve capítulos y setenta y tres artículos; los títulos son los denominados: de las disposiciones generales, de los permisos, de la regulación de los contratos, de las casas de empeño, de la secretaria, del procedimiento de inspección; de las sanciones, de las notificaciones y del recurso de revisión.

Dentro de los objetivos generales que son la base de esta iniciativa, así como los puntos a destacar se encuentran:

I.- Establecer un ordenamiento legal y las bases bajo los cuales se regularán los establecimientos que otorguen préstamos de dinero. Es decir, las conocidas usualmente como Casas de Empeño.

II.- Se asegura que las empresas que otorguen préstamos de dinero se encuentren legalmente establecidas, habiendo cumplido con todos los requisitos correspondientes, así como que cuenten un seguro que garantice los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a las prendas dadas en garantía.

III.- Se establecen los procedimientos para el empeño, refrendos y comercialización en su caso, respecto de las prendas dadas en garantía.

IV.- Se establecen procedimientos para realizar inspecciones que permitan vigilar la estricta observancia de la presente ley.

V.- Se contempla un capítulo referente a las sanciones para los establecimientos que no cumplan con los requisitos señalados en esta ley.

V.- Se le dará certeza jurídica al interesado de celebrar un contrato con establecimientos autorizados por el ejecutivo del estado, con la finalidad de que los ciudadanos no puedan ser sujetos a fraudes. En el mismo sentido los pignorantes tendrán la seguridad de que el contrato celebrado ha sido previamente aprobado por la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor.

Nuestro estado tiene el deber de dotar a los ciudadanos de los elementos necesarios que le permitan tener mayor certeza de que las actividades que se den entre particulares no vulneren el derecho de los más necesitados.

Otro los aspectos más significativos tenemos el poner un tope a los intereses que se cobran en virtud de los préstamos otorgados, los cuales en muchos casos se tratan de usura, aprovechándose de la necesidad o ignorancia de las personas que acuden a estos servicios.

De igual forma, se pretende frenar el flujo de artículos robados en las casas de empeño toda vez que el pignorante, es decir, el interesado en dejar un bien mueble en prenda, debe primeramente identificarse y necesariamente acreditar su propiedad con la correspondiente factura, o bien, a falta e este, acudir con dos testigos que bajo protesta de decir verdad señalen que dicha persona es la propietaria del bien dado en prenda. Como consecuencia de lo anterior, buscamos inhibir el cada vez mayor delito de robo con la finalidad de encontrar en las casas de empeño un destino seguro y eficaz para los que delinquen con ese fin.

Con la presente iniciativa se establece como un requisito indispensable para obtener el permiso, que los establecimientos previamente registren su contratode adhesión de mutuo con interés y garantía prendaria ante la Delegación Estatal de la Procuraduría Federal del Consumidor, obligando a los solicitantes a dar un trato justo a sus futuros clientes, con el objetivo de proteger sus derechos así como darles confianza jurídica.

A fin de dar seguridad a los pignorantes, las casas de empeño estarán obligadas a que en caso de aprobarse su solicitud de permiso de funcionamiento, contraten en forma inmediata una póliza de seguro que le permita responder por los daños y perjuicios que pudieran causarse a las prendas dadas en garantía.

En cuanto a la información que deberá otorgarse a los solicitantes tenemos que además de la señalada en el propio contrato, todas las casas de empeño deberán tener a la vista del público en el exterior de sus establecimientos cierta información mínima que permita a los interesados de manera clara conocer las condiciones manejadas por los establecimientos.

Hoy en México, la verificación a casas de empeño responde a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección al Consumidor y a la Norma Oficial Mexicana NOM-179-SCFI-2007, Servicios de mutuo con interés y garantía prendaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2007.

Según información oficial, en México de cada 100 personas que recurren a empeñar un bien para obtener un préstamo, 66 lo hacen en alguna de las instituciones de asistencia privada no lucrativas, y el resto, 34, son clientes de negocios prendarios privados. Para la gran mayoría, 84.2%, es una alhaja de oro el artículo que se empeña.

Los datos anteriores son resultado de un estudio de opinión realizado en diciembre de 2008 y enero de 2009 por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para conocer el comportamiento de los mexicanos que, sobre todo después de los periodos vacacionales de fin de año y de Semana Santa suelen visitar los sitios de préstamo prendario para aliviar los apuros familiares luego de haber gastado más allá de lo que sus economías les permite.

Este estudio, llamado Sondeo sobre casas de empeño e instituciones de asistencia privada, elaborado por la Profeco durante los meses de diciembre 2008 y enero 2009, 65.7% de los participantes acudieron a las IAP y el restante 34.3%, a una casa de empeño privada; 84.2% de ellos empeña alhajas de oro.. De los clientes de casas de empeño, 48.2% opinó que el dinero que les entregaron en préstamo fue poco para sus expectativas, y 37.6% de las personas destinaría el dinero del empeño para comprar alimentos.

En el rubro de sanciones, la presente iniciativa de ley especifica las causales que motivarán la aplicación de una multa, la suspensión temporal del permiso, la cancelación definitiva del mismo, así como la clausura temporal o definitiva del establecimiento, lo anterior, con el propósito de salvaguardar las garantías de legalidad y seguridad jurídica.

En el estudio de esta iniciativa, se consultó a expertos en la materia, propietarios de casa de empeño, usuarios, y autoridades federales conocedoras de la materia. Asímismo un sondeo realizado por diversas casas de empeño en el Estado permitió fijar el parámetro de los límites de la tasa de interés y un comparativo a nivel nacional que la mayoría de los casos son excesivos y ponen en total desventaja a los usuarios de dichos servicios. Asímismo, un análisis comparativo de otras leyes estatales en la materia nos permito tomar los aspectos más importantes y relevantes para perfeccionarlos y dotar de elementos eficaces en su aplicación a la presente iniciativa.

Con esta iniciativa de Ley, pondríamos a la vanguardia a nivel nacional la regulación de las casas de empeño en nuestro Estado, daremos certeza jurídica a propietarios de casas de empeño, regularíamos con justicia y objetividad el patrimonio de los yucatecos y usuarios de estos servicios, quienes en ocasiones por ignorancia, falta de información o emergencias familiares han perdido patrimonios enteros por haber sido víctimas del abuso de alguna casa de empeño sin regulación.

Nuestra responsabilidad como legisladores, es y debe seguir siendo, el legislar a favor de los yucatecos y proteger en todo momento su certeza jurídica y su seguridad patrimonial, así como evitar que negocios poco regulados puedan por la falta de normas vulnerar los derechos de todos los que vivimos en Yucatán.

Por último, quiero señalar que la presente Ley tendrá múltiples beneficios tanto para los yucatecos como para aquellos establecimientos que de manera profesional tendrán un marco jurídico responsable que evitará tener una competencia desleal con establecimientos que abusan en la prestación de estos servicios.

Nuestro estado requiere de manera urgente una legislación local que proteja el patrimonio de los yucatecos, principalmente de la gente más necesitada.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de:

LEY QUE REGULA LAS CASAS DE EMPEÑO EN EL ESTADO DE YUCATAN

PROTESTO LO NECESARIO EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, YUCATAN A LOS 10 DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2011

ATENTAMENTE

______________________________________

DIP. RENAN ALBERTO BARRERA CONCHA

Aprueban diputados más recursos para investigación

10 marzo 2011
Noticias de Yucatán

(tecnología, CITI, nueva ley)

9 marzo 2011
Comunicado

Con modificaciones aportadas por diputados del PRI, PAN, PRD y PVEM fue aprobado por unanimidad el dictamen de la iniciativa de Ley de Fomento al Desarrollo Científico, Tecnológico y a la Innovación del Estado de Yucatán, presentada por el Poder Ejecutivo.


A solicitud de la comunidad científica, después de consensuar con las autoridades correspondientes, el monto de los recursos asignados para la ciencia y la tecnología, paso del 0.3% del gasto programable del ejecutivo al 1% de los recursos de libre disposición asignados al gasto corriente del poder ejecutivo en el decreto del presupuesto, lo que representará un verdadero apoyo para el cabal cumplimiento de esta ley.

La presidenta de la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Arte, Cultura y Deporte, Leticia Mendoza Alcocer (PRI) señaló que cada bancada hizo un análisis profundo de la iniciativa y se invitó a la comunidad científica para que exprese sus observaciones. Igualmente se abrió en la página web del Congreso un espacio para que todo aquel interesado pudiera expresarse respecto a la misma.

Aseveró que todos tuvieron la oportunidad de manifestar sus expectativas respecto a la nueva ley, así como sus observaciones a la misma, fueron escuchados atentamente por los diputados integrantes de esta comisión.

Y es que esta futura ley busca fomentar, impulsar y fortalecer la investigación científica, la innovación, el desarrollo tecnológico, la promoción de una cultura científica en la sociedad y establecer las bases para la aplicación de los recursos que el Estado y los municipios.

Con la Ley de Fomento al Desarrollo Científico, Tecnológico y a la Innovación del Estado de Yucatán, se busca actualizar y modernizar nuestro marco jurídico acorde con los lineamientos idóneos que permitan un avance en ciencia, tecnología e innovación, ya que, si bien es cierto, Yucatán, cuenta con las capacidades institucionales y recursos humanos de alto nivel; así como el recurso humano, mismo que asciende a 1,200 investigadores, 400 de ellos con doctorado y alrededor de 376 pertenecen al Sistema Nacional de Investigadores, siendo entre los pocos Estados que cuenta con esa comunidad científica con importantes capacidades.

La nueva norma cuenta con 76 artículos, mismos que se encuentran divididos en 10 Títulos y tendrá por objeto impulsar y fomentar las actividades científicas, tecnológicas, de innovación y de vinculación en el Estado, las cuales deberán ser impulsadas por el Gobierno del Estado de Yucatán, los Ayuntamientos y el Consejo de Ciencia, Innovación y Tecnología del Estado de Yucatán (CONCITEY).

Asimismo establece los lineamientos para la elaboración de un Programa Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación, que deberán ser en función con el objeto de la Ley.

En el dictamen, se determinó que el Sistema de Investigación, Innovación y Desarrollo Tecnológico del Estado de Yucatán, debería contar entre sus medios de operación con un Parque Científico y Tecnológico, para que las instituciones de educación superior, los centros de investigación y las empresas de base tecnológica, que formen parte del mismo, puedan instalarse sin perder por ello, su identidad y régimen jurídico propio.

También esta norma viene a fortalecer las disposiciones establecidas en la actual Ley, ya que incluye a la Secretaría de Educación entre las autoridades competentes para la aplicación y vigilancia del cumplimiento de la Ley.

Asimismo, amplía las atribuciones del Gobernador del Estado de Yucatán, en el marco de la ciencia, tecnología e innovación, asimismo se amplía el objeto y las atribuciones del Consejo de Ciencia, Innovación y Tecnología del Estado de Yucatán (CONCITEY), para que se encuentre en la posibilidad de responder adecuadamente a las demandas del desarrollo social y económico de la Entidad.

Se establece un Padrón Estatal de Investigadores, Tecnólogos, Inventores y Vinculadores, que estará conformado por todos aquellos investigadores, tecnólogos inventores y vinculadores reconocidos como activos por el Consejo de Ciencia, Innovación y Tecnología del Estado de Yucatán (CONCIYTEY), siempre y cuando su labor científica, tecnológica de invención y/o vinculación cumpla con lo establecido en la Ley y en el Reglamento de ésta.

Y por último, se crean los Premios Yucatán de Ciencia, Tecnología, Innovación y Vinculación; en sus categorías de Ciencia Juvenil y de Creatividad Infantil, para reconocer, promover y estimular el desarrollo científico, tecnológico, la innovación y la vinculación en el Estado; así como promover el interés por estas ramas importantes en etapas tempranas en la formación de estudiantes de educación primaria, secundaria, media superior y licenciatura.

Para concluir sesión, los diputados Leticia Mendoza Alcocer (PRI), Magaly Cruz Nucamendi (PAN) y Jorge Félix Várguez Canul (PRD), coincidieron en que la nueva ley será de vanguardia y traerá muchos beneficios a los yucatecos.

Estuvieron presentes, la presidenta Leticia Mendoza Alcocer; el vicepresidente, Alberto Escamilla Cerón; los secretarios, Magaly Cruz Nucamendi y Jorge Várguez Canul; vocales; Carlos Pavón Flores, Javier Osante Solís y Carlos David Ramírez y Sánchez, este último justifico su inasistencia.

Cambios aún sin vigencia

06 septiembre 2010
Noticias de Yucatán
(iniciativas, nueva ley)
  • Nuevas leyes y reformas tendrían efecto a partir del próximo año
  • Histórico primer período ordinario de la LIX Legislatura
06/09/2010

La actual Legislatura es la que históricamente más leyes y reformas realizó en su primer período ordinario de sesiones, pero ninguna de ellas ha entrado en vigor. Incluso, la mayoría tendrá vigencia a partir del próximo año, no antes.

En el período ordinario de sesiones —concluyó el martes 31— se aprobaron cinco leyes, así como reformas a la Constitución, a los Códigos Penal, de Procedimientos Penales y a la Ley Orgánica de la Procuraduría de Justicia, pero ninguna entró en vigor. Están pendientes.

La mayoría de estas leyes y reformas ni siquiera se han publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, y ése es uno de los motivos por los cuales no entran en vigor, aunque en otras de plano se establece que será en 2011 cuando comience su vigencia o en plazos que llevan hasta ese año.

Por ejemplo, la Ley de Protección al Medio Ambiente, aunque en sus artículos transitorios establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación, todavía no se publica en el Diario Oficial del Gobierno del Estado.

Aun cuando se publique y entre en vigor, se establece un plazo de hasta 180 días para que se elabore su reglamento.


La Ley del Notariado, la única que han publicado
Aún así, entrará en vigor el 27 de febrero del próximo año
06/09/2010

Las reformas a la Constitución hechas por la LIX Legislatura para elevar a rango constitucional los Proyectos de Prestación de Servicios y por la deuda pública todavía no se publican. Entrarán en vigor al día siguiente de que se dé a conocer.

No hay ni para cuando se publique porque falta que los 106 ayuntamientos del Estado manifiesten al Congreso si están de acuerdo con estas reformas, y para eso disponen de hasta 90 días, por lo que hasta el próximo año podría publicarse.

En su primer período ordinario, esta Legislatura aprobó también —como publicamos en la portada de esta sección— las reformas a los Códigos Penal y de Procedimientos Penales, así como a la Ley Orgánica de la Procuraduría de Justicia. En sus transitorios se establece que entrarán en vigor a los 15 días de su publicación, pero esto aún no se hace.

Para estas reformas, que consisten en establecer a los policías encubiertos, entre otras cosas, también se da de plazo —hasta el 21 de agosto de 2012— al Ejecutivo estatal para que se cumplan todas las disposiciones.

La única ley que ya se publicó —el 31 de agosto— en el Diario Oficial es la del Notariado, pero se establece en sus transitorios que entrará en vigor a los 180 días de su publicación (regirá a partir del 27 de febrero de 2011).

La Ley de Asistencia Privada tampoco se ha publicado, pero en sus transitorios se fija como fecha para que entre en vigor el sábado 1 de enero de 2011.

Pero, además, para que se inicien las funciones de los órganos que se crean con esta ley se da un plazo de 90 días a partir de cuando entre en vigor.

La Ley de Mejora Regulatoria del Estado, que fue de las primeras en aprobarse, en julio, también según sus artículos transitorios entrará en vigor el 1 de enero de 2011, y desde esa fecha el Ejecutivo tiene 180 días para presentar su reglamento.

Además, se fija un plazo de 80 días a partir del 1 de enero para que el Ejecutivo expida el decreto que reforma el objeto y funciones de esta ley, y 90 días a las dependencias y entidades de la administración pública para que informen quiénes serán sus enlaces con el consejo de mejora.

Congreso

- Reformas La Oficialía Mayor y Planeación y Fomento Económico tienen 240 días (desde el 1 de enero) para emitir sus lineamientos y disposiciones de la mejora regulatoria.
Ley del Congreso La última ley aprobada, en el último día del período ordinario de sesiones, fue la del mismo Congreso; se cambió la Orgánica del Legislativo por la de Gobierno del Poder Legislativo. Entrará en vigor a los 60 días de su publicación, lo cual no ha ocurrido.
En vez de la Gran Comisión Se da un plazo de 10 días desde que entre en vigor para instalar la Junta de Gobierno del Congreso, que sustituirá a la Gran Comisión, y 180 días para presentar su reglamento.

Larga y ríspida jornada, la sesión del Congreso

18 agosto 2010
Noticias de Yucatán
(congreso, conflicto, ley de protección al ambiente, nueva ley)

Lanza acusaciones al oficial mayor un diputado panista
18/08/2010

“En el Congreso de Yucatán no existe una auténtica revisión de la cuenta pública, esta tarea ha sido truncada, nefastamente mutilada, pues parece que se hace hasta lo imposible para evitar que los diputados cumplamos nuestra obligación de fiscalización”, denunció Pedro Couoh Suaste, diputado del PAN.

En sesión del Congreso que duró cuatro horas y media, en la que se aprobó por unanimidad la Ley de Protección Al Medio Ambiente, el diputado panista acusó a Martín Chuc Pereira, oficial mayor del Congreso, por su negativa a entregarle para su revisión los documentos de análisis que envío la Auditoría Superior, según le informó su titular, René Márquez Arcila.

En el punto de asuntos generales, Suaste Couoh recordó las gestiones que ha realizado para analizar la cuenta de 19 ayuntamientos, lo que no ha conseguido por trabas de la Oficialía Mayor, incluyendo una supuesta “enfermedad” de su titular en el primer día previsto para la revisión.

Dijo que estas acciones cuestionan el trabajo del oficial mayor, quien es un funcionario de controvertido pasado y dudosa permanencia, que ni siquiera pasó por una ratificación del Congreso y socava las funciones de la Comisión y la responsabilidad que tienen como diputados.

Suaste Couoh expresó que para hacer una revisión de cuentas seria y responsable es necesario hacer un trabajo estricto, minucioso, cuya labor sea pública y de fácil acceso, “de lo contrario se caería en espejismos y simulaciones, en tratar de hacerle creer a la sociedad que se está fiscalizando, cuando en realidad no se está cumpliendo esa función”.

Martha Góngora Sánchez, diputada del PRI y presidenta de la Comisión de Vigilancia de la Cuenta Pública del gobierno del Estado, manifestó que los diputados dictaminan sobre las cuentas con base en la información que envía la Auditoría Superior. Añadió que no es posible que cada diputado vaya a medir si un ayuntamiento hizo una calle como marca la ley.

La sesión de Congreso se inició a las 10:15 a.m y finalizó a las 2:45 p.m. luego de leer más de 140 artículos de la Ley de Protección al Medio Ambiente, pues no se dispensó su lectura.

En lo general, la Ley fue aprobada por el voto de los 25 legisladores yucatecos y en lo particular fue aprobada por mayoría, sin contar con el voto de los dos legisladores del PRD.

Lízbeth Medina Rodríguez, diputada del PAN, recordó al presidente de la mesa directiva, Víctor Caballero Durán, que hay varios puntos de acuerdo que los diputados de la oposición han presentado y hasta el momento no se les ha dado el trámite correspondiente.

Como ejemplo indicó que en sesiones pasadas ha pedido exhortar al Poder Ejecutivo y a los 106 ayuntamientos para que revisen la legislación relacionada con los derechos de niñas, niños y adolescentes, y expidan los reglamentos que complementen las disposiciones del ramo pero no se le ha dado trámite.


Congreso

- Sesión Más de cuatro horas duró ayer la sesión de Congreso, en la que se aprobó la Ley de Ambiente Intervención En representación del Grupo Parlamentario del PAN, Tito Sánchez Camargo pidió al Ejecutivo estatal crear la Procuraduría Estatal Ambiental, a lo que se comprometió hace año y medio.
Esperanzas Hizo notar que los diputados panistas también esperan que las políticas ambientales sean una realidad, que no sea “letra muerta”.

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