Cambios aún sin vigencia

06 septiembre 2010
Noticias de Yucatán
(iniciativas, nueva ley)
  • Nuevas leyes y reformas tendrían efecto a partir del próximo año
  • Histórico primer período ordinario de la LIX Legislatura
06/09/2010

La actual Legislatura es la que históricamente más leyes y reformas realizó en su primer período ordinario de sesiones, pero ninguna de ellas ha entrado en vigor. Incluso, la mayoría tendrá vigencia a partir del próximo año, no antes.

En el período ordinario de sesiones —concluyó el martes 31— se aprobaron cinco leyes, así como reformas a la Constitución, a los Códigos Penal, de Procedimientos Penales y a la Ley Orgánica de la Procuraduría de Justicia, pero ninguna entró en vigor. Están pendientes.

La mayoría de estas leyes y reformas ni siquiera se han publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, y ése es uno de los motivos por los cuales no entran en vigor, aunque en otras de plano se establece que será en 2011 cuando comience su vigencia o en plazos que llevan hasta ese año.

Por ejemplo, la Ley de Protección al Medio Ambiente, aunque en sus artículos transitorios establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación, todavía no se publica en el Diario Oficial del Gobierno del Estado.

Aun cuando se publique y entre en vigor, se establece un plazo de hasta 180 días para que se elabore su reglamento.


La Ley del Notariado, la única que han publicado
Aún así, entrará en vigor el 27 de febrero del próximo año
06/09/2010

Las reformas a la Constitución hechas por la LIX Legislatura para elevar a rango constitucional los Proyectos de Prestación de Servicios y por la deuda pública todavía no se publican. Entrarán en vigor al día siguiente de que se dé a conocer.

No hay ni para cuando se publique porque falta que los 106 ayuntamientos del Estado manifiesten al Congreso si están de acuerdo con estas reformas, y para eso disponen de hasta 90 días, por lo que hasta el próximo año podría publicarse.

En su primer período ordinario, esta Legislatura aprobó también —como publicamos en la portada de esta sección— las reformas a los Códigos Penal y de Procedimientos Penales, así como a la Ley Orgánica de la Procuraduría de Justicia. En sus transitorios se establece que entrarán en vigor a los 15 días de su publicación, pero esto aún no se hace.

Para estas reformas, que consisten en establecer a los policías encubiertos, entre otras cosas, también se da de plazo —hasta el 21 de agosto de 2012— al Ejecutivo estatal para que se cumplan todas las disposiciones.

La única ley que ya se publicó —el 31 de agosto— en el Diario Oficial es la del Notariado, pero se establece en sus transitorios que entrará en vigor a los 180 días de su publicación (regirá a partir del 27 de febrero de 2011).

La Ley de Asistencia Privada tampoco se ha publicado, pero en sus transitorios se fija como fecha para que entre en vigor el sábado 1 de enero de 2011.

Pero, además, para que se inicien las funciones de los órganos que se crean con esta ley se da un plazo de 90 días a partir de cuando entre en vigor.

La Ley de Mejora Regulatoria del Estado, que fue de las primeras en aprobarse, en julio, también según sus artículos transitorios entrará en vigor el 1 de enero de 2011, y desde esa fecha el Ejecutivo tiene 180 días para presentar su reglamento.

Además, se fija un plazo de 80 días a partir del 1 de enero para que el Ejecutivo expida el decreto que reforma el objeto y funciones de esta ley, y 90 días a las dependencias y entidades de la administración pública para que informen quiénes serán sus enlaces con el consejo de mejora.

Congreso

- Reformas La Oficialía Mayor y Planeación y Fomento Económico tienen 240 días (desde el 1 de enero) para emitir sus lineamientos y disposiciones de la mejora regulatoria.
Ley del Congreso La última ley aprobada, en el último día del período ordinario de sesiones, fue la del mismo Congreso; se cambió la Orgánica del Legislativo por la de Gobierno del Poder Legislativo. Entrará en vigor a los 60 días de su publicación, lo cual no ha ocurrido.
En vez de la Gran Comisión Se da un plazo de 10 días desde que entre en vigor para instalar la Junta de Gobierno del Congreso, que sustituirá a la Gran Comisión, y 180 días para presentar su reglamento.

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