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Uber puede trabajar libremente por tiempo indefinido hasta que se resuelva un amparo

10 enero 2018
Noticias de Yucatán

Carlos Pavón Flores, consejero jurídico del gobierno del Estado, que el Ejecutivo ya presentó sus argumentos al Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones y Competencia Económica en respuesta al amparo que promovió Uber, contra la Ley de Transporte de Yucatán.
El mes pasado Uber obtuvo la “suspensión definitiva” contra esa norma estatal, aprobada en 2016 en el Congreso del Estado.
Los representantes de Uber recurrieron al amparo ante ese Tribunal, luego que en mayo de 2017 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la acción de inconstitucionalidad que plantearon los diputados yucatecos del PAN y Morena.
El Ejecutivo local dijo que su argumento principal es brindar a la ciudadanía “la mayor seguridad jurídica necesaria y seguridad personal a los usuarios que requieran del uso de las plataformas digitales.
Aún no se sabe cuánto tiempo más tardará el proceso.
“Todo depende de los ministros, de cómo atiendan el tema”, dijo el funcionario.
Agregó que el Ejecutivo yucateco está a la espera de lo que determinen las autoridades judiciales federales.

Precisó que por ahora la Ley de Transporte estatal no aplica para la empresa Uber, es decir, están suspendidos los procedimientos en cuanto a la “aplicación de la autoridad hacia los que vulneren la ley y hacia los que ya la vulneraron”, hasta que se dicte una resolución por parte de la autoridad competente.

Suspenden cualquier orden de captura contra el priista Manlio Fabio Beltrones

09 enero 2018
Noticias de Yucatán 
Una juez federal otorgó una suspensión a Manlio Fabio Beltrones que impide ejecutar cualquier orden de aprehensión en su contra, o ser presentado ante una autoridad ministerial, además de que ordena se le permita tener acceso a la carpeta de investigación que integra la Fiscalía General del Estado de Chihuahua contra ex funcionarios estatales que presuntamente triangularon recursos públicos.

La medida cautelar fue concedida por María Dolores Núñez Solorio, juez Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, dentro del juicio de garantías 1110/2017.

El ex presidente nacional del PRI promovió un amparo para conocer la carpeta de investigación que la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, inició contra el ex gobernador de esa entidad, César Duarte, y ex colaboradores que presuntamente desviaron recursos públicos, caso en que algunas versiones periodísticas señalan a Beltrones como otro de los involucrados.

Manlio Fabio emitió un comunicado en el que señaló que en esta época electoral, "es más fácil construir ficción para denostar".

Advirtió que no permitirá que las autoridades de Chihuahua "cometan un deliberado daño moral a las personas, intentando obtener notoriedad política u ocultar el desastre de inseguridad que ha marcado a la presente administración".
Javier Corral, gobernador de Chihuahua / Foto: Cuartoscuro

Y agregó:
"Ante la falta de certeza jurídica que deberían garantizar los operadores jurídicos del estado de Chihuahua en el nuevo sistema de justicia penal acusatorio, donde deben privilegiarse los principios de estricto apego a la ley y de presunción de inocencia, es que me veo obligado a acudir a la justicia federal mediante el juicio de amparo con el principal objetivo.

"Aunque parezca increíble, de poder acceder al expediente y así enterarme de los hechos que aparentemente se investigan a partir de declaraciones hechas por supuestos testigos beneficiados, y en su caso, hacer respetar los derechos fundamentales de los ciudadanos, los cuales, por cierto, parecen no importarle a algunos servidores públicos en aquel estado", dijo.
Milenio

El Ejecutivo estatal ofrece respetar una decisión a favor de Uber

24 diciembre 2017
Noticias de Yucatán

La administración estatal garantiza el irrestricto respeto a los procesos jurisdiccionales y de cualquier asunto que se encuentre en instancias federales.
Al día de hoy, el Ejecutivo del Estado no ha recibido notificación formal sobre la suspensión definitiva derivada del Juicio de Amparo que se ventila en un Juzgado Federal en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.
Una vez recibida la notificación se conocerán los alcances de la misma. Es importante señalar que una suspensión definitiva solo deja las cosas en el estado que se encuentra en tanto se resuelve el fondo del juicio.

Es decir, el proceso principal aún está iniciando y como lo hicimos ante la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esperaremos el resultado y seremos respetuosos del mismo.

Gobierno de Yucatán en espera del amparo ganado por Uber

23 diciembre 2017
Noticias de Yucatán 
La administración estatal garantiza el irrestricto respeto a los procesos jurisdiccionales y de cualquier asunto que se encuentre en instancias federales.

Hasta este día, el Poder Ejecutivo del Estado no ha recibido notificación formal sobre la suspensión definitiva derivada del Juicio de Amparo que se ventila en un Juzgado Federal en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.

Una vez que llegue dicha notificación, se conocerá los alcances de la misma. Es importante señalar que una suspensión definitiva sólo deja las cosas en el estado en que se encuentran, en tanto se resuelve el fondo del juicio.

Es decir, el proceso principal aún está iniciando y, como hicimos ante la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esperaremos el resultado y seremos respetuosos del mismo.

Jueza Federal falla a favor de Uber en Yucatán por tiempo indefinido: suspende aplicación de la ley de Transporte

22 diciembre 2017
Noticias de Yucatán

La empresa Uber quedó ayer protegida por tiempo indefinido contra la regulación que se le impuso en el Estado de Yucatán, según se publica en el periódico Reforma.
Una jueza federal concedió a la plataforma de contratación de transporte una suspensión definitiva, como parte de una demanda de amparo en la que impugna la reforma de junio de 2016 a la Ley de Transporte de Yucatán para regular este tipo de servicios.
La suspensión definitiva fue concedida luego de que, el 14 de diciembre, el Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones y Competencia Económica ordenó ampliar los alcances de una suspensión provisional que la Jueza Rafaela Franco había otorgado el 8 de diciembre.
Si bien las sentencias no son públicas, en abril pasado el mismo tribunal colegiado concedió a Uber una suspensión contra la ley de Jalisco, en la que prohibió a las autoridades actuar contra choferes o pasajeros, y exentó a la empresa de registrar sus vehículos o compartir su base de datos con la Secretaría de Movilidad.
Similares disposiciones contiene la ley yucateca, que obliga a estas empresas a contar con constancias y certificados que expide la Dirección de Transporte, amén de contemplar características de los vehículos, obligaciones de los choferes, y la prohibición de cobrar en efectivo.
Franco negó la suspensión contra ciertos aspectos de la ley, pero se desconoce cuáles, y Uber podría inconformarse de nuevo ante el tribunal colegiado.
La suspensión estará vigente durante todo el tiempo que tome el trámite del juicio de amparo, en el que se revisará la Constitucionalidad de diez artículos de la Ley de Transporte y otros tantos de su reglamento, lo que podría tomar más de un año.
Uber promovió su amparo el 22 de junio, pero la Jueza lo rechazó por considerar que no se refería a competencia económica, y lo envió a un Juzgado de Mérida, que también se declaró incompetente.
Fue hasta el 24 de noviembre cuando un tribunal colegiado resolvió que la Jueza Especializada en Competencia Económica es quien debe tramitar este amparo.
Uber también impugnó el 10 de noviembre el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, que le fija requisitos, pero su demanda está en el limbo por otro conflicto competencial, entre un juez en Materia Administrativa y una Especializada en Competencia Económica.
En mayo pasado, al revisar la regulación de Yucatán impugnada por diputados locales, la Suprema Corte de Justicia emitió varios criterios que no tuvieron mayoría calificada de ocho Ministros para anular las normas, pero que sí pueden llevar a que Uber gane sus amparos.
Hubo mayorías que declararon inconstitucional la prohibición de cobrar en efectivo, y la obligación de que el chofer sea dueño del vehículo, pero también mayorías que señalaron que los Estados sí pueden regular este tipo de servicios, así como exigir que los autos tengan ciertas características.

Suprema Corte ampara a mujer a la que el ISSSTE le negó el servicio de reproducción asistida

30 noviembre 2017
Noticias de Yucatán

(apro).- La Segunda Sala de la Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN) amparó a una mujer, derechohabiente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) que le negó acceder al servicio de reproducción humana por no cumplir con el límite de edad, que es hasta los 35 años.
La mujer asistió al Centro Médico Nacional “20 de noviembre”, donde se ofrece ese servicio, pero se lo negaron con el argumento de que no cumple con el requisito de contar con la edad máxima de 35 años.
Al resolver el amparo en revisión 619/2017, la Sala estableció que ese y otros dos criterios del ISSSTE para negar el servicio mencionado son violatorios de derechos humanos.
La Sala explicó que el límite de edad establecido es violatorio de los principios de igualdad y no discriminación, porque dicho límite no está directamente relacionado con el derecho a la salud, que incluye el acceso a los servicios de salud reproductiva.
Además, señaló que la edad no es el único factor determinante para el éxito de esos programas, porque existen otros elementos a considerar, como el número de ovocitos de calidad disponibles y las patologías reproductivas tanto del hombre como de la mujer.
El segundo requisito que consideró violatorio es el que exige a los solicitantes ser parejas constituidas legalmente, lo cual también es contrario a los principios de igualdad y no discriminación, porque tampoco está directamente relacionado con el derecho que pretende proteger pues el concepto de familia que contempla el artículo 4º constitucional, se refiere a la familia como realidad social.
En este sentido, abundó, el concepto de familia debe incluir a una madre e hijos, por lo que las personas solteras también deberían tener acceso a los servicios de reproducción asistida.
El otro requisito que consideró violatorio de derechos dispone que sólo las parejas sin anomalías genéticas heredables a sus hijos pueden tener acceso a las técnicas de reproducción asistida que ofrece el ISSSTE.
Al respecto, la Sala de la Corte consideró que, si bien en principio está vinculada con la finalidad de garantizar el estado de bienestar físico, mental y emocional tanto de los pacientes como de la posible descendencia, “contraviene los principios de igualdad y no discriminación porque no es la menos restrictiva, y al aplicarla se estaría limitando el derecho a la salud reproductiva”.
Por otra parte, la Segunda Sala consideró constitucionales los requisitos cuarto y sexto, los cuales establecen, respectivamente, que tendrán acceso a los servicios de reproducción asistida aquellos derechohabientes que no tengan ninguno o tengan un hijo, y que a los pacientes con alguna enfermedad concomitante se les realizará una consulta preconcepcional para evaluar los riesgos potenciales del embarazo.
Asimismo, refirió que, en el juicio, la recurrente solicitó la reparación integral a su favor por la violación a sus derechos humanos. Sin embargo, la Segunda Sala señaló que en la Ley de Amparo no existe ninguna disposición que permita a los jueces decretar compensaciones económicas y/o medidas de reparación no pecuniarias en las sentencias de amparo.


Obsequia jueza federal suspensión definitiva a Javier Duarte

11 agosto 2017
Noticias de Yucatán

El proceso de los delitos por los que se le acusa en Veracruz no podrá ser trasladado a ese estado.

El exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, recibió la suspensión definitiva en contra de dos órdenes de aprehensión giradas por autoridades locales, por parte de una juez federal.
La suspensión definitiva por los delitos del fuero común, es decir a nivel local, es por las probables comisiones de abuso de autoridad, incumplimiento de un deber legal, peculado, tráfico de influencia y coalición.
La Jueza Primero de Distrito en Amparo Penal de la Ciudad de México, Sandra Leticia Robledo Magaña, fue la encargada de obsequiar la suspensión definitiva, con la que Duarte permanecerá en una prisión fuera del estado de Veracruz.
Duarte enfrenta un proceso penal a nivel federal por los delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero, cuyo periodo de investigación complementaria será de seis meses.
La próxima audiencia del ex mandatario veracruzano ante el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México, Gerardo Moreno García, se realizará en enero de 2018.
Con la decisión de la jueza federal, los jueces de Veracruz que giraron órdenes de aprehensión contra Duarte de Ochoa por delitos del fuero común, tienen un plazo de tres días para fijar una fecha en la que el acusado tendrá que presentar su declaración vía videoconferencia.
El pasado 19 de julio, la misma juez le había otorgado a Javier Duarte una suspensión provisional en contra de las órdenes de aprehensión dictadas en Veracruz.
La decisión festejada entre el equipo defensor de Duarte de Ochoa, permitirá que lleve ese proceso en su reclusión en la Ciudad de México y no ser enviado a un centro penitenciario en Veracruz.
La Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz, encabezada por Jorge Winckler Ortíz, tiene preso por delitos del fuero común al ex secretario de Seguridad Pública, Arturo Bermúdez Zurita.
También se encuentra detenido el ex secretario de Finanzas y Planeación, Mauricio Audirac; al ex secretario de Gobierno  y Gobernador Interino, Flavino Ríos Alvarado; a la ex vocera, Gina Domínguez; así como al ex director general de la Comisión Estatal del Agua y ex secretario de Comunicaciones, Francisco García.
Actualmente se encuentra prófugo y hay una orden de aprehensión contra el ex secretario de Salud, Juan Antonio Nemi Dib.

 Aristegui Noticias

Juez federal otorga amparo a Eva Cadena; le impone fianza de medio millón de pesos

10 mayo 2017
Noticias de Yucatán Compartir



Eva Cadena, diputada independiente de Veracruz, se amparó ante la Justicia Federal, contra cualquier orden de detención o acción de la justicia, sin embargo, deberá cubrir una fianza de 500 mil pesos.

El juzgado 18 de Distrito, con sede en Xalapa, aceptó la demanda de amparo promovida la semana pasada y concedió la suspensión provisional a la diputada, acusada de actos de corrupción. Eva Cadena no se ha presentado en tres semanas ante el Pleno para acudir a las Sesiones del Congreso.

La diputada deberá pagar 500 mil pesos de fianza en un plazo de cinco días, esto de acuerdo a la consideración que tuvo el juez que conoció del caso, quien analizó y consideró las acusaciones que se han hecho contra la legisladora en torno a actos de corrupción y la recepción de dinero para campañas políticas y para poder aprobar un dictamen a modo, en torno al tema de la verificación vehicular.

Con información de XEU Noticias

Uber consigue suspensión definitiva contra Ley de Movilidad en Querétaro

04 abril 2017
Un juez federal falló a favor de Uber en el juicio de amparo, que inició contra la Ley de Movilidad del Estado de Querétaro y la convocatoria para registrar a las aplicaciones digitales de transporte ejecutivo, por lo que podrá seguir operando -como hasta ahora- en la zona metropolitana de la capital queretana.
A través de un comunicado de prensa, la empresa de servicio privado informó que el Poder Judicial de la Federación le concedió la suspensión definitiva contra dicha legislación local y los requisitos solicitados por el Instituto Queretano del Transporte.
“Esta resolución constituye un precedente importante a favor de los derechos constitucionales de los usuarios y de su libertad de elegir la manera de transportarse utilizando la tecnología”, manifestó la compañía este jueves 30 de marzo por la tarde.
Uber destacó que está comprometido con una regulación incluyente del transporte ejecutivo y se mantendrán dispuestos a dialogar con todas las autoridades involucradas para cumplir con sus compromisos.
“Seguimos comprometidos con mejorar la movilidad en el Estado de Querétaro así como contribuir al desarrollo de la economía colaborativa”, mencionó la empresa, después de que se conoció la decisión del juzgador federal, que le otorgó la suspensión definitiva.
Apenas hace unas horas, el gobernador del Estado de Querétaro, Francisco Domínguez Servién, afirmó que la operación de Uber era ilegal; después de que el Instituto Queretano del Transporte le negara la autorización para funcionar como aplicación digital de servicio ejecutivo en la zona metropolitana.

Mañana SCJN podría declarar que créditos del Infonavit son caros e inconstitucionales

06 julio 2016
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá el día de mañana un proyecto que declara lainconstitucionalidad del esquema de crédito hipotecario que aplica el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) desde 1992.
El proyecto fue elaborado por el ministro José Ramón Cossío, quien propuso a la Primera Sala  fallar contra el artículo 44 de la Ley del Infonavit, el cual regula la actualización de los saldos de los préstamos por atentar contra la obligación del Estado de proveer “crédito barato” para vivienda.
Esto pues el artículo 123 de la Constitución establece que toda empresa […] estará obligada […] a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas […] mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo […] y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciones”.
De acuerdo al proyecto del ministro Cossío, los créditos del Infonavit son en realidad más caros que los que ofrece la banca comercial, pues el artículo 44 lleva a que se cobre tanto interés simple como interés compuesto, lo que devine en el cobro de pagos excesivos en los 30 años que dura el préstamo.
"Esta Corte considera que el mecanismo para mantener actualizado el valor del Fondo Nacional de Vivienda da lugar a que los créditos otorgados a los trabajadores no cumplan el mandato Constitucional de ser baratos. También tiene la consecuencia de que se rebase la capacidad real de pago del trabajador y que se exceda el valor real de la vivienda", así lo señala el citado proyecto.
Es importante mencionar que en caso que los ministros aprueben el proyecto de Cossío, el Infonavit podría enfrentar una miles de demandas civiles para exigir que se recalculen los saldos de miles de créditos otorgados a los trabajadores.

La Suprema Corte falla contra el IMSS por negar guardería a un padre

01 julio 2016

Mediante un amparo otorgado a un hombre para inscribir a su hijo, avalan proyecto en el que se argumenta que el cuidado y desarrollo del menor no son roles exclusivos para la mujer
La Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que laLey del Seguro Social es discriminatoria con los hombres.
Mediante un amparo otorgado a un trabajador para que inscriba a su hijo en una guardería del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la Segunda Sala de la Corte avaló con cuatro votos a uno el proyecto elaborado por la ministra Margarita Luna Ramos en el que argumentó que actualmente el cuidado y desarrollo del menor no son roles exclusivos para la mujer.
El fallo, que por primera vez señala discriminación contra los hombres, establece que los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social, el 2 y 3 del Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería y las normas para la operación de este servicio del IMSS resultan inconstitucionales.
El amparo fue solicitado por un hombre a quien el IMSS le negó el servicio de guardería porque la ley contempla que ese derecho sólo corresponde a mujeres trabajadoras, viudos o divorciados que tengan la custodia judicial de sus hijos, siempre que no se hayan casado de nuevo o vivan con alguien.
"La ley hace una clara distinción del beneficio del servicio de las guarderías, al otorgarlo en forma exclusiva a las aseguradas, cuya única condición es la de ser mujer; mientras que, para los hombres asegurados, establece una serie de requisitos, en su condición de padres o para los hombres que tengan la guarda y custodia de un menor", establece el fallo.
"Se considera que esta distinción es injustificada y discriminatoria, en la medida de que en términos del artículo 4o. de la Constitución Federal, el hombre y la mujer son iguales ante la ley".
El padre de familia que sí tiene Seguro Social pero cuya esposa no cuenta con él, argumentó que el IMSS estaba violando su derecho a la igualdad y no discriminación al amparo de la Ley de Seguridad Social.
Por ello, la sentencia de Luna Ramos advirtió que el principio de igualdad y no discriminación por razón de género, no sólo debe apreciarse desde la óptica de la mujer pues esta misma visión de género puede afectar también al hombre.
"El Estado está obligado a garantizar, a través de la ley, igualdad de condiciones para que ambos padres (corresponsabilidad) puedan contribuir en el pleno desarrollo de la familia, velando siempre el interés superior del menor", afirma.
"Esta Sala considera que el hombre, al igual que la mujer, tiene derecho a acceder al servicio de guardería que, en su carácter de aseguradas, el Instituto les presta en forma amplia a ellas; pues no existe ninguna justificación legal, constitucional ni convencional que los prive de obtenerlo en igualdad de condiciones".
Finalmente, la Corte ordenó se dé acceso al trabajador al servicio de guardería para su hijo.

Juez niega amparo a implicados en fuga de Guzmán Loera

29 marzo 2016
El juez Décimo de Distrito en Materia de Amparo Penal en la Ciudad de México negó la protección de la justicia federal a dos presuntos cómplices e implicados en la fuga de Joaquín Guzman Loera, alias "el chapo" Guzman , del Penal del Altiplano.
El impartidor de justicia resolvió de esa manera en el amparo 891/2015 presentado por Lázaro de Jesús Araujo Juárez y Lázaro Araujo Burgos, padre e hijo respectivamente.
Ambos buscaban dejar sin efecto la orden de arraigo y su ampliación, que les fue dictada por un juez de Distrito Especializado en Cateos, Arraigos e Intervención de Comunicaciones, se informó en un comunicado del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
Los quejosos fueron señalados como probables responsables de delitos relativos a la delincuencia organizada, específicamente se les relaciona con el llamado Cartel de Sinaloa.
El Agente del Ministerio Público les atribuye, además, su participación en la fuga del narcotraficante del penal de máxima seguridad, pues son señalados como quienes de manera intencional adquirieron el predio donde se construyó el túnel por el que escapó.
La autoridad jurisdiccional también determinó sobreseer sobre el señalamiento de incomunicación reclamado, pues en autos se demostró que durante el arraigo esas personas recibieron visitas todos los días de su madre y esposa, respectivamente, además de que se les permitió realizar una llamada telefónica al día.
El juez federal señaló que el arraigo y su ampliación constituyen actos de tracto sucesivo, porque después de decretarse por el plazo inicial (hasta 40 días), su ampliación -por un lapso idéntico-, garantiza la eficacia de la investigación de delitos, al evitar la sustracción de la persona señalada como probable responsable de hechos posiblemente constitutivos de delito.
La orden de arraigo tiene la naturaleza de una medida cautelar con efectos provisionales, determinados por el tiempo durante el cual se conceda la restricción de la libertad.
De acuerdo con el juez, el arraigo no constituye un acto privativo, ya que sus efectos provisionales quedan sujetos al resultado del procedimiento administrativo o jurisdiccional en el cual se dictan, donde el sujeto afectado es parte y podrá aportar los elementos probatorios que considere convenientes.
En consecuencia, para la imposición de tal medida cautelar no rige la garantía de previa audiencia.
El juez afirmó que el arraigo y su ampliación son constitucionales, habida cuenta que para su emisión el Juez Federal Especializado observó los artículos 16, párrafo octavo, Constitucional y 12 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, bajo los lineamientos puntualizados con antelación.
Por tanto el juez señaló que los argumentos de los quejosos, mediante el cual aduce que la medida cautelar de arraigo conculca el derecho fundamental a un debido proceso legal, porque no existe un recurso eficaz para combatirlo.
Sostuvo que el juicio de amparo cumple con las características de un recurso judicial efectivo, en tanto que permite al juez constitucional emprender un análisis para establecer si ha habido o no una violación a los derechos humanos de los solicitantes.

Aplaza tribunal federal resolución del litigio entre la Comuna y Santander

13 enero 2016
El Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil con sede en la ciudad de México, decidió aplazar la resolución relativa al amparo por el litigio existente entre el Ayuntamiento de Mérida y el banco Santander.
Como hemos informado, en este juicio el banco Santander pretende cobrar las rentas derivadas del contrato de arrendamiento de las luminarias.
Aunque el asunto estaba listado en las audiencias de hoy, finalmente la autoridad judicial federal acordó retirar el tema de su lista de pendientes, y lo pospuso para otro momento.

Mañana se resolverá amparo por litigio entre la Comuna y Santander

12 enero 2016
Se espera que mañana miércoles, en Tribunal Colegiado con sede en el D.F. resuelva el amparo interpuesto por el Ayuntamiento de Mérida en el juicio instaurado por Santander contra el municipio, informó la secretaria de la Comuna, María Fritz Sierra.
En este juicio el banco Santander pretende cobrar las rentas derivadas del contrato de arrendamiento de las luminarias.
La funcionaria habló sobre las consecuencias que se generarían ante dos escenarios posibles: que se conceda o que se niegue el amparo.
En caso de que se conceda se absolvería al Ayuntamiento de lo reclamado por el banco Santander que asciende a 280 millones de pesos aproximadamente y el banco quedaría sin acción de cobro.
Indicó que aún cuando el fallo sea favorable, todavía está pendiente de solucionar otro amparo promovido por el Ayuntamiento de Mérida contra una resolución dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo estatal.
La secretaria municipal anticipó que en caso de que el juicio contra Santander no fuera favorable a la Comuna el Ayuntamiento tendría 10 días hábiles para interponer un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia, desde el momento en que se le notifique.
Este nuevo recurso podría tardar de 6 a 8 meses y durante este tiempo el Banco Santander no cobraría nada a la Comuna hasta que se dicte resolución.
En este escenario el Ayuntamiento de Mérida está preparado para que no haya consecuencias en la calidad de los servicios públicos municipales ni afectaciones graves a las finanzas.
-Desde el inicio de la administración nos preparamos para este escenario y adoptamos diversas medidas como una reordenación administrativa, y se hicieron las provisiones necesarias para afrontar cualquier posible resolución adversa.

Yumaira no pudo juntar los $50 mil de fianza y pide amparo

10 enero 2016

Ante la imposibilidad de reunir los 50 mil pesos de fianza que se le fijaron por el accidente que propició en Plaza Altabrisa, Yumaira Guadalupe Burgos Lara solicitó un amparo con el argumento de que la cantidad es excesiva.
Mediante sus defensores, la joven conocida como #LadyEscalera o #LadyAltabrisa recurrió a la protección de la justicia federal al vencerse ayer la prórroga que ella misma solicitó para reunir la cantidad que se le fijó como garantía económica por los daños que ocasionó en dicho centro comercial.
El pasado 24 de noviembre Yumaira protagonizó aparatoso accidente en Plaza Altabrisa, donde perdió el control del vehículo que manejaba y se estrelló contra las escaleras eléctricas. Fue denunciada por el centro comercial, un empleado de Sanborn’s que alega lesiones y la dueña del vehículo, quien es su suegra.
Tras ser acusada oficialmente, se le fijó la mencionada garantía económica de 50 mil pesos y como medidas preventivas se le prohibió salir de Yucatán y se le ordenó que acuda cada vez a firmar ante el Ministerio Público.
Al considerar que la cantidad es excesiva para sus posibilidades, la defensa de Yumaira recurrió al amparo a fin de evitar que la joven sea detenida y enviada al penal meridano por incumplir con el depoósito de la garantía económica.

Lluvia de amparos por el uso recreativo de la mariguana

06 noviembre 2015
Noticias de Yucatán



MÉXICO.— Apenas la Suprema Corte de Justicia de la Nación daba luz verde a cuatro mexicanos para cultivar y consumir mariguana con fines recreativos, afuera del máximo tribunal diversas organizaciones civiles, juventudes de izquierda, particulares y hasta políticos aseguraban a reporteros de “Excélsior” que utilizarían el mismo recurso legal.

Todos los argumentos de los entrevistados para pelear por un amparo como lo hicieron los cuatro fundadores del club canábico Sociedad de Autoconsumo Responsable y Tolerante (Smart) estuvieron encaminados a materializar una muestra de rechazo a la guerra contra el narcotráfico que el gobierno ha librado desde 2006.

Si en verdad el amparo de cada uno de los entrevistados por ese periódico llegara hasta la Corte, y los ministros resolvieran a favor cuatro casos ininterrumpidos, entonces los jueces del país estarían obligados a conceder este derecho de consumir mariguana a todos los ciudadanos que lo solicitaran.

Por ejemplo, Sergio Leyva, secretario nacional de Jóvenes del PRD, afirma que no fuma mariguana, pero ya está organizando a las juventudes de izquierda para promover un amparo por cada entidad del país.

De acuerdo con “El Universal”, la dirección nacional del PRD avalaría esta iniciativa para que en cada entidad se abra la posibilidad de sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y consumir mariguana con fines recreativos.

A través de un comunicado, el presidente nacional del PRD, Carlos Navarrete Ruiz, celebró el falló de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y dijo que esto abre la puerta al fin de la fallida política prohibicionista que ha generado los peores episodios de violencia en México en los últimos 100 años.

“Es momento de que el Estado mexicano destine los millones de pesos gastados en la fallida guerra contra el narco en programas de educación, de atención médica integral, de fomento al empleo, de prevención de adicciones y reducción de daños. Es momento de recuperar el control del país”, indicó.

El ex diputado federal Fernando Belaunzarán buscará ampararse “inmediatamente”. Tampoco consume mariguana, pero con este recurso legal, como Leyva, pretende derribar la política de drogas que ha imperado en el país y que en el camino ha dejado miles de muertos.

El portal de “24 Horas” publica que la mariguana es la droga ilícita que más se usa en el mundo, con más de 180 millones de consumidores, donde 4.7 son mexicanos, de acuerdo con el Informe Mundial sobre las Drogas 2014.

El consumo de esa droga representa un reto a la par del alcohol y el tabaco, aseguró la directora general de los Centros de Integración Juvenil (CIJ), Carmen Fernández Cáceres, en una entrevista con la Agencia Informativa del Conacyt.

En 23 estados de México, la mariguana supera el consumo de tabaco y en 10 al de alcohol como “droga de inicio”, según datos recabados entre los pacientes de los CIJ que padecen adicciones, mencionó Carmen Fernández.

Adicción Aumento

El consumo de la mariguana va en aumento, según los datos del Centro de Integración Juvenil.

Más de 17 por ciento

Del primer semestre de 2008 al segundo semestre de 2014 el consumo creció 17.1 por ciento.

De primera vez

Según esto, 87.4% de los pacientes consumía mariguana como droga ilegal “de inicio”, aparte del alcohol y el tabaco.

Incremento mayor

El incremento es aún mayor en el Distrito Federal, ya que representa el 21.9 por ciento. La edad de inicio también disminuyó a 8 y 6 años.

Reunión informativa para ampararse contra el reemplacamiento de Yucatán

04 noviembre 2015
Noticias de Yucatán


A todos los invitados a ampararse contra el reemplacamiento que ya anunció el gobernador, me permito informarles que éste jueves 5 de noviembre, a las  7 p.m., en el local del Frente Cívico Familiar, en la Avenida 17 No 600 entre 50 y 54, de  Jardines de Mérida, habrá una reunión con la presencia de los abogados que llevarán los amparos.

En esa reunión se atenderán todas las dudas o temores que se tengan, se hablará sobre la viabilidad del lograr el amparo, los tiempos para ampararnos y los porqués de la ilegalidad de éste impuesto. Y otras dudas que tengan.

Será satisfactorio poder contar con su presencia, pues demostrará el interés que se presta a los atropellos del que somos objeto los ciudadanos, por parte del gobierno estatal.

Gracias a dos amparos, el cómico regional ‘Mactá’ se salva de ir a la cárcel

07 octubre 2015
Noticias de Yucatán


Gracias a dos amparos, el cómico regional ‘Mactá’ se salva de ir a la cárcel
El cómico regional Ismael Salazar Hoyos (a) “Mactá” libró la acción de la justicia gracias a que un juez de Distrito resolvió en su favor  dos amparos que tramitó por sendas denuncias, una de ellas por no mantener a su ex esposa.
Una vez con los fallos a su favor, el cómico, quien es también cirujano dentista de profesión, acudió este martes a los juzgados Penales a fin de recuperar sus fianzas   ante el Fondo Auxiliar del Poder Judicial, con lo que se ha decretado la extinción de la acción persecutoria en contra del sujeto.
Con la asesoría de su abogado, Alejandro Jiménez, el cómico recuperó una fianza de 4 mil pesos por el caso de uso de documento falso, que denunció su ex cuñado Gracín Alberto Rodríguez Sosa.
También recuperó  5,991 pesos, por incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, delito que denunció su ex esposa Yesenia Rodríguez Sosa.
El cómico y su ex se separaron el 2009, pero enfrentó varias denuncias penales y familiares desde entonces.
En uno de estos procesos, un juez familiar lo condenó a pagar una pensión elevada, por lo que el comediante no pudo cumplir con el pago.
El 12 de abril de 2012 fue condenado  a un año y 2 meses de prisión, además del pago de una multa de 24 días de salario y la reparación del daño, pero recurrió a los tribunales federales para no ir a la cárcel.
Entonces tuvo que depositar  67 mil 500 pesos por concepto de reparación del daño patrimonial causado, pagó una multa equivalente a los mil 417 pesos con 92 centavos y sufragó otros 2 mil pesos por el sustitutivo de prisión.
Al final de cuentas, el cómico fue amparado definitivamente y ya no corre el riesgo de ofrecer su show a los internos del CERESO ni ofrecer desde prisión su sketch semanal en sus redes sociales.

Amparan a vecinos de Mérida contra gasolinera protegida por el gobierno estatal

19 agosto 2015
Noticias de Yucatán



El Tribunal Colegiado de Circuito del Poder Judicial de la Federación confirmó el amparo que obtuvieron vecinos de la gasolinera de la colonia México y con ello obligó al Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa de Yucatán (Tjfay) a que realice nuevo procedimiento, e invalidó las licencias que permiten el funcionamiento de esa estación de servicio.
En los hechos, la gasolinera, perteneciente a Grupo Megasur, debería suspender toda venta de combustibles y lubricantes porque legalmente ya no tiene permiso ni licencia alguna que le permita trabajar. Sin embargo, según informó el director de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Mérida, Federico Sauri Molina, no se ha cumplido esta parte porque no han obtenido el apoyo de la fuerza pública estatal para que la empresa suspenda sus labores mientras se emite otra sentencia.
La fuerza pública la otorga el gobierno del Estado, “pero a esta administración municipal nunca se la han dado”. Pide la fuerza pública por los antecedentes de intento de violencia que han surgido en este caso.
El arquitecto Sauri Molina fue entrevistado ayer en sus oficinas sobre los avances de las quejas de los vecinos de la colonia México que se oponen a la gasolinera e informó que en junio pasado recibió la notificación del Tribunal Colegiado donde le informa que el tribunal administrativo, a cargo de Diego Barbosa Lara, deberá realizar un nuevo procedimiento para la apertura del negocio, y ahora sí tendrá que incluir como terceros perjudicados a los vecinos que se oponen al funcionamiento de la gasolinera, en la avenida 21 entre 14 y 16 de la colonia México.
El amparo que tramitaron los vecinos fue precisamente porque el Tjfay no tomó en cuenta a los inconformes. Incluso, el mismo tribunal ordenó al Ayuntamiento, mediante su sentencia, que otorgue la licencia de uso de suelo para construcción a la empresa. Derivado de ese fallo, el Ayuntamiento se vio obligado a dar las licencias de construcción y de terminación de obra. Desde junio, esas tres licencias quedaron invalidadas.
“El Ayuntamiento volverá a insistir que en esa zona de la ciudad no puede funcionar la gasolinera porque es zona de patrimonio cultural y lo prohíbe el Plan de Desarrollo Urbano Municipal”, señaló Sauri Molina.
Los dueños están notificados de la confirmación del amparo, pero no cierran la estación.
Quejas Establecimiento
La gasolinera de la colonia México opera sin las licencias de uso de suelo para funcionar y de finanzas.
Tres escenarios
El arquitecto Sauri Molina dijo que los escenarios para esta gasolinera con la nueva sentencia serían tres: 1) la demolición por estar en una zona inadecuada, 2) la modificación del proyecto actual para que no colinde con las viviendas y 3) que funcione tal como está. Pero eso seguro generará nuevos amparos.

Ganan amparos jubilados y por fin cobrarán “de manera justa”

17 julio 2015
Noticias de Yucatán



Nicolás Heredia Euán, Roger Noh Ramos, Emiliano Uribe Sánchez, Martha Yolanda Valdéz Basto, Roberto Plascencia Mota, Ligia González Rivero, Eduardo Pérez Alcocer, Marbella Casanova Calam y Pedro Quijano Uc, integrantes de la directiva de la Coalición de Jubilados y Pensionados “Profesor Elpidio Domínguez Castro”


Después de año y medio de lucha, los agremiados de la Coalición de Jubilados y Pensionados “Profesor Elpidio Domínguez Castro”, A. C., delegación Yucatán, ganaron dos juicios ante el Tribunal de Justicia Local, un amparo ante los tribunales colegiados y un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
De acuerdo con los agremiados, así se logró la justa remuneración de los pensionados y los jubilados.
Así lo dio a conocer la directiva estatal a través de su presidente, el maestro Roberto Plascencia Mota, quien ayer en la mañana, en una conferencia de prensa en el Pasaje Picheta, mencionó que es un logro importante para el país, pero sobre todo para el estado puesto que Yucatán fue el primero en ganar dichos juicios de Amparo. Será un yucateco jubilado quien logre cobrar por primera vez de manera justa su remuneración.
La Coalición es una asociación a nivel nacional con presencia en todos los estados del país. Ésta busca el cuidado de los derechos de sus agremiados, personas jubiladas y pensionadas a través del Isste. Fue fundada hace más de 15 años y con 130 mil registrados.
En Yucatán
La coalición comenzó como un movimiento de jubilados el 30 de enero de 2014, con Marbella Casanova Calam como coordinadora del mismo. El pasado 13 de julio, en el Olimpo, se formalizó la primera directiva estatal.
El evento estuvo a cargo de su presidente nacional, el profesor Vicencio Chávez Romero. Entre sus agremiados se encuentran jubilados del Isste, de la SEP, la Sagarpa, el IFE, el INAH, la SCT y de las demás dependencias gubernamentales pertenecientes al sistema federal.— Melissa Durán Quintanar
De un vistazo
Logro de yucatecos
De los agremiados de la Coalición de Jubilados y Pensionados “Profesor Elpidio Domínguez Castro”, A. C., delegación Yucatán, será un yucateco quien cobre por primera vez su remuneración
Directiva estatal
Roberto Plascencia Mota, secretario general; Martha Yolanda Valdez Basto, secretaria de Organización; Ligia González Rivero, secretaria de Finanzas; Jorge Máss Keb, secretario de Créditos; Emiliano Uribe Sánchez, secretario de Previsión y Asistencia Social; Marbella Casanova Calam, secretaria de Prensa y Propaganda; Eduardo Pérez Alcocer, secretario de Relaciones; Antonio Alberto Medina Canto, secretario de Actas y Acuerdos; Roger Noh Ramos, secretario de Movimientos Sociales.
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