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Protestan frente a la Corte contra altos salarios de ministros

13 diciembre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy 
Diferentes organizaciones de la sociedad civil se manifestaron en la entrada principal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde este jueves el ministro Luis María Aguilar Morales concluye labores al frente del Poder Judicial de la Federación, en protesta contra los altos salarios de los ministros.

Integrantes de la Asociación de Jubilados, Trabajadores y ex Trabajadores de la Aviación Mexicana (Ajteam), acompañados de El Barzón Popular, exigieron que jueces y ministros acaten la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos que ordena que ningún funcionario podrá ganar más que el presidente Andrés Manuel López Obrador, es decir, 108 mil pesos mensuales.

Fausto Guerrero Díaz, presidente de la organización, señaló que desde que dejó de operar la aerolínea hace ocho años ninguna autoridad ha hecho justicia para recuperar el pago de sus jubilaciones vitalicias.

Afuera de la sede del órgano judicial, los trabajadores en retiro coreaban ¡Fuera! ¡Fuera! ¡Fuera! ¡La gente se pregunta y esos quienes son, la gente les decimos, parásitos de la nación!, además colocaron una lona carta con fotos de los ministros y el monto de sus salarios.

“En su momento demandamos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que tomara cartas en el asunto de la quiebra de Mexicana de Aviación y nos dieron la espalda, y para resolver cualquier otro tema tardan de cinco a 10 años. No es posible que el pueblo de México mantengamos estos altos salarios que ellos se designaron, ganan más que los jueces de Estados Unidos, es una burla para e pueblo mexicano. No quieren sumarse al proyecto del presidente López Obrador de que haya una verdadera austeridad”.

En el transcurso del día se sumaron más personas a la ola de protestas en “repudio” a los altos salarios de los impartidores de justicia. La mayoría de las personas colocaron diferentes pancartas en el acceso principal de la SCJN, que se encuentra sobre la avenida Pino Suárez. La Jornada Maya

SCJN reconoce el derecho de paternidad a parejas gay en Yucatán

22 noviembre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy 
Por primera vez en Yucatán, una pareja homosexual tendrá el derecho a inscribir con sus apellidos a su hijo ante el Registro Civil, tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a un amparo en revisión.

El juez de la Suprema Corte, José Ramón Cossío Díaz, resolvió que una pareja de hombres gays podrán registrar a su hijo, concebido por la vía de la maternidad subrogada, con el esperma de uno de ellos y el óvulo de una donante anónima.

El Registro Civil de Yucatán negó el derecho de los padres a inscribir al menor con el apellido de ambos, puesto que la legislación estatal no lo contempla.

La Primera Sala de la Suprema Corte reconoce el derecho del menor a una identidad y ser inscrito en el Registro Civil, así como establecer su filiación que, de acuerdo al interés superior del menor, le representará acceso a alimentos, educación, cuidados y afecto.
La Jornada Maya


SCJN ratifica prohibición de peleas de gallos en Veracruz

04 noviembre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy



La práctica, al promover el sufrimiento animal innecesario, no puede considerarse una expresión cultural.
México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la prohibición a las peleas de gallos que existe en Veracruz, al rechazar amparos solicitados por criadores de aves en la entidad.
Según un comunicado de la SCJN, los magistrados dictaron que prohibir las peleas de gallos no vulnera ningún derecho, en contraste a lo que decían criadores y promotores de esta actividad, que acusaban agresiones a sus derechos a la cultura.
Al ser la práctica una actividad ligada al maltrato y sufrimiento innecesario de animales no se le puede considerar una expresión cultural amparada por la Constitución, indicó la Suprema Corte.
En 2017, el Congreso de Veracruz permitió de nueva cuenta las actividades con animales, pero la reforma fue regresada a la Cámara por el Gobernador, Miguel Ángel Yunes.
Ante el hecho la Sección Nacional de Criadores de Aves de Combate buscó ampararse para poder proseguir con las peleas de gallos.

SCJN establece jurisprudencia sobre uso recreativo de la mariguana

01 noviembre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy




La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó dos amparos con los que estableció jurisprudencia para que cualquier ciudadano que solicite un permiso al Gobierno federal pueda cultivar y consumir marihuana con fines recreativos.
De esta manera, cualquier persona podrá solicitar, mediante un amparo, la autorización para el consumo de marihuana con fines lúdicos sin necesidad de que el proceso llegue hasta la SCJN.
En este caso, la jurisprudencia, según explicaron fuentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se inicia en el momento en que se resuelven cinco casos diferentes en un mismo sentido.
Es decir, con los dos amparos que se resolvieron este miércoles, suman cinco los casos que analizaron los ministros sobre el consumo de la marihuana con fines lúdicos.
La SCJN explicó que está resolución no supone la autorización para realizar actos de comercio, suministro o distribución de la marihuana.
Por cuatro votos a favor y uno en contra, el pleno de la Primera Sala del alto tribunal del país avaló los dos proyectos que fueron presentados por los ministros, Norma Lucia Piña Hernández y Arturo Zaldivar, durante la sesión de este miércoles.
La Primera Sala aprobó los amparos en revisión 547/2018 y 548/2018, en los que reiteró, por quinta ocasión, la inconstitucionalidad a la prohibición absoluta al consumo recreativo de la marihuana, lo que permitió integrar jurisprudencia sobre el tema.
De ahí que a partir de este miércoles, cualquier persona podrá consumir marihuana con fines recreativos, siempre y cuando tenga la autorización de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y los consumidores no podrán vender ni distribuir a terceros la mariguana que cultiven.
Lo anterior, toda vez que la declaratoria de inconstitucionalidad no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución este psicotrópico.
La Primera Sala sostuvo que el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad permite que las personas mayores de edad decidan, sin interferencia alguna, qué tipo de actividades lúdicas desean realizar y protege todas las acciones necesarias para materializar esa elección.
También se aclaró que ese derecho no es absoluto y que podría regularse el consumo de ciertas sustancias, aunque las afectaciones que provoca la marihuana no justifican una prohibición absoluta a su consumo.
Por lo tanto, ordenó a la Cofepris autorizar a los quejosos consumir personalmente marihuana, sin que eso les permita comercializarla ni utilizar otros estupefacientes o psicotrópicos.
Este criterio fue sostenido por primera vez el 4 de noviembre de 2015 a propuesta del ministro Arturo Zaldívar (amparo en revisión 237/2014) y fue reiterado posteriormente en los amparos en revisión 1115/2017 y 623/2017.
Con información de Notimex.

Suprema Corte ampara a Peña y a su Gabinete para que Chihuahua no pueda procesarlos por corrupción

30 octubre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy




La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió de manera indefinida cualquier investigacióny procesamiento por parte del Gobierno de Chihuahua, encabezado por Javier Corral, en contra del Presidente Enrique Peña Nieto y cualquier miembro de su Gabinete.
“Se otorgó la suspensión en contra de los actos de investigación y procesamiento, ya que de no suspenderse se podría generar una situación grave de impunidad generalizada, al no tener certeza de cuáles son los fiscales y jueces competentes para procesar las investigaciones en contra de los funcionarios federales”, detalló el máximo órgano judicial en un comunicado.
Un Ministro admitió a trámite una impugnación presentada por el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, quien demandó protección contra las investigaciones, carpetas de investigación, solicitudes de información y de colaboración, citatorios existentes o inminentes respecto de actuales o anteriores funcionarios públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones.
 “Siguiendo los precedentes del Tribunal Pleno en la materia, se dio admisión, ya que se plantea una invasión a la esfera competencial de la Federación, consistente en determinar si los funcionarios federales pueden ser sujetos a procesos penales del orden local, La admisión no prejuzga sobre si lo que se ha demandado es o no inconstitucional”, precisó.
Asimismo, la SCJN informó que hasta el momento no se tiene conocimiento de quienes podrían ser los funcionarios federales que son investigados por el Gobierno de Chihuahua, datos que se podrían revelar cuando reciba las constancias correspondientes.
“La suspensión concedida no prejuzga sobre la constitucionalidad de las normas y actos reclamados, ni sobre la probable responsabilidad de los servidores públicos que pudieran encontrarse, en su caso, sujetos a investigación o proceso. Esta medida cautelar únicamente suspende las investigaciones y procesos hasta en tanto se determina por esta Suprema Corte si las conductas delictivas que pretenden investigar y perseguir las autoridades de Chihuahua deben ser conocidas por las autoridades federales o autoridades locales”, puntualizó.
La controversia constitucional será resuelta por el Tribunal Pleno después de agotarse la instrucción, en la que las partes presentarán sus argumentos e informes correspondientes.
El Gobierno de Chihuahua presentará un Recurso de Reclamación en contra de la admisión de la Controversia Constitucional promovida por la Presidencia de la República en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con la “que buscan suspender cualquier acción legal en contra del Presidente Enrique Peña Nieto”.
Jorge Espinoza Cortés, Consejero Jurídico del Ejecutivo de Chihuahua, aclaró que se interpondrá dicho recurso porque no están de acuerdo en que se haya dado trámite a dicha controversia, “cuando ésta no reunía los elementos jurídicos necesarios para que fuese admitida”.
En un comunicado, rechazó que se haya dado la suspensión a cualquier acto legal que el Gobierno de Javier Corral emprenda, pues, consideró, se trata de una admisión que deberá ser revisada en su momento por el Pleno de la SCJN.
A su vez, Espinoza Cortés explicó que el objetivo de la reclamación es busca la suspensión del Acuerdo admisorio de la Controversia Constitucional, para que no surta los efectos que busca el Gobierno federal.
“Con esta acción jurídica promovida por la Consejería Jurídica del Gobierno de Peña Nieto, buscan darle un blindaje y protección contra cualquier acción judicial o ministerial, durante, o al término de su mandato al frente del Ejecutivo”, reiteró.
PEÑA BUSCA AMPARO EN LA SCJN
El Presidente Enrique Peña Nieto y su Gabinete presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la nación (SCJN) un recurso para intentar blindarse ante las investigaciones del Gobierno de Chihuahua en su contra.
El periódico Reforma publicó el pasado 17 de octubre que fue la Consejería Jurídica de la Presidencia quien el pasado 11 de octubre presentó una controversia Constitucional para reclamar posibles órdenes de aprehensión, arraigo, citatorios, averiguaciones o carpetas de investigación abiertas contra funcionarios federales por parte de las autoridades de esa entidad.
 “La solicitud y emisión de órdenes de aprehensión existentes o inminentes respecto de actuales o anteriores funcionarios públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones”, es uno de los actos reclamados, de acuerdo con Reforma.
Se trata de la primera demanda que el Ejecutivo Federal presenta de este tipo, agregó el medio, y detalló que los actos reclamados se imputan al Gobernador Corral, a la Fiscalía General de Chihuahua y al Poder Judicial local.
Javier Corral ha expresado su confianza porque el el Presidente electo Andrés Manuel López Obrador logre la extradición de César Duarte y ha informado que en diciembre, cuando AMLO haya iniciado funciones, presentará un paquete de denuncias en contra del ex Gobernador quien se encuentra prófugo.

Jueces y magistrados arman frente contra reformas de Morena

27 octubre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy




En los últimos días, los integrantes del Poder Judicial de la Federación (PJF) comenzaron a crear un frente común para delinear una estrategia de defensa contra las iniciativas de reforma presentadas por Morena, por considerarlas un riesgo a la independencia judicial en caso de promulgarse, para lo cual realizan cabildeo en varios estados del país y con organismos internacionales.
Jueces y magistrados hicieron público su extrañamiento al Poder Legislativo por la ausencia de diálogo para la discusión de las iniciativas que, entre otras cosas, buscan someterlos a controles como el polígrafo, rotarlos cada seis años y reducir sus salarios.
Todo empezó con el anuncio de Ricardo Monreal, coordinador de Morena en el Senado, de buscar ejercer mayor control en los procesos de designación de juzgadores, en aras de acabar con los casos de nepotismo y “amiguismo” que han sido denunciados.
Poco a poco, mediante mensajes de WhatsApp, los juzgadores federales corrieron la voz de que era necesaria una estrategia de defensa. Por ello, el 18 de octubre pasado, el magistrado Ricardo Rivas Pérez, del Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, convocó a sus compañeros a una reunión informativa con un despacho especializado en litigios ante instancias internacionales.
Se trató del Instituto Interamericano de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (Iiresodh), que luego de la reunión del sábado 20 de octubre reconoció que las iniciativas de Morena en el Senado pueden justificarse en nobles intereses de bien común, pero ponen en riesgo el contrapeso que debe ejercer el PJF y podrían terminar socavando sus cimientos.
El primer paso. Integrantes del PJF consultados por EL UNIVERSAL y que prefirieron no se citaran sus nombres, dijeron que la reunión fue un primer paso y que esperan que con un reconocimiento internacional de la vulneración de la independencia judicial y de sus derechos adquiridos y consagrados en la Constitución, la reforma pueda ser frenada.
“No sólo nosotros nos vemos afectados de manera personal, el justiciable también puede resultar afectado, porque si no se le garantiza que los jueces o magistrados actuarán de manera independiente, ni siquiera van a acudir con nosotros porque generará desconfianza”, dijo una de las fuentes.
“¿Cómo se garantiza la independencia? Respetando la carrera judicial, la estabilidad salarial que hasta ahora está en la Constitución, no haciendo las cosas así”, afirmó.
Uno de ellos explicó que mientras no exista una reforma promulgada, el PJF está atado de manos para tomar acciones concretas como la promoción de amparos, razón por la que es necesaria la intervención internacional para que, de existir una reestructuración, sea conforme a los principios generales del Derecho.
Organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han advertido que el ingreso suficiente, la certeza en las adscripciones y la inamovilidad en los cargos de los juzgadores son condiciones mínimas para salvaguardar su seguridad y garantizar el papel de contrapeso que los poderes judiciales deben desempeñar en los Estados democráticos.
El 23 de octubre, Monreal presentó una iniciativa de reforma constitucional, en la que establece reducir los salarios de los integrantes del PJF y controlar el funcionamiento y designación de los titulares en los Poderes Judiciales locales.
El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Luis María Aguilar, ordenó integrar una comisión interdisciplinaria para que los jueces y magistrados sean escuchados y sus puntos de vista serán llevados a los representantes de los otros poderes para  “entablar un intercambio respetuoso que permita el fortalecimiento del PJF, sin comprometer su independencia”.
¿Qué puede ocurrir? Para la reducción salarial a los integrantes del PJF, el Presidente de la República debía hacerlo mediante la promulgación de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
Esa ley debió quedar lista antes del 13 de octubre pasado, pero continúa estancada en la Presidencia.
De promulgarse e incluir la reducción salarial a jueces, magistrados, consejeros y ministros, se convertiría en una ley anticonstitucional.
Esto, debido a que el artículo 94 constitucional establece que los salarios de jueces de Distrito, magistrados de Circuito, Consejeros de la Judicatura Federal y ministros de la Corte no podrán ser disminuidos durante su encargo.

Impulsa AMLO a esposa de constructor ‘favorito’ para la SCJN; opina periodista

22 octubre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy




A través de su cuenta de Twitter, la columnista de El Financiero planteó esta posibilidad de que Yasmín Esquivel sea parte de la serie de nombramientos que se pueden dar con el cambio de gobierno federal
Andrés Manuel López Obrador está impulsando a la esposa de su constructor ‘favorito’, José María Riobóo, para una posición dentro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dijo la periodista Lourdes Mendoza.
A través de su cuenta de Twitter, la columnista de El Financiero planteó esta posibilidad de que Yasmín Esquivel sea parte de la serie de nombramientos que se pueden dar con el cambio de gobierno federal.
“#Extra Me dicen que @lopezobrador_ quiere proponer a la esposa de #Rioboó su constructor favorito Yasmín Esquivel como Ministra de la @SCJN , QUIUUUUBOLES!!! Hoy es Magistrada @TJA_CDMX . Será????”, escribió en redes sociales.



Esta no es la primera ocasión en que circula este rumor. El pasado 16 de agosto, el periódico Reforma publicó en su columna Circuito Interior el mismo tema.
“RESULTA que la presidenta, Yasmín Esquivel Mossa, comparte con su equipo tres anuncios en cascada. PRIMERO, que ya tiene los días contados, por lo que pronto comenzará con la despedida. DESPUÉS, que se va porque -según esto- ya está casi cocido el arroz que le dará un lugar en la Suprema Corte. Y PARA REMATAR, ¡que no se apuren!, porque antes de irse dejará armado un fondo de retiro para los magistrados que, por la cifra, hará que la recuerden siempre... ¡con una sonrisa!”, se publicó en el rotativo capitalino.
Esquivel es esposa de Riobóo, un empresario que ha estado cerca de López Obrador como asesor en el tema de la construcción del Aeropuerto de la Ciudad de México.

Corte avala a Uber y Cabify realizar cobro en efectivo

16 octubre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy 
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este martes la prohibición para que los servicios de transporte público mediante plataforma electrónica, tipo Uber o Cabify, cobren en efectivo.

Durante el segundo día de análisis de la Ley de Movilidad Sustentable del estado de Colima, el pleno del máximo tribunal del país también declaró como inconstitucionales una serie de requisitos para los vehículos que prestan este tipo de servicios.

Apenas ayer, la SCJN avaló la aportación mensual forzosa de 1.5 por ciento de lo cobrado por cada viaje a un Fondo de Movilidad.

Los ministros de la Corte también dieron el visto bueno a la ley que actualmente exige contar con un permiso de operación, otorgado por las autoridades estatales en materia de movilidad. Excélsior

Proponen iniciativa para terminar con nepotismo en el Poder Judicial

12 octubre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy




El coordinador del Morena en el Senado, Ricardo Monreal, propondrá una iniciativa para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial que busca terminar con el nepotismo y sancionar a aquellos servidores públicos que realicen o gestionen indebidamente nombramientos cuando exista un interés personal, familiar o de negocios.
De acuerdo con la iniciativa, publicada este jueves en la Gaceta Parlamentaria, para el ingreso o promoción de los magistrados y jueces de circuito se adiciona un artículo por medio del cual los aspirantes deberán hacer pública su declaración de intereses.
“La cual deberá incluir, en su caso, los vínculos familiares, y de afinidad con integrantes del Poder Judicial de la Federación”.
Además se considerada como causas de responsabilidad para los integrantes del Poder Judicial de la Federación, realizar o gestionar indebidamente nombramientos, promociones o ratificaciones cuando exista un interés personal o de negocios.
“O pueda generar una ventaja para él o su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta en cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con quienes tenga relaciones, profesionales, laborales o de negocios”.
En su iniciativa, el senador Monreal señala que el nepotismo es una práctica aberrante que propicia la desigualdad de oportunidades al acceso laboral dentro del Poder Judicial de la Federación.
Recordó que según el Estudio “El déficit Meritocrático. Nepotismo y redes familiares en el Poder Judicial de la Federal”, el 51% de los jueces y magistrados tiene al menos un familiar laborando en su propio circuito, y de ese universo, el 68% son familiares por consanguinidad, es decir, padres, madres, hermanos, hijos, tíos, nietos y sobrinos.
El 32% restante corresponde a cónyuges, suegros, cuñados e hijastros.

Hijas de dos ministros laboran en la SCJN; una de ellas es dentista

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(apro).- Una hija del ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar Morales, de profesión dentista, y una hija del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien percibe 135 mil pesos mensuales, laboran en el máximo tribunal, publicó el portal AristeguiNoticias.
Firmado el reportaje por Juan Omar Fierro, se detalla que al realizar una búsqueda simple en el directorio de la SCJN fueron ubicadas las hijas de los ministros como parte del personal.
Ninguno de los ministros contrató a sus familiares de manera directa, para evitar una violación a la ley. Recurrieron a un esquema de contratación cruzada que el investigador del Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE), Julio Ríos Figueroa, ha identificado como relaciones endogámicas en el reporte “El déficit meritocrático, nepotismo y redes familiares en el Poder Judicial de la Federación”.
De acuerdo con este reporte, una relación laboral endogámica se da cuando el familiar de un ministro, un magistrado o un juez trabaja en la misma unidad administrativa o en la misma área de adscripción. La Corte funciona como una misma área administrativa, separada del resto del Poder Judicial de la Federación (PJF).
El reporte advierte que el 51% de los jueces y magistrados federales han logrado que uno de sus familiares trabaje en el mismo circuito judicial, es decir, en la misma área de adscripción o unidad administrativa, de acuerdo con la división geográfica que ha realizado el PJF.
Apenas ayer, el ministro presidente, Luis María Aguilar Morales, ordenó una investigación para identificar relaciones o vínculos de índole familiar entre servidores públicos, e informar sus resultados al pleno.
Una cirujana dentista en el Poder Judicial
De Ana Elena Aguilar Arrangoiz, hija del ministro presidente, el reportaje de Juan Omar Fierro detalla que su cédula profesional, emitida en 1998, indica que es cirujana dentista, lo que no fue impedimento para que se integrara a la familia judicial laborando como oficial judicial, oficial administrativa y secretaria particular en dos tribunales colegiados y un juzgado especializado en cateos, arraigos e intervención de comunicaciones, de acuerdo con las fichas biográficas del Consejo de la Judicatura.
Actualmente, la hija del ministro presidente cobra como profesional operativa en la oficina del ministro Alberto Gelacio Pérez Dayán, con un salario de 34 mil 757 pesos mensuales brutos. Descontado el pago de impuestos, su sueldo se reduce a 26 mil pesos 398 pesos mensuales, cifra que no incluye las prestaciones a las que tiene derecho como parte de la familia judicial como: aguinaldo, asignaciones adicionales, prima vacacional, prima quinquenal, seguro colectivo de retiro, y seguro de gastos médicos mayores.
La contratación de Ana Elena Aguilar fue responsabilidad discrecional y directa del ministro Alberto Pérez Dayán, por lo que no existe una violación a la ley y tampoco de un caso de nepotismo directo.

Es discriminatorio enviar a personas con discapacidad a escuelas especiales: Corte

04 octubre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy 

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este miércoles que los niños y niñas con discapacidad deben integrarse al sistema educativo en escuelas “ordinarias”, por lo que si una escuela los rechaza por su condición incurrirá en un acto de discriminación.

Al resolver el amparo 714/2017, los ministros se pronunciaron respecto a la constitucionalidad de los artículos 33 fracción IV bis y 41 de la Ley General de Educación, así como del artículo 10 fracciones IX y X de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista que se refieren a la “educación especial”, y sostuvieron que en el Estado mexicano no se puede concebir la existencia de dos sistemas educativos, uno regular y otro para personas con discapacidad.

Este amparo, explicó a Animal Político la directora de la Clínica de Acción Legal del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM, María Fernanda Pinkus, beneficia únicamente a las 137 personas con discapacidad que lo promovieron, por lo que, si llegan a negarles el derecho a asistir a una escuela “regular” por su condición, las instituciones incurrirían en un acto “inconstitucional y discriminatorio”.

La doctora Pinkus señaló que la decisión de la Corte permitirá a estas personas “ser incluidas en escuelas regulares, y determinó que todas las veces que en la Ley General de Educación y la Ley para Personas con la Condición del Espectro Autista se mencione el concepto “educación especial” deberá hacerse una interpretación conforme de ella, no como un sistema educativo para personas con discapacidad, sino como una herramienta para que puedan ser incluidas en el ordinario”.

Sin embargo, la especialista dijo que “el ejercicio de interpretación conforme deja dudas sobre cómo va a funcionar la inclusión de las personas con discapacidad en el sistema educativo ordinario, porque actualmente este no está diseñado para incluir a la diversidad humana”.

Por ello, Pinkus consideró que este es únicamente un primer precedente en materia de protección y garantía del derecho a la educación para personas con discapacidad.

María Fernanda explicó que el juicio de amparo interpuesto tardó tres años en resolverse; sin embargo, dijo que tienen confianza en que más personas busquen ampararse para que los jueces puedan sentar jurisprudencia en la materia, lo cual se lograría después de que se den cinco sentencias a favor de los quejosos.

La resolución emitida por la Suprema Corte determinó que las políticas y recursos encaminados a formular prácticas inclusivas deben primar sobre aquellas que tiendan a la separación de las personas con discapacidad, por lo que deberán tomarse ajustes razonables de capacitación a profesores y adaptación de aulas a las diferentes necesidades de docentes y alumnos. Animal Político

Pedirán bajar sueldos en todo el Poder Judicial Federal

13 septiembre 2018
La bancada de Morena en el Senado rechazó el recorte que anunció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por 852.8 millones de pesos a su presupuesto para 2019, revelado por EL UNIVERSAL.
La fracción mayoritaria en la Cámara Alta tiene listo un punto de acuerdo que hoy impulsará, con el fin de pedir a los ministros de la Corte hacer más por la austeridad, que bajen más el presupuesto para el próximo año, incluidos sus sueldos, también otras instancias como el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En el documento, se hace referencia a lo publicado por este diario sobre el anuncio del presidente de la SCJN, el ministro Luis María Aguilar, de reducir el gasto en 852.3 millones, y recuerda que el presupuesto del Poder Judicial para 2018 ascendió a 71 mil millones de pesos, por lo que la cantidad anunciada como disminución equivale para el próximo año a 1.1% del total.
En los resolutivos, el texto pide de forma respetuosa en su autonomía al Poder Judicial de la Federación, que realice ajustes al gasto presupuestado para lo que queda de este año y, en su caso, considere una propuesta racional para el correspondiente a 2019.
En el punto de acuerdo, promovido por el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, pide implementar austeridad para los años que vienen, y eliminar prestaciones excesivas, en un ejercicio de autorreflexión.
“No se puede seguir teniendo a un pueblo en la pobreza con jueces, magistrados, ministros, gobernantes y políticos en el exceso, la opulencia y privilegios”, dice el texto.
Señala que el Poder Judicial debe establecer medidas efectivas para racionalizar, reorientar y reducir en términos reales el gasto destinado a dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, seguros, casas, compensaciones y cualquier otra cosa.
Precisa que sólo “el Consejo de la Judicatura Federal, [cuya presidencia recae también en el ministro titular de la SCJN], tuvo un subejercicio de más de 3 mil millones, que representa 4.6% del total”.
En el texto, que se prevé sea sometido hoy a votación en el pleno del Senado, se considera que las medidas de austeridad republicana deben incluir por lo menos a la propia Corte.
“Sabemos que en estos órganos se contemplan los sueldos más altos del servicio público, y el anuncio hecho no considera recortes salariales, como sí se ha adelantado en los poderes Legislativo y Ejecutivo que está por asumir el 1 de diciembre”, asegura.
En el documento se señala que las medidas de racionalización en el gasto público no deben darse sólo en rubros como vehículos, remodelaciones, mobiliario o equipamiento en general, sino que debe atender a una visión más integral de racionalidad presupuestaria en los órdenes material, humano y financiero.
“Esto no puede continuar así, debemos realizar un cambio radical que se refleje en la disminución del dispendio de recursos, nuestro país se encuentra en emergencia económica”, explica.
“Vemos con precupación que en lo que hace al Poder Judicial de la Federación, estas medidas aún no se ven reflejadas en los recursos públicos asignados a ese poder”, y en seguida detalla que esas plazas gozan “actualmente de una gama de ingresos y beneficios a los que tienen acceso un gran número de funcionarios”.
Gesto mínimo: Monreal. Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política, consideró como un “gesto mínimo” la reducción de 852.8 millones de pesos en el Presupuesto 2019 de la SCJN, por lo que deben hacer más.
“Es un gesto mínimo de la Corte que tiene casi 72 mil millones de pesos de presupuesto anual, y los últimos años la SCJN ha devuelto al erario entre 3 mil y 4 mil millones de pesos de subejercicio. Eso quiere decir que si habla de 5 mil millones, ese es el subejercicio que va a tener, y eso no es ni un esfuerzo de ahorro”.
En contraparte, el coordinador del PRI, Miguel Ángel Osorio Chong, felicitó al máximo tribunal del país por tomar medidas en favor de la austeridad. El Universal.

SCJN aprueba mariguana medicinal y muerte digna en la Constitución de CDMX

25 agosto 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy



El Pleno del Tribunal también aprobó por unanimidad de 11 votos las disposiciones de la Ciudad de México relacionadas con los derechos sexuales y reproductivos de sus habitantes.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó con ocho votos a favor la referencia al uso médico de la marihuana en la Constitución de la Ciudad de México.
Durante la sesión, los ministros aclararon que la sentencia no analiza si es válido o , no que las personas y doctores puedan usar la cannabis para fines médicos o terapéuticos.
Explicaron que lo único que se analizó es a qué nivel de gobierno le toca regular o permitir ese uso.
Coincidieron en que es una cuestión federal, y le toca en exclusiva al Congreso de la Unión emitir todas las normas relacionadas con ello dentro de la Ley General de Salud.
Sin embargo, cuando la Constitución de la Ciudad de México menciona el uso médico de la marihuana no invade esa facultad exclusiva porque sólo señala que dicho uso se permitirá en la ciudad conforme a la legislación aplicable, es decir se refiere la Ley General de Salud.
Precisaron que un artículo transitorio dice que lo relativo a la marihuana para uso medicinal en la Ciudad de México sólo entrará en vigor cuando el Congreso de la Unión haya reformado ya la Ley General de Salud para permitirlo, cuestión que sucedió en junio de 2017.
Es decir, la Constitución capitalina respetó cabalmente las facultades del Congreso de la Unión y no reguló en forma alguna el uso de la marihuana.
Derecho a una muerte digna
La Corte también se inclinó a favor de validar el reconocimiento del derecho a una muerte digna en la capital del país.
Con nueve votos a favor, desecharon el argumento de la PGR que señalaba que el concepto “muerte digna” hace referencia al suicidio asistido y eutanasia, posición que rechazaron los ministros al considerar que la doctrina internacional incluye en este derecho los cuidados paliativos para personas en fase terminal y la mejora de estándares de calidad en el cuidado de estos pacientes.
La sentencia considera que la PGR no tiene razón, ya que el artículo únicamente reconoce el derecho a la muerte digna como parte de la garantía a vivir dignamente, en respeto al libre desarrollo de la personalidad.
Derechos sexuales y reproductivos
Por otra parte, el Pleno del alto tribunal también aprobó por unanimidad de 11 votos las disposiciones de la Ciudad de México relacionadas con los derechos sexuales y reproductivos de sus habitantes.
En ese sentido, la Constitución capitalina señala que “toda persona (…) tiene derecho a la educación en sexualidad y servicios de salud integrales, con información completa, científica, no estereotipada, diversa y laica”.
Además que las personas tienen derecho a decidir de manera libre, voluntaria e informada el número de hijos que deseen, así como a recibir información y servicios integrales sobre salud reproductiva.
La PGR las impugnó porque a su parecer violaban competencias exclusivas de la Federación por ser cuestiones relacionadas con la planificación familiar, así como derechos de padres de familia a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas.
Sin embargo, la Suprema Corte concluyó que esos temas están dentro de las facultades concurrentes, es decir las que tanto la Federación como las entidades federativas pueden intervenir de cierta forma.
La Constitución local sólo reconoce derechos en favor de los habitantes de la ciudad, sin definir el contenido de los servicios o la manera en que habrán de prestarse, y no se viola el derecho de los padres a ejercer la educación y formación sexual que reciban sus hijos.
El gobierno de Ciudad de México reconoció el aval de la SCJN al uso médico y terapéutico de cannabis como establece la Constitución capitalina, así como la decisión sobre el derecho de los habitantes de la metrópoli a una muerte digna y los concernientes al ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos.

La SCJN avala en la CdMx el uso medicinal y terapéutico de la mariguana y sus derivados

23 agosto 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy 
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló en la Constitución de la Ciudad de México el uso medicinal de la mariguana y el derecho a una muerte digna.

Los ministros de la Suprema Corte concluyeron que la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México no invadió las facultades de la Federación en dichas reformas.
El ex Jefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera Espinosa confirmó la noticia a través de su cuenta Twitter donde dijo que hoy es un “día histórico”. Sin Embargo

Revoca Corte amparo a rarámuri que se opone a transfusión de sangre para su hija

17 agosto 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy



La Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó un amparo concedido a una mujer de origen rarámuri que, por razones de religión, se opuso a que su hija con leucemia recibiera transfusiones de sangre.
Por mayoría de cuatro votos, los integrantes de la Primera Sala de la Corte avalaron que el Estado sí puede interferir en la autonomía de los padres de familia para tomar decisiones por ellos, para autorizar tratamientos médicos urgentes a sus hijos enfermos de gravedad y cuya vida esté en riesgo.
El proyecto avalado, fue realizado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea establece que esta suplencia de la tutela de los padres procede aún en los casos en que decidan la aplicación de tratamientos alternativos que ya no son viables por la condición de urgencia o premura del estado de salud del menor o no son igual de eficaces para ayudarle a recuperarse como con un tratamiento convencional.
De este modo, en el caso discutido en la Primera Sala, la Corte respaldó la intervención de las autoridades del estado de Chihuahua para ordenar transfusiones de sangre a la niña que padece leucemia, pues sus padres se habían negado al tratamiento debido a que profesan la religión de Testigos de Jehová.
“En estos casos está justificado intervenir en la autonomía familiar con el objeto de impedir una afectación a la integridad del menor, porque la Constitución obliga al Estado a velar por que no se vulneren los derechos de los niños”, indica el fallo aprobado.
Antes de llegar a la Corte, la madre de la niña había obtenido un amparo para que, siempre y cuando se agoten otros medios o tratamientos alternativos, la menor pueda recibir la transfusión de sangre como última opción.
Inconforme con ello, la señora presentó un recurso de revisión porque reiteró su oposición a la aplicación de las transfusiones de sangre, razón por la que el caso llegó al Máximo Tribunal.

Se reúne López Obrador con ministros de la Suprema Corte

10 agosto 2018
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El presidente electo de México, Andrés Manuel López Obrador, se reunió con ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con quienes dialogó en privado.
Afirmó que la reunión se desarrolló con respeto y bajo el principio de la separación y equilibrio de poderes.
A través de su cuenta de Twitter @lopezobrador_, indicó que el encuentro celebrado la mañana de este viernes se realizó "como corresponde a un auténtico Estado de derecho".
"En una actitud de respeto y bajo el principio de la separación y el equilibrio de poderes, como corresponde a un auténtico Estado de derecho, nos reunimos con los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación", publicó.
Previamente, al llegar a su casa de transición en la colonia Roma, procedente del encuentro privado en la sede del alto tribunal, indicó que ofrecería una conferencia de prensa “entre la una y las dos de la tarde” en este inmueble.
Aunque se tenía previsto un mensaje en la Suprema Corte, luego de la reunión entre López Obrador y los ministros, el presidente electo salió del inmueble ubicado en el Centro Histórico de la ciudad sin dar a conocer detalles del encuentro.

SCJN niega amparo a senadores que buscaban renunciar al fuero

09 agosto 2018
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El fuero constitucional no es renunciable. Este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar a 17 senadores, quienes desde 2016 buscaban que se les retirara el fuero, bajo el argumento de que éste fomenta la corrupción, así como la impunidad.

Así, la Segunda Sala del máximo tribunal del país respaldó el proyecto del ministro Fernando Franco en el que sostiene que el fuero constitucional forma parte de una garantía que beneficia el principio de división de poderes, para evitar que uno obtenga mayor influencia o concentración sobre otro.

"Se trata de una prerrogativa constitucional que tiene como finalidad garantizar la independencia, autonomía y funcionamiento adecuado de las instituciones del Estado y en esa medida participa en una cuestión de orden público que no es renunciable por un servidor, al existir un interés superior sujeto de protección que no puede dejarse de lado”, detallaron los ministros.

Incluso, tal y como lo propuso Franco González Salas, la SCJN rechazó los argumentos de los senadores y concluyó que con la negativa a aceptar su renuncia al fuero por parte de la Mesa Directiva del Senado de la República, no se genera una violación a su libertad ideológica,

Entre los legisladores, algunos de ellos ya con licencia, que buscaron el amparo de la Suprema Corte se encuentran Luis Miguel Barbosa, Armando Ríos Piter, Mario Delgado, Dolores Padierna, Angélica de la Peña, Alejandro Encinas, Fidel Demédicis, Enrique Mayans, entre otros.
Notimex

Cada ministro de la SCJN tiene 70 personas en promedio a su cargo: $44 millones al mes

30 julio 2018
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Para hacer sus labores de analizar y emitir sentencias, los ministros de la Suprema Corte tienen a su cargo 742 colaboradores, 70 por ministro en promedio, a quienes el Estado paga 44 millones de pesos al mes.
Ese monto, se publica en El Financiero, no incluye el salario de los propios ministros. Tampoco incluye a las personas asignadas a los servicios personales de los ministros ni los asignados a la subdirección de Ministros Jubilados. Esta última ve los asuntos relacionados con los propios ministros en retiro.
En esa subdirección, que reporta directamente a la presidencia de la Suprema Corte, laboran 74 personas de diversos rangos que en conjunto perciben salarios por 2.6 millones de pesos por mes.
Una revisión hecha por El Financiero a la nómina de la Suprema Corte advierte que en el grupo de colaboradores de los ministros hay 86 secretarios de estudio y cuenta y 40 secretarios de estudio y cuenta adjuntos.
Son ellos los que en la práctica hacen todas y cada una de las sentencias que emite la Suprema Corte, siempre bajo la supervisión de los ministros que son los que exponen los asuntos y los votan ya sea en las salas o el pleno.
El secretario de Estudio y Cuenta es el colaborador de los ministros que más ingresos percibe con 129 mil 240 pesos. Y el secretario de Estudio y Cuenta adjunto, percibe 108 mil 139 pesos mensuales.
De acuerdo con la nómina oficial, el segundo cargo mejor pagado en las ponencias de los ministros es secretario particular de mando superior, de los cuales hay siete, con un ingreso de 126 mil 167 pesos netos.
Luego siguen los asesores, de los cuales hay 35 para todos los ministros, quienes tienen una percepción neta mensual de 116 mil 235 pesos por persona. Entre ellos está, por ejemplo, el exprocurador de la Ciudad de México, Rodolfo Ríos Garza.
Los que más asesores tienen son el ministro presidente Luis María Aguilar y el ministro Mario Pardo, con siete cada uno; mientras que los ministros Fernando Franco, Javier Laynez y Margarita Luna, sólo tienen uno.
Del análisis de la nómina del Tribunal Constitucional se desprende que el mayor número de empleados al servicio de las ponencias de los ministros ocupan los cargos de profesional operativo, con 344, y técnico operativo, con 126. Ellos tienen diversas funciones, en su mayoría de apoyo en las actividades básicas de cada una de las ponencias de los ministros.
Un ejemplo tomado al azar es el de María Cristina Elvira Pérez, adscrita a la ponencia del ministro Mario Pardo. Ella tiene el puesto de profesional operativo y percibe un salario de 36 mil 343 pesos al mes.
Su misión es ser “asistente personal de la persona a que sea asignada” y con las tareas que le designen. Otros tienen funciones diversas que van desde ayudantía a mandos de cada ponencia hasta labores administrativas.
Asimismo, algunas ponencias de los ministros tienen a su disposición chófer, como en el caso del ministro Javier Laynez o el ministro presidente Luis María Aguilar, quien percibe un salario de 29 mil 584 pesos mensuales netos.
Existen dos equipos de 70 personas aproximadamente para atender los asuntos relacionados con las salas. Estos son independientes a los que tienen los ministros Norma Piña y Eduardo Medina.

Invalida Corte sistema de justicia maya de Yucatán

28 junio 2018
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Ciudad de México. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió asuntos trascendentes en materia indígena, uno de ellos relacionado con la designación de jueces para atender asuntos de la etnia maya de Yucatán y el segundo, con el marco normativo de la Universidad Autónoma Intercultural de Sinaloa.
En el primer caso, dentro de la acción de inconstitucionalidad 15/151, promovida por la Comisión nacional de los Derechos Humanos (CNDH) declaró inconstitucional todo el Decreto 534/2017 por el que se modificaron las Leyes para la Protección de los Derechos de la Comunidad Maya y del Sistema de Justicia Maya del estado de Yucatán, legislación con la cual se modificarían el sistema para la elección y designarían jueces indígenas mayas y que permitían la participación de personas que no pertenecen a esa etnia.
Por unanimidad, los ministros consideraron fundado el recurso de la CNDH al reconocer que el congreso de Yucatán no realizó una consulta indígena, y el contenido de la legislación no constituyen “meras reformas legales de forma, sino que son cambios que inciden en los pueblos y comunidades indigenas” ya que ello impacta en cuanto a las acciones de los intérpretes y sus protocolos actuación.
En la sesión realizada este jueves, también se declaró la  inconstitucionalidad de la fracción III del artículo 2, y los artículos 13 y 23, así como el segundo transitorio de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Intercultural de Sinaloa, por considerar que se aprobó la legislación sin que se hubiera realizado una consulta indígena, y se incumple con los estipulado en tratados internacionales, entre ellos el Convenio Internacional del Trabajo.
A este respecto, en el caso de la casa de estudios sinaloense, para no afectar la operatividad de la institución académica y su desarrollo, la SCJN estableció que los efectos de las sentencia dictada se otorga un año para que el Congreso legisle los cambios que requiera la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Intercultural de Sinaloa y se cumpla con lo que estipulan los convenios internacionales firmados por México. La Jornada.

Invalida la Corte artículos penales que afectaban la libertad de expresión en Nayarit

21 junio 2018
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El delito de calumnia previsto en el Código Penal de Nayarit atenta contra la libertad de expresión y el principio pro persona, porque limita de manera excesiva el derecho de acceso a la información, en tanto interfiere con el ejercicio legítimo de tal libertad, además de que por su imprecisión, no cumple con el principio de taxatividad, aplicable a la materia penal.

A propuesta del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, el Pleno de la SCJN declaró la invalidez de los artículos 46, fracción IX, 335, 336 y de la porción normativa de los artículos 337, primer y segundo párrafos, 338 y 341, que se refiere a “calumnia”, todos del Código Penal del Estado de Nayarit.

Lo anterior al resolver las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de dichas normas.

El Código Penal de Nayarit sancionaba con prisión de seis meses a dos años de prisión o multa de tres a quince días de salario a quien imputase falsamente un delito, ya sea porque el hecho es falso o inocente la persona a la que se le hubiese imputado, sin que pudiese servir de excusa que el hecho imputado fuera notorio o que el responsable no hubiere hecho más que reproducir lo ya publicado.

En el caso, observó la SCJN, la medida impugnada no satisfizo el requisito de necesidad, al no cumplir sus objetivos y sí afectar el derecho a la información. Así, el legislador no fue cauteloso al establecer responsabilidades ulteriores por el ejercicio indebido de la libertad de expresión, que debieron ser acordes al daño efectivamente producido y no por la mera posibilidad de afectación. Es decir, el legislador se basó en la doctrina penal conocida como delito de peligro, al enfocar esta norma a la protección del derecho al honor y no al castigo por el daño sufrido.

El Pleno consideró además que la norma impugnada tiene un impacto desproporcional sobre un sector de la población: el gremio periodístico. Al criminalizar la divulgación de la información que pudiera estar contenida en otras fuentes periodísticas o simplemente reproducir un hecho notorio, es claro que uno de los sujetos destinatarios de la norma podrían ser los periodistas, quienes tienen como función social la de difundir información sobre temas de interés público a fin de ponerla en la mesa de debate público, por lo que la norma termina teniendo un efecto inhibidor de la tarea periodística.

Así, agregó la SCJN, no puede considerarse que el mecanismo que utilizó el legislador es acorde con la conducta que se pretende inhibir. Lo anterior demuestra que el legislador no ponderó adecuadamente los elementos constitucionales relevantes y, en concreto, la necesidad de equilibrar los límites constitucionales a la libertad de expresión con el ejercicio verdaderamente libre de la misma. De ahí que, la formulación normativa del tipo penal resulte violatoria del derecho fundamental, dado que tiene un efecto especialmente negativo sobre el ejercicio de la libertad de expresión.

Por otra parte, en el mismo expediente, respecto de la impugnación de la CNDH en el sentido de que con la tipificación del incumplimiento de un acuerdo de voluntades en materia de soluciones alternativas de controversias penales del fuero común, el Congreso de Nayarit invadió la facultad exclusiva del Congreso de la Unión, prevista en el artículo 73, fracción XXI, inciso c) de la Constitución Federal, para expedir Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, el Pleno de la SCJN determinó que es fundado dicho argumento, por lo que invalidó el artículo 401, fracción XVIII, del Código Penal del Estado de Nayarit.

Los efectos de esta sentencia serán retroactivos al 4 de octubre de 2015, al tratarse de materia penal.

Cabe aclarar que la acción de inconstitucionalidad promovida por la PGR fue sobreseída, al haberse promovido en contra de artículos que no tuvieron reformas sustanciales y por tanto resultar inoportuna.

De esta forma, el Pleno de la SCJN resolvió las acciones de inconstitucionalidad 113/2015 y su acumulada 116/2015, promovidas respectivamente por la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), las que demandaron la invalidez de los artículos 335, 401, fracciones XVI y XVIII, y 417, párrafo tercero, del Código Penal del Estado de Nayarit.

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