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Más de 11 mil servidores públicos se amparan ante recortes salariales que impulsó AMLO

20 diciembre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy 
Antes de que la Ley Federal de Remuneraciones, la cual establece que ningún servidor público puede ganar más que el Presidente, más de 11 mil funcionarios se ampararon.

Los juicios de amparo –de acuerdo con el Consejo de la Judicatura Federal– fueron presentados por servidores de la Secretaría de Gobernación (Segob), el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Además, el Instituto Nacional Electoral (INE), el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN), el Comisión Federal de Electricidad (CFE), la Procuraduría General de la República (PGR), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y Petróleos Mexicanos (Pemex).

Hasta ahora 11 mil 576 trabajadores ha presentado demandas contra la promulgación de esta Ley Federal de Remuneraciones, que en los días pasados ha generado conflictos entre los poderes ejecutivo legislativo, por un lado, y el judicial, por el otro.

Y aunque la PJF asegura que los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no ganan 600 mil pesos mensuales, Andrés Manuel López Obrador sostiene sí. 
Sin Embargo

Pese a su inicio; juez admite amparo contra consulta del NAIM

25 octubre 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy 
Pese a que hoy se realiza la consulta para saber si se cancela la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de México, un juez federal admitió a trámite un amparo, donde se demanda que se frene dicho ejercicio. 

De acuerdo a Milenio, hasta el momento, Juan Carlos Guzmán Rosas, juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa, se pronunció por negar la suspensión provisional, que de haberse concedido podía frenar la consulta programada a realizarse a partir de mañana hasta el próximo 28 de octubre. 

Los escenarios que deberá resolver el juez, revelaron funcionarios judiciales, es si el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, tiene carácter de autoridad, y si la “consulta” cumple con los requisitos que ordena el artículo 35 de la Constitución. 

En la demanda de amparo registrada bajo el número de expediente 1215/2018, promovida por Roberto Borbolla Torres Torija, impugna los actos que pretende emprender López Obrador. 

“En el caso, este juez de Distrito estima que el sólo hecho de que señale como autoridad responsable al presidente electo de los Estados Unidos Mexicanos no puede llevar a desechar la demanda de amparo, toda vez que esa circunstancia, por sí sola, no actualiza una causa manifiesta e indudable de improcedencia; máxime que resolver si los actos del presidente electo pueden ser sometidos a control de la constitucionalidad a través del juicio de amparo es una cuestión que se involucra con el análisis que deberá realizarse en la sentencia de fondo”, detalla el acuerdo del juzgador. 

El quejoso reclamó el comunicado 001 del Gobierno de Transición, del presidente electo, del 15 de octubre del presente año, por el que se dio a conocer el formato de “Consulta Ciudadana del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México”, así como la “Consulta Ciudadana”, en los que se pondrá a consulta los gastos del Estado relacionados con la construcción de la nueva terminal aérea, “con efectos vinculantes que de facto se darán después de la toma de protesta del 1 de diciembre” de este año. 

“Entonces, si el acto reclamado por el quejoso consiste en la consulta pública convocada para el 25 de octubre de 2018, acerca de la construcción, administración, operación y explotación del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, es claro que por ahora no existen elementos suficientes para advertir una causa de improcedencia del juicio, y por ende, del desechamiento de la demanda.

Revoca Corte amparo a rarámuri que se opone a transfusión de sangre para su hija

17 agosto 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy



La Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó un amparo concedido a una mujer de origen rarámuri que, por razones de religión, se opuso a que su hija con leucemia recibiera transfusiones de sangre.
Por mayoría de cuatro votos, los integrantes de la Primera Sala de la Corte avalaron que el Estado sí puede interferir en la autonomía de los padres de familia para tomar decisiones por ellos, para autorizar tratamientos médicos urgentes a sus hijos enfermos de gravedad y cuya vida esté en riesgo.
El proyecto avalado, fue realizado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea establece que esta suplencia de la tutela de los padres procede aún en los casos en que decidan la aplicación de tratamientos alternativos que ya no son viables por la condición de urgencia o premura del estado de salud del menor o no son igual de eficaces para ayudarle a recuperarse como con un tratamiento convencional.
De este modo, en el caso discutido en la Primera Sala, la Corte respaldó la intervención de las autoridades del estado de Chihuahua para ordenar transfusiones de sangre a la niña que padece leucemia, pues sus padres se habían negado al tratamiento debido a que profesan la religión de Testigos de Jehová.
“En estos casos está justificado intervenir en la autonomía familiar con el objeto de impedir una afectación a la integridad del menor, porque la Constitución obliga al Estado a velar por que no se vulneren los derechos de los niños”, indica el fallo aprobado.
Antes de llegar a la Corte, la madre de la niña había obtenido un amparo para que, siempre y cuando se agoten otros medios o tratamientos alternativos, la menor pueda recibir la transfusión de sangre como última opción.
Inconforme con ello, la señora presentó un recurso de revisión porque reiteró su oposición a la aplicación de las transfusiones de sangre, razón por la que el caso llegó al Máximo Tribunal.

Elba Esther presenta demanda de amparo; teme reaprehensión

13 agosto 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy 
La defensa de la exlideresa magisterial, Elba Esther Gordillo Morales, interpuso, el pasado 8 de agosto, una demanda de amparo en contra de una supuesta orden de aprehensión girada en su contra durante los últimos días.

Según registros judiciales, el juicio de garantías presentado por Gordillo Morales también busca combatir alguna comparecencia con uso de la fuerza pública, sin haber sido previamente citada, así como una supuesta audiencia inicial con el fin de imputarle nuevos delitos.

La orden de aprehensión librada en su contra, distinta de aquella que se dictó y originó el proceso penal 11/2013, del índice del Juzgado Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales con sede en el Reclusorio Oriente. La citación para formulación de imputación en audiencia inicial con el apercibimiento de hacerla comparecer con fuerza pública”, se puede leer entre los actos que reclama.

Este lunes, el titular del Juzgado Decimosegundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México pidió a los abogados de la exdirigente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) realizar una narración sobre todos los acontecimientos relacionados con el caso pues, señaló, la demanda presentada es imprecisa.

(Se pide) realice una narración clara y precisa de todos aquellos acontecimientos de carácter positivo o negativo que antecedieron a los actos reclamados, que atribuye a las autoridades responsables que indica en su demanda, incluyendo los que influyan en la improcedencia de este juicio, pues los narrados en el escrito inicial de demanda resultan insuficientes e imprecisos respecto a esos actos”, expuso el juez. Excélsior

Javier Duarte busca amparo para evitar investigación por desaparición forzada

01 agosto 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy



Ver. (apro).- El exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, busca por segunda vez el amparo de la justicia federal para evitar ser investigado por delitos relacionados con desapariciones forzadas.
En mayo del 2018, ya había solicitado un amparo en las mismas circunstancias y le fue negado por un juzgado federal.
Actualmente, Duarte de Ochoa se encuentra preso en el Reclusorio Varonil Norte acusado de los delitos de delincuencia organizada, lavado de dinero, peculado, coalición y tráfico de influencias, entre otros.
En diciembre del 2017, el Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito desechó un amparo a Duarte contra ese cúmulo de delitos federales presuntamente cometidos durante su gestión como gobernador veracruzano.
Javier Duarte también ha buscado ampararse contra las carpetas de investigación que le ha girado la Fiscalía General del estado, a cargo del abogado yunista, Jorge Winckler Ortiz.
En el caso de desaparición forzada, es la segunda vez que Duarte pide el amparo de la justicia federal.
Por dichos delitos, actualmente se encuentran en prisión el exsecretario de Seguridad Pública, Arturo Bermúdez Zurita; el exdirector de Prevención y Readaptación Social, Oscar Sánchez Tirado; el exdirector de la Fuerza Civil, Roberto González Meza; el exfiscal, Luis Ángel Bravo; la exdirectora de Investigaciones Ministeriales, Rosario Zamora y 19 expolicías estatales.
En el caso de los familiares de Duarte, su suegra, Jazmin Tubilla y su esposa, Karime Macías han buscado el amparo de la justicia federal para evitar ser detenidas.
Macías, por ejemplo, reside en un lujoso apartamento del Reino Unido y ha pedido la protección británica pues se ha asumido como una perseguida política.

Amparan a presunto feminicida de Mara

17 junio 2018
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  • El proceso fue invalidado por los magistrados porque se determinó que existió vicio formal en la integración de pruebas

Puebla, México.-Tres amparos, entre ellos uno por el delito de feminicidio, resolvió el Primer tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito en favor de Ricardo Alexis López, presunto asesino de Mara Castilla.

En una audiencia celebrada este jueves en el Poder Judicial de la Federación dePuebla, los magistrados determinaron como invalido el proceso del ex chofer de Cabify, actualmente recluido en el Penal de San Miguel.

La defensa de López, encabezada por el abogado Francisco Tlahuicole, indicó que el amparo más importante es por el delito de feminicidio.
Señaló que dicho proceso fue invalidado por los magistrados porque se determinó que existió vicio formal en la integración de pruebas, pues la Fiscalía General del Estado (FGE) inició una carpeta distinta a la de privación ilegal de la libertad, delito inicial por el que fue acusado López, sin conmutar las penas.

El segundo amparo que validaron fue el de decretar la nulidad de las pesquisasobtenidas por las autoridades ministeriales mediante los celulares del acusado y de Mara.

Finalmente, el tercer amparo obliga al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) a repetir la audiencia de vinculación a proceso por el delito de privación ilegal de la libertad.

En caso de fallar en contra del ex chofer de Cabifiy, el Juez de Control no podrá dictar prisión preventiva como medida cautelar.

Por lo anterior, la defensa espera que en las próximas semanas López pueda abandonar la cárcel tras ganar los tres amparos.

La FGE insistió, en su momento, en que el ex conductor de Cabify asesinó a Mara Fernanda Castillo el 8 de septiembre del 2017. (Reforma).

Ex cuñada de AMLO solicita amparo contra orden aprehensión: desvío de $100 millones

06 junio 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy

Carol Jessica, ex cuñada de AMLO solicitó amparo tras darse a conocer un posible daño patrimonial por más de 100 millones de pesos
Veracruz.- Durante la mañana de este lunes 5 de junio, trascendió que la ex cuñada de Andrés Manuel López Obrador, solicitó amparo ante la orden aprehensión que se giró en su contra por posibles actos de corrupción en Veracruz .
Se trata de Carol Jessica N, que el pasado 19 de junio se hizo publica la solicitud de expedir una Ficha Roja, así como la orden de aprehensión en su contra, por haber posiblemente causado un daño patrimonial de casi 100 millones de pesos.
De acuerdo a la información que expuso la Fiscalía, fue en el breve lapso de 5 meses que Carol Jessica, posiblemente utilizó dinero de la Secretaría de Educación de Veracruz, de la cual era titular, con fines políticos dentro del estado y en el país.

En aquel momento Jorge Winckler Ortíz señaló los delitos que presumiblemente realizó Carol Jessica:
Liquidó compra - ventas de bienes con personas que no estaban dadas de alta como provedores del gobierno del estado
Sin contratos formalizados
Sin evidencia de la entrega de los bienes.
Autorizó contratos de prestación de servicio con una empresa de limpieza.
La empresa no está registrada para ofrecer el servicio para el que fue contratada
No hay evidencia de que se prestara el servicio
Se registran 42 cuentas bancarias que no fueron contabilizadas dentro del ejercicio fiscal del 2016.
Se realizaron transferencias y pagos, de los cuales no hay registro
No hay documentación que avale el ejercicio de los pagos que recibió por parte de la federación.
No hay documentación por transferencias y pagos que habían sido previamente etiquetados para escuelas de nivel básico de tiempo completo
Liquidar un contrato por la construcción de un inmueble a una persona moral mientra que el procedimiento de licitación fue ilegal, además de que no hay registro documental.
Presuntamente utilizó empresas fantasmas para disponer de recursos públicos a través de la supuesta compra de equipo electrónico
Hasta el momento solo se ha informado que el amparo se solicitó en Boca del Río, aunque no se ha hecho publicó cuando ocurrirá la audiencia para confirmar si el amparo contra su orden aprehensión procede o no.
Cabe señalar por último, que fue el Fiscal General de Veracruz quien informó sobre la solicitud de Ficha Roja, porque supuestamente Carol Jessica reside en el estado de Texas, en Estados Unidos.

Juez concede amparo contra Ley de Seguridad Interior; la considera “inconstitucional”

13 mayo 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy

 (apro).- Fernando Silva García, juez octavo de distrito en Materia Administrativa, resolvió que la Ley de Seguridad Interior (LSI), aprobada por el Legislativo y promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto el 21 de diciembre pasado, es “inconstitucional”.
Silva García concluyó, al resolver una demanda de amparo presentada por la penalista Bárbara Zamora, del bufete “Tierra y Libertad”, que la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública y seguridad interior implica “introducir un riesgo para el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas”.
El juzgador resolvió en su sentencia que “la Justicia de la Unión ampara y protege a la parte quejosa frente al sistema normativo de la Ley de Seguridad Interior que incorpora a las Fuerzas Armadas en las funciones relativas a la seguridad interior en tiempos de paz”.
La sentencia, en su parte medular, advierte:
 “La intervención de las autoridades militares en tiempos de paz implica la medida excepcional de solicitar al instituto armado que participe en tareas distintas a aquella loable labor para la cual fue creado y por ende que se introduzca un riesgo para el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas, precisamente porque la autoridad militar difícilmente puede sustraerse al régimen de mando y adiestramiento para el cual fue creado”.
También señala que la actuación de los militares en las tareas de seguridad pública “puede provocar actos de imposible reparación en perjuicio de los integrantes de la sociedad”.

Obtiene ex gobernador de Nayarit suspensión para no ser vinculado a proceso

12 mayo 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy

El ex gobernador de Nayarit, Roberto Sandoval Castañeda, obtuvo una suspensión definitiva que impide a la Fiscalía General de ese estado “judicializar las carpetas de investigación o de llevar a cabo la consignación de las averiguaciones previas que en su caso se integren en su contra”, con lo que no se podrá vincular a proceso, ni obtener medidas cautelares o aseguramientos en contra del ex mandatario, quien en su demanda de amparo reclama unapersecución política de las autoridades nayaritas con tintes electorales.
La determinación definitiva la tomó el Juez Quinto de Distrito en Materia de Amparo Penal en el Estado de Jalisco dentro del expediente incidental de amparo 304/2018.
El abogado Juan Carlos Soto que lleva el caso de Roberto Sandoval, explicó que la razón por la cual el juez federal concedió la suspensión fue con motivo de que la fiscalía de Nayarit le ha ocultado a su cliente las investigaciones y no le permite defenderse, a pesar de que la instrucción del ex gobernador es aclarar cualquier imputación que se haya hecho en su contra.
La firma legal que defiende al ex mandatario, fue la misma que llevó el caso de Angélica Fuentes en el litigio que mantuvo con su ex marido Jorge Vergara por el control del club deportivo Chivas.
La decisión del juez quinto de distrito en Jalisco, tuvo lugar una vez que la fiscalía de Nayarit perdió el recurso de queja que interpuso previamente en contra de la suspensión provisional, medio de defensa que se declaró infundado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito en el expediente 120/2018, lo cual dio pie a la concesión de la suspensión definitiva por parte del juez federal.
“Es pertinente destacar que la suspensión de los actos reclamados implica una providencia cautelar en los procedimientos de amparo, de carácter meramente instrumental, para preserva la materia del juicio constitucional porque el objetivo primordial de esa medida, es impedir que el acto que lo motiva se consume irreparablemente y haga ilusoria para el agraviado la protección de la justicia federal, evitando a éste los perjuicios que la ejecución del acto que reclama pudiera ocasionarle”.
De acuerdo con la resolución, la orden de no judicializar las carpetas de investigación, se refieren al hecho de garantizar, en su caso, el derecho de adecuada defensa del ex gobernador, considerando que en caso de que se judicializa y los delitos sean aquellos que no ameritan prisión preventiva oficiosa, Sandoval no se encontraría en aptitud de desahogar medios de prueba, puesto que en la ley se establece que en la etapa de vinculación a proceso, “solamente es factible aportar elementos probatorios cuando se está ante delitos que si ameritan prisión preventiva oficiosa”. El Universal.

Justicia federal ordena el regreso de Uber a Q. Roo

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El Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito anuló la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Quintana Roo y ordenó se emita una nueva donde se reconozca y regule a la plataforma UBER en Cancún
El Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito anuló la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Quintana Roo y ordenó se emita una nueva donde se reconozca y regule a la plataforma UBER, cuyo servicio no podrá volver a ser detenido ni multado.
Ampara Poder Judicial Federal a Uber
El proyecto del magistrado José Ángel Máttar Oliva, aprobado por unanimidad y con el voto concurrente de la magistrada Patricia Elia Cerros Domínguez, señaló que la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Quintana Roo presentada por la XV Legislatura es inconstitucional porque desde su creación se violó formalmente el proceso de creación por lo tanto toda la ley es ilegal al no cumplir los requisitos mínimos cómo una iniciativa de ley, que la aprueben en las Comisiones y posteriormente el pleno de la Cámara de Diputados votarla
Además, existen lagunas jurídicas que no regulan correctamente el transporte por plataforma electrónica UBER, según precisó.
Por tanto, el Congreso tendrá que emitir una nueva ley, pero como ya existe un cuarto caso similar en donde se especifica que es anticonstitucional, en la próxima sesión sería el quinto, lo que formaría jurisprudencia obligatoria a favor de UBER.
Es decir, se revoca la resolución y la Justicia de la Unión ampara y protege a la empresa UBER para que se nulifique el acto de aplicación de la ley, y no se le aplique la citada Ley y en lo futuro no sea sujeta a infracción, ni multa. En pocas palabras sería legal la operación de UBER en la entidad.
Aun existen cuatro procesos de amparo por resolver, empero se trata de casos individuales donde los recurrentes son operadores de la plataforma y no de la empresa UBER.
Por resolver quedan los expedientes Ar 23/2018, recurrente Juan Leonardo García Reyes; Ar 30/2018, de Rafael Rico Carrascosa; Ar 87/2018; Juan Carlos Sáenz; y Ar 101/2018, de Víctor Manuel Pérez Romero.
Y la consulta?
Por lo anterior, la llamada Consulta Ciudadana que se realizaría el próximo 1 de julio para decidir si Uber entra a prestar servicio en el municipio de Benito Juárez o se rechaza ya no tendría razón de ser.

Pierde amparo médico meridano acusado de negligencia médica que derivó en una muerte

25 abril 2018
Noticias de Yucatán


El Tribunal Unitario del Décimo Cuarto Circuito confirmó el auto de formal prisión dictado en contra del médico cirujano César Augusto Marrufo Patrón, a quien se le acusa de causar la muerte de una de sus pacientes.
De esta forma, continuará el proceso en su contra como probable responsable del delito de homicidio culposo, ocasionado por negligencia médica.
El caso se ventila en el Juzgado Quinto de Distrito, donde se dictó la orden de aprehensión en contra del galeno y al resolverse sobre su situación jurídica se le formuló el auto de formal prisión y se le impusieron medidas cautelares diversas a la prisión preventiva.
Y es que la defensa del galeno presentó un recurso de inconformidad por la resolución del Juez de Distrito, de manera que el caso fue turnado al magistrado Pablo Vicente Monroy Gómez, titular del Tribunal Unitario, mismo que confirmó el auto dictado en contra del médico acusado.
El Dr. Marrufo Patrón fue detenido el año pasado por agentes de la Policía Federal Ministerial por homicidio cometido por culpa, ante una posible negligencia médica al perforarle la vena aorta a Karina Olivera Mar, a quien operó en 2014 para extraerle la vesícula.
Es Jefe de la División de Cirugía del Hospital Regional de Alta Especialidad de la Península de Yucatán y fue denunciado por el esposo de la mujer, Salvador Pérez Herrera, ante la Delegación local de la PGR, tomando en cuenta que dicho Hospital pertenece a la Secretaría de Salud federal.
Los hechos iniciaron en 2013, cuando a la mujer se le indicó que tenía pequeñas piedras en la vesícula, por lo que lo más indicado era una cirugía para extraer el órgano, operación que era prácticamente sin riesgo y sobre todo muy común y sin necesidad de abrir a la paciente, mediante un procedimiento de “colecistectomía laparoscópica”,
Se acordó que la operación se llevaría al cabo el 30 de julio del 2013 y que la practicarla el cirujano Marrufo Patrón.
Ese día, a las 4 y media de la tarde, fue trasladada a la unidad de cuidados intensivos porque presentaba choque hipovolémico hemorrágico, ya que durante la intervención quirúrgica se le había perforado la arteria aorta, lo que finalmente le causó la muerte horas después, a las 00:45 horas del 31 de julio, por un paro cardiorrespiratorio consecuente a la pérdida de sangre ocasionada por la perforación de la aorta.
Luego de que fuera detenido, el doctor Marrufo Patrón recuperó su libertad bajo fianza, pagando 535 mil pesos para obtener ese beneficio, aunque el procedimiento en su contra continua hasta ahora por el fallo en contra del Tribunsl Unitario.

Corte ampara a Telmex para que pueda cobrar tarifa de interconexión a partir de 2019

19 abril 2018
Noticias de Yucatán 
Las empresas Teléfonos de México (Telmex) y Teléfonos del Noroeste (Telnor), filiales de América Móvil, podrán cobrar tarifas de interconexión a sus competidoras a partir de enero de 2019, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) les concediera un amparo.

El diario Reforma reportó que la Segunda Sala de la SCJN aprobó los proyectos de sentencia de los ministros Alberto Pérez Dayán y Eduardo Medina Mora, quienes proponían conceder la protección de justicia a las dos empresas solicitantes.

En 2014, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ordenó a América Móvil, empresa de Carlos Slim, a separarse para crear varias compañías independientes de servicios mayoristas, y le prohibió cobrar por la interconexión, al determinar que era un agente preponderante en el sector.

Durante la sesión de la Corte, el ministro Pérez Dayán aclaró que estaba en contra de aplazar la vigencia de las tarifas hasta 2014, y propuso que debían darse 60 días al IFT para determinar la medida y ponerla en operación.

En 2017, la SCJN otorgó un amparo similar, únicamente a la compañía Telcel, por considerar que el Congreso invadió atribuciones del IFR al regular en ley el tema de las tarifas, que por naturaleza es dinámico y debe estar bajo control del órgano regulador especializado.

De acuerdo con Reforma, el amparo no tendrá efectos retroactivos en perjuicio de Telmex y Telnor, que no deberán resarcir los más de cuatro años de exención de pago a estas empresas, como ocurrió en el caso de Telcel.

En las sentencias, la Corte señala que la tarifa cero decretada por el Congreso puede haber permitido la entrada al mercado de nuevas empresas del sector, así como la reducción de tarifas al consumidor final, por lo que sería perjudicial para la colectividad permitir que Telmex y Telnor busquen el cobro retroactivo de las tarifas que dejaron de percibir.

Desde el 1 de enero de este año, Telcel comenzó a cobrar tarifas de 0.028562 pesos por minuto de interconexión, monto inferior al que tiene que pagar a sus competidoras, que es de 0.112799 pesos.

Telcel ha promovido diversos amparos para impugnar esta tarifa, que considera demasiado baja.
Con información de Reforma

Corte ampara a otra mujer por negativa de hospital a interrumpir embarazo

18 abril 2018
Noticias de Yucatán 
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a una mujer en contra del Hospital General “Dr. Aurelio Valdivieso” de Oaxaca, por la negativa de interrumpir el embarazo derivado de una violación sexual y resolvió que las instituciones de salud deben contar con políticas de salubridad para atender este tipo de casos como urgentes.

Los ministros de la Segunda Sala señalaron que cuando exista una imposibilidad material, suficientemente justificada, la institución médica debe ejercer sus recursos y facultades para procurar que diversa institución sanitaria atienda en calidad de emergencia la solicitud de mérito, siendo responsable del seguimiento cabal al procedimiento y conclusión efectiva de éste.

Las autoridades sanitarias no pueden aducir como excusa para negar la atención médica la paralización por huelga de los trabajadores sindicalizados del sector salud, como ocurrió con en el caso de la quejosa, en virtud de que, como políticas de salubridad, debe existir atención a casos como el analizado”, resolvieron.

Además, decidieron que la autoridad tiene el deber de garantizar, sin dilación alguna, los derechos que tiene una mujer como víctima de una violación sexual, entre ellos el de conseguir la interrupción legal del embarazo de manera inmediata, lo que implica calificar de urgentes dichos casos, debiendo priorizar su atención para evitar que las consecuencias físicas y psicológicas se sigan desplegando en el tiempo.

La sentencia de la Sala expone que la negativa de interrupción legal del embarazo se traduce en una violación grave de derechos humanos, que coloca a la parte quejosa en un estado de vulnerabilidad suficiente para reconocerle el carácter de víctima.

Apenas el pasado 4 de abril, la SCJN determinó que negar u obstaculizar el acceso al aborto por violación, ataca los derechos reproductivos de las mujeres y amparó a una joven que, a sus 17 años de edad, fue violada y posteriormente un hospital público rechazó interrumpirle legalmente el embarazo.

A propuesta del ministro Fernando Franco, y en un hecho inédito, el máximo tribunal reconoció a la adolescente y a sus papás la calidad de víctimas por lo que deberán ser indemnizadas por el daño que sufrieron tras el hecho victimizante. Excelsior

La Corte concede un segundo amparo a favor del uso recreativo de la mariguana en México

12 abril 2018
Noticias de Yucatán 
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio visto bueno a un segundo amparo en favor del uso recreativo de la mariguana.

La protección del amparo 1115/2017 fue para el abogado Ulrich Richter, quien solicitó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorización para consumir mariguana de manera recreativa, regular y personal, así como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportarla, sin ningún fin comercial o de distribución.

La solicitud le fue negada, por lo que promovió un amparo, argumentando que se violentaba el libre desarrollo de la personalidad, el cual también fue negado hasta llegar a la máxima instancia.
“En consecuencia, se revocó la sentencia recurrida y se concedió el amparo al quejoso para el efecto de que se le otorgue autorización para el consumo personal de marihuana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos”, expuso la Corte en un comunicado.

Esta decisión no implica la legalización de la mariguana en el país. Sin embargo se trata de un segundo caso en que la SCJN otorga este beneficio.

La primera ocasión ocurrió el 4 de noviembre de 2015, a favor de cuatro activistas y la organización Sociedad Mexicana de Autoconsumo Tolerante y Responsable.

La presidenta de la Primera Sala de la Corte, Norma Piña, deberá notificar al Congreso de la Unión sobre la existencia de estos precedentes y, con tres más (cinco en total) se iniciaría el proceso para declarar inconstitucional la Ley General de Salud.

El ministro Pardo Rebolledo, quien fue el ponente del proyecto, fue el único voto en contra, por considerar que el denunciante no tiene acceso legal a semillas de marihuana.

Sin embargo, el proyecto aprobado ampara y protege a Ulrich Richter en contra de la expedición y promulgación de los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley de Salud.
Con información de Notimex.

SCJN ampara a una menor contra negativa de interrumpir su embarazo por violación

04 abril 2018
Noticias de Yucatán

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en su sesión de este miércoles, amparó a una menor y a sus padres en contra de la negativa de las autoridades responsables de interrumpir legalmente el embarazo derivado de una violación sexual.
Mediante un comunicado se dio a conocer que el producto presentaba una alteración congénita grave, al estimar que tal acto se traduce en una violación grave de derechos humanos que coloca a la parte quejosa en un estado de vulnerabilidad suficiente para reconocerles el carácter de víctimas, directas e indirectas indirectas.
También se informó que se determinó que las autoridades sanitarias a quienes acudan mujeres que han sido víctima s de una violación sexual y están embarazadas, producto de dicho acto, deben atender de manera eficiente e inmediata la solicitud, a fin de no permitir que las consecuencias físicas, psicológicas, etc., derivadas de la agresión sexual se sigan desplegando en el tiempo, lo que conlleva no sólo a prestar la atención y observación médica necesarias, sino a la materialización de tal interrupción legal del embarazo.
“Por lo tanto, al recibir la solicitud de interrupción de un embarazo producto de una violación sexual, las instituciones públicas de salud deberán brindar la atención médica correspondiente a un caso de emergencia y, con la autorización de las autoridades ministeriales, que era exigible conforme a la NOM-046- SSA2-2005 previa a su reforma, deberán practicar la interrupción del embarazo”, señaló la Suprema Corte en el comunicado.
Lo anterior, agregó, “implica que las autoridades de salud correspondientes no pueden implementar mecanismos, ni políticas internas, que impidan se materialicen los derechos de aquellas mujeres que han sido víctimas de una violación sexual y cuyo deseo es interrumpir el embarazo producto de dicho acto delictivo”.
Por último destacó que “la violación grave a derechos humanos, en la especie, se evidencia con mayor claridad, si se toma en cuenta que la menor tenía derecho a interrumpir el embarazo al acreditarse diversa excluyente de responsabilidad, a saber, una alteración congénita del producto”.

Afina AMLO amparos contra el nuevo aeropuerto

22 marzo 2018
Noticias de Yucatán 
El candidato presidencial de la coalición Juntos haremos Historia, Andrés Manuel López Obrador, advirtió que “no cederá a chantajes” para tapar actos de corrupción en los contratos vinculados a la construcción del aeropuerto alterno de la Ciudad de México.

En respuesta al titular del Consejo Coordinador Empresarial, Juan Pablo Castañón, quien pidió a López Obrador respetar los contratos del nuevo aeropuerto en Texcoco, Estado de México, el candidato presidencial de Morena sostuvo que será “intolerable contra la corrupción”, por lo que emprenderá una batalla legal ante los tribunales mexicanos para impedir que se comprometa el presupuesto del próximo gobierno mediante la realización de nuevos contratos relacionados a la obra que sería concluida hasta el 2025, según el nivel de avance que registra actualmente.

Luego de reunirse en privado por más de dos horas con integrantes del Consejo de la Comunicación en la Ciudad de México, indicó que respeta a todos los representantes y organismos empresariales del país, pero nadie puede pedirle que defienda contratos “leoninos” y que se convierta en “un títere”.

Por ese motivo, la ministra en retiro Olga Sánchez Cordero y el ingeniero Javier Jiménez Espriú se avivan en analizar cuál será la vía jurídica que permita detener el otorgamiento de nuevos contratos que “amarrarían las manos” y dejarían sin presupuesto al futuro gobierno, sentenció.

Se analiza en ese sentido, si serían juicios de amparo o recursos administrativosante la Secretaría de la Función Pública, puntualizó el tabasqueño.

Los que defienden el que se construya el aeropuerto en el lago de Texcoco están metidos en el negocio de la corrupción; claro que tienen todo el derecho de defender su negocio, por eso declaran que quieren que yo acepte contratos leoninos, manchados de corrupción; no voy aceptar, cero tolerancia a la corrupción, aun cuando este señor del sector empresarial, que a lo mejor tiene negocios en este asunto esté declarando y me dediqué ocho columnas” señaló a los medios de comunicación.

En ese sentido, López Obrador reiteró que los contratos que estén bien hechos se mantendrán, pero la batalla legal se dará para evitar actos indebidos en aquellos que estén bajo sospecha.

Sobre todo, resaltó, porque pretenden realizar contratos al estilo Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa).

“Todo el sexenio nuestro va a ser para estar pagando deudas, es como un FOBAPROA, yo no voy a aceptar eso, no soy títere de nadie; eso es lo que dicen, incertidumbre; o sea, pero entonces ¡qué!, ¿para qué no haya incertidumbre, voy a convertirme en cómplice de corrupción? No, prefiero que haya incertidumbre”, recalcó al asegurar que en las siguientes horas se firmarán nuevos contratos para que el próximo gobierno no pueda impulsar el desarrollo.
“Es vergonzoso que esto esté pasando en el país, ¿cómo a tres meses de la elección están entregando contratos de miles de millones de pesos para obras a futuro? No es pagar lo que ya hicieron, es comprometer presupuesto a futuro, están dando contratos para comprometer participaciones federales a 20 años”, dijo.

En seguida, pidió “comprensión y entendimiento” frente a lo que está pasando porque “es mentira” que la base militar aérea de Santa Lucía, en el Estado de México, no pueda ser utilizada como opción para desahogar la saturación del Aeropuerto Benito Juárez de la Ciudad de México.

Agregó que los recursos legales también se interpondrán no sólo para frenar los contratos del aeropuerto, sino también para los que permiten la exploración petrolera en las costas de Yucatán y Quintana Roo.

'YO NO VOY A HACER NINGÚN SEÑALAMIENTO AL INE'
Cuestionado respecto al anuncio del presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, de que pronto comenzará una guerra sucia contra el organismo electoral por el escándalo de Cambridge Analytica, que reveló el uso indebido de datos de usuarios de facebook para influir en las elecciones estadounidenses, López Obrador descartó hacer algún señalamiento al árbitro electoral.

Sin embargo, solicitó al instituto realizar una indagatoria que revele quién está detrás de la página en Internet que hace guerra sucia en su contra, identificada como PejeLeaks, pues las carpetas que tiene el Centro de Información y Seguridad Nacional (CISEN) sobre él y su familia, coinciden con los datos que maneja este sitio en internet.

“Sería también interesantísimo saber quién maneja la página en contra nuestra; por ejemplo, quién está detrás de la página, no sólo quién la maneja sino quién la alimenta porque tienen la misma información que maneja el CISEN; yo tengo como 10 tomos que han hecho de mi los del CISEN, como más de mil cuartillas y coincide lo que tengo con lo que está sacando la página”, reveló al incluir qué hay una relación entre el CISEN y los autores y patrocinadores de la página.

Eso es lo que tiene que investigar el INE y para ello “ofrezco mi testimonio y mis documentos” expresó López Obrador. Excelsior

Vinculan a proceso a exalcalde de Tabasco por incumplir amparo

07 marzo 2018
Noticias de Yucatán

La Procuraduría General de la República (PGR) obtuvo, de un juez de control, la vinculación a proceso contra 10 exservidores públicos del municipio de Paraíso, Tabasco, entre los que se encuentra el exalcalde Jorge Alberto Carillo Jiménez por incumplir una sentencia de amparo.
Luego de que la SCJN emitiera una sentencia, en enero pasado, los exfuncionarios no cumplieron con el fallo emitido en 2012 que indicaba que 23 extrabajadores del ayuntamiento habían ganado un laudo laboral, por lo que se les debía pagar 38 millones 913 mil 081 pesos y reinstalar sus plazas, sin embargo, eso no ocurrió.
Ante ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió vista a los exservidores y dio intervención al Fiscal de la Federación quién formuló la imputación contra los referidos exfuncionarios.
Por tal motivo, el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio en Funciones de Administrador del Centro de Justicia Penal Federal del Estado, decretó la vinculación a proceso de los imputados, por el delito previsto y sancionado en la fracción I, del artículo 267 de la Ley de Amparo, y otorgó un plazo de cuatro meses para la investigación complementaria.

Conceden amparo a detenidos por asalto a una familia en la México-Puebla

24 febrero 2018
Noticias de Yucatán

Los jueces Primero y Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, concedieron la protección de la justicia federal a los detenidos por el asalto a una familia en la autopista México-Puebla a la altura de San Martín Texmelucan, el pasado 2 de mayo, donde un menor de apenas dos años de edad fue asesinado mientras que dos mujeres fueron violadas.
Se trata de los resolutivos emitidos el 14 y 21 de febrero de este año, los dos con relación a los auto de vinculación a proceso dictados el 2 de junio y el 18 de agosto de 2017, respectivamente por el juez de control de la Región Centro Poniente del Estado de Puebla. Lo anterior podría abrir posibilidades de que los indiciados recuperen su libertad, sin embargo la Fiscalía General del Estado deberá de interponer un recurso de revisión para tratar de echar atrás la decisión de los juristas federales.

Niegan amparo para usar celular y computadoras a Elba Esther

20 febrero 2018
Noticias de Yucatán 
El Juez decimosegundo de Distrito de Amparo en materia penal de la ciudad se México, negó suspender los controles de visitas y comunicaciones ordenados contra Elba Esther Gordillo durante su prisión domiciliaria.

El juzgador admitió a trámite el juicio de garantías promovido por la defensa de Gordillo contra la orden de entregar una lista de visitas y la prohibición para utilizar telefonía celular y computadoras.

El juez consideró que el acto reclamado ya está consumado, por eso negó la suspensión solicitada por la ex líder del SNTE.

En días anteriores, la Procuraduría General de la República (PGR) solicitó nuevas medidas cautelares en contra de Gordillo, entre ellas, acotar las visitas y llamadas telefónicas, y el que solo la puedan visitar familiares, médicos y sus abogados.

Esto al considerar que los medios de comunicación que Gordillo tiene a su alcance podrían desestabilizar “la paz del Estado mexicano”. Excelsior

Tribunal Colegiado ampara a médico involucrado en asesinato del Dr. Triay Peniche

18 enero 2018
Noticias de Yucatán

El Tribunal Colegiado con sede en esta ciudad concedió amparo al doctor Enrique Lara González, acusado de como partícipe en la muerte de su colega Felipe de Jesús Triay Peniche.
El amparo, conocido en medios judiciales como “liso y llano”, causa sus efectos de inmediato: ya no se puede detener al acusado por esos hechos.
Tres magistrados federales coincidieron en que el Tribunal Superior de Justicia indebidamente revocó una sentencia absolutoria que un Tribunal oral emitió a favor del médico.
Fueron tres años y cinco meses de "tortura para un inocente", señalaron los defensores Patricia Castro González, Juan Puerto Góngora y Juan Puerto Góngora, hijo.

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