Noticias de Yucatán
La empresa Uber quedó ayer protegida por tiempo indefinido
contra la regulación que se le impuso en el Estado de Yucatán, según se publica en el periódico Reforma.
Una jueza federal concedió a la plataforma de
contratación de transporte una suspensión definitiva, como parte de una demanda
de amparo en la que impugna la reforma de junio de 2016 a la Ley de Transporte
de Yucatán para regular este tipo de servicios.
La suspensión definitiva fue concedida luego de que, el 14 de diciembre, el
Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones y Competencia
Económica ordenó ampliar los alcances de una suspensión provisional que la
Jueza Rafaela Franco había otorgado el 8 de diciembre.
Si bien las sentencias no son públicas, en abril pasado el mismo tribunal colegiado concedió a Uber una suspensión contra la ley de Jalisco, en la que prohibió a las autoridades actuar contra choferes o pasajeros, y exentó a la empresa de registrar sus vehículos o compartir su base de datos con la Secretaría de Movilidad.
Similares disposiciones contiene la ley yucateca, que obliga a estas empresas a contar con constancias y certificados que expide la Dirección de Transporte, amén de contemplar características de los vehículos, obligaciones de los choferes, y la prohibición de cobrar en efectivo.
Franco negó la suspensión contra ciertos aspectos de la ley, pero se desconoce cuáles, y Uber podría inconformarse de nuevo ante el tribunal colegiado.
La suspensión estará vigente durante todo el tiempo que tome el trámite del juicio de amparo, en el que se revisará la Constitucionalidad de diez artículos de la Ley de Transporte y otros tantos de su reglamento, lo que podría tomar más de un año.
Uber promovió su amparo el 22 de junio, pero la Jueza lo rechazó por considerar que no se refería a competencia económica, y lo envió a un Juzgado de Mérida, que también se declaró incompetente.
Fue hasta el 24 de noviembre cuando un tribunal colegiado resolvió que la Jueza Especializada en Competencia Económica es quien debe tramitar este amparo.
Uber también impugnó el 10 de noviembre el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, que le fija requisitos, pero su demanda está en el limbo por otro conflicto competencial, entre un juez en Materia Administrativa y una Especializada en Competencia Económica.
En mayo pasado, al revisar la regulación de Yucatán impugnada por diputados locales, la Suprema Corte de Justicia emitió varios criterios que no tuvieron mayoría calificada de ocho Ministros para anular las normas, pero que sí pueden llevar a que Uber gane sus amparos.
Hubo mayorías que declararon inconstitucional la prohibición de cobrar en efectivo, y la obligación de que el chofer sea dueño del vehículo, pero también mayorías que señalaron que los Estados sí pueden regular este tipo de servicios, así como exigir que los autos tengan ciertas características.
Si bien las sentencias no son públicas, en abril pasado el mismo tribunal colegiado concedió a Uber una suspensión contra la ley de Jalisco, en la que prohibió a las autoridades actuar contra choferes o pasajeros, y exentó a la empresa de registrar sus vehículos o compartir su base de datos con la Secretaría de Movilidad.
Similares disposiciones contiene la ley yucateca, que obliga a estas empresas a contar con constancias y certificados que expide la Dirección de Transporte, amén de contemplar características de los vehículos, obligaciones de los choferes, y la prohibición de cobrar en efectivo.
Franco negó la suspensión contra ciertos aspectos de la ley, pero se desconoce cuáles, y Uber podría inconformarse de nuevo ante el tribunal colegiado.
La suspensión estará vigente durante todo el tiempo que tome el trámite del juicio de amparo, en el que se revisará la Constitucionalidad de diez artículos de la Ley de Transporte y otros tantos de su reglamento, lo que podría tomar más de un año.
Uber promovió su amparo el 22 de junio, pero la Jueza lo rechazó por considerar que no se refería a competencia económica, y lo envió a un Juzgado de Mérida, que también se declaró incompetente.
Fue hasta el 24 de noviembre cuando un tribunal colegiado resolvió que la Jueza Especializada en Competencia Económica es quien debe tramitar este amparo.
Uber también impugnó el 10 de noviembre el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, que le fija requisitos, pero su demanda está en el limbo por otro conflicto competencial, entre un juez en Materia Administrativa y una Especializada en Competencia Económica.
En mayo pasado, al revisar la regulación de Yucatán impugnada por diputados locales, la Suprema Corte de Justicia emitió varios criterios que no tuvieron mayoría calificada de ocho Ministros para anular las normas, pero que sí pueden llevar a que Uber gane sus amparos.
Hubo mayorías que declararon inconstitucional la prohibición de cobrar en efectivo, y la obligación de que el chofer sea dueño del vehículo, pero también mayorías que señalaron que los Estados sí pueden regular este tipo de servicios, así como exigir que los autos tengan ciertas características.