SEP: ¿Qué cubrebocas no están permitidos en el regreso a clases?

26 agosto 2021
Noticias de Yucatán. 

Entre los lineamientos para el regreso a clases difundidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) se específica qué cubrebocas no estarán permitidos en las escuelas.

El próximo 30 de agosto millones de estudiantes de educación básica en el país tendrán la opción de regresar a clases presenciales, por lo que es importante seguir las medidas sanitarias pertinentes para impedir contagios de de COVID-19; entre estas disposiciones está la del uso obligatorio de cubrebocas en la escuela.

De acuerdo a la Guía para el regreso ordenado y responsable a las escuelas para el ciclo escolar 2021-2022, publicado por la SEP:

“Los miembros de la comunidad escolar que estén en el interior del plantel, deberán utilizar cubreboca desde el ingreso al inmueble, y hasta salir del mismo, deberán colocarlo y retirarlo aplicando las medidas de higiene recomendadas y usarlo de manera correcta”.

En dicho documento se menciona que esta medida no aplica para niños menores de 6 años o para los alumnos que no puedan portar cubrebocas de forma segura debido a una discapacidad.

¿Qué cubrebocas no están permitidos?

En la misma guía, la SEP aclara que no está permitido el uso de cubrebocas con válvula en las escuelas, ni tampoco de mascarillas N95, pues estas últimas deben reservarse para el personal de la salud.

“El cubrebocas con válvulas de respiración o ventilación no está permitido, ya que el orificio presente en el material podría permitir que las gotas de saliva salgan y lleguen a otras personas. Tampoco se debe utilizar mascarilla N95 ya que su uso está reservado para el personal de salud”

¿Y los cubrebocas caseros?

En uno de los anexos de esta guía, la SEP incluye un anexo sobre la correcta elaboración de un cubrebocas casero.

Solo son necesarios los siguientes materiales:

Tela de algodón

Dos cintas elásticas de 15.2 cm o cuerdas, tiras de tela, cintas o ligas para el cabello

Aguja e hilo

Tijeras

Estas son las instrucciones:


Cubrebocas no permitidos para el regreso a clases

(SEP).

Otras consideraciones

Además deberán observarse los siguientes lineamientos para un uso correcto del cubrebocas en este regreso a clases:

El alumnado debe llevar un cubrebocas de repuesto, para cambiarlo

durante la jornada escolar.

Las escuelas, con el apoyo de las madres, padres de familia o tutores, deben contar con cubrebocas de reserva para los alumnos que se presenten sin este aditamento en la escuela.

Las medidas de protección, como el uso del cubrebocas, deben ser seguidos no sólo en el interior de la escuela, sino que se debe portar de manera correcta en el transporte que se utilice.

No se debe sustituir el cubrebocas por careta, protectores faciales o lentes protectores ya que no son eficaces para proteger a la persona que lo porta ni a las personas que la rodean.

Caso L12 del Metro: INAI pide a FGR entregar versión pública de investigación

Noticias de Yucatán. 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pidió este jueves a la Fiscalía General de la República (FGR) que entregue una versión pública de la carpeta de investigación sobre el accidente de la Línea 12 del Metro en la Ciudad de México.

Este incidente, ocurrido el 3 de mayo en la interestación Tezonco - Los Olivos, tiene una especial relevancia en el acceso a la información para la población, señaló el comisionado Adrián Alcalá Méndez en un comunicado.

Esto surge luego de que la FGR negara la información a una persona que la requirió mediante transparencia; luego de que el sujeto presentara un recurso de revisión, la Fiscalía se declaró competente e indicó que localizó la carpeta de investigación solicitada, pero la reservó señalando que se encuentra en etapa de investigación ante el Ministerio Público, además de que contiene datos sobre denunciantes e imputados.

Los delitos por los que la Fiscalía abrió la investigación son ejercicio ilícito del servicio público y peculado, detalló el INAI.

El Instituto explicó que la ley indica que no se puede invocar el carácter de reservado cuando se trata de información relacionada con actos de corrupción.

El comisionado Alcalá Méndez puntualizó que se realizó una prueba de interés público relacionada con las personas servidoras públicas o ex servidoras públicas imputadas y mencionadas en la carpeta de investigación. En tanto, se determinó que si bien existe la confidencialidad ante la protección de datos personales y la presunción de inocencia, dar a conocer los nombres “permite fomentar la credibilidad de la sociedad en la rendición de cuentas”.

“Cualquier acto en el que se advierta el uso de los recursos públicos destinados a la construcción o al mantenimiento de la Línea 12 del Metro, privilegiará el derecho de acceso a la información, en razón de la veracidad de los hechos ocurridos, principalmente para las personas usuarias y las víctimas del 3 de mayo de 2021; lo cual constituye un pilar fundamental de la transparencia garantizada por este Instituto Nacional”, reiteró Alcalá Méndez en el comunicado.

Por todo lo anterior, el INAI exhortó a la Fiscalía a entregar a la persona solicitante la versión pública de la carpeta de investigación del caso.

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