El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que
estará bajo el resguardo del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y
las compañías de telefonía, contiene una serie de sanciones y reglas que
deberán respetar tanto el órgano regulador de las telecom como los operadores,
de lo contrario serán penados económicamente.
De acuerdo con el decreto, los concesionarios de
telecomunicaciones o, en su caso, los autorizados, incurrirán infracciones
cuando registren de manera extemporánea las líneas telefónicas, por lo cual podrían
pagar de 20 a 50 Unidades de Medida y Actualización, a la comprendida en la
fracción (UMA), es decir, de mil 792 pesos a 4 mil 481 pesos.
También por no registrar una línea telefónica o por no
actualizar el Padrón las empresas como Telcel, AT&T o Telefónica deberán
pagar de 500 a mil UMA, es decir, 44 mil 810 pesos hasta 89 mil 620 pesos.
“La aplicación de las sanciones a que se refiere este
Título, se hará considerando las circunstancias en que se cometió la
infracción, así como la capacidad económica del infractor. Dichas sanciones no
lo liberan del cumplimiento de las obligaciones que establece esta Ley, y se
aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal que
le resulte”, detalla el decreto.
De acuerdo con el IFT crear o implementar el Padrón de
Usuarios de Telefonía Móvil requerirá un presupuesto de más de 109 millones de
pesos durante el primer año de su creación.
Mientras que para los años subsecuentes, restando las
inversiones iniciales necesitará 88 millones.
El órgano regulador detalló que además del presupuesto será
necesario crear 150 plazas que implicarán una inversión de 55 millones de
pesos.
El registro del número de una línea telefónica móvil en el
Padrón, los usuarios estarán obligados a proporcionar identificación oficial,
comprobante de domicilio y datos biométricos (iris, huella dactilar y voz).
Fuente: El Financiero