Pleito jurídico entre integrantes de una de las familias más acaudaladas de Yucatán

08 mayo 2016
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Texto íntegro de la doble queja -contra medios masivos de comunicación y contra su madre, a quien acusa intento de despojo- que nos hizo llegar  Ermilo Roger Castilla Ponce usuario de Facebook, quien nos pidió publicar, y lo hacemos de manera integra.

En días pasados solicité de los medios de difusión masiva en el Estado de Yucatán, un espacio para expresar lo que a juicio de mi persona constituyen hechos públicos pero sobre todo de interés general. Ninguno de los periódicos de mayor circulación en la Entidad brindó su anuencia para exponer la situación actual de quien suscribe.

Coartada mi libertad de expresión por los citados medios de comunicación y censurada mi oportunidad de exponer los actos corruptos mediante los cuales se pretende influenciar mi vida, expongo a través de la demás fuentes de información al alcance del dominio público, el documento que injustamente trataron de evitar que se hiciera del conocimiento de la precitada opinión general. Esto, debe decirse, constituye una muestra más de cómo el poder económico se antepone por encima de la ley, al grado de corromper y poner a su servicio a las Instituciones Constitucionales de nuestro Estado Mexicano y peor aún, a nuestros servidores públicos, como conducto para materializar sus maquinaciones, venganzas personales o extorsiones.

Dado que los derechos y principios más elementales que rigen la protección de la dignidad humana de mi persona, reconocidos en el Pacto Federal Mexicano y por múltiples Instrumentos Internacionales, están siendo violados sistemáticamente por las mismas instituciones encargadas de protegerme, este reporte igual va a ser entregado, en la ciudad de Ginebra, al Alto Comisionado para los Derechos Humanos y al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

Ermilo Roger Castilla Ponce

REMITIDO

Enrique Peña Nieto, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.
Luis María Aguilar Morales, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal.
Arely Gómez González, Procuradora General de la República.
Luis Raul Gonzalez Perez, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Rolando Rodrigo Zapata Bello, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán.
Marcos Alejandro Celis Quintal, Presidente del Poder Judicial del Estado de Yucatán y del Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán.
Ariel Francisco Aldecua Kuk, Fiscal General del Estado de Yucatan.

Por medio de la presente, un servidor, Ermilo Roger Castilla Ponce, Mexicano, de 22 años de edad, nacido en Merida, Yucatan, Mexico, el día 12 de Diciembre de 1993, con residencia permanente en el Casco Hacienda Dzodzil Casa 27, Col. Dzodzil Norte, Merida, Yucatan, 97115, Mexico; con fundamento en todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y demás tratados internacionales de la materia aplicables al caso, en los reconocidos por, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en todas las Leyes Federales vigentes de la República Mexicana, así como en todas las Leyes vigentes del Estado de Yucatan; solicito su inmediata intervención para poner un alto a todas las violaciones y actos de barbarie ultrajantes y de agresión que han sido cometidas por mi madre Margarita del Pilar Ponce Diaz, contra un servidor, así como en contra de mis hermanos Margarita Castilla Ponce y Genaro Castilla Ponce.

Mi madre, Margarita del Pilar Ponce Diaz, se encuentra completamente manipulada por su padre Fernando Ponce Garcia, su hermano Juan Manuel Ponce Diaz y su asesor Jose Rafael Menendez Medina, quienes le han hecho suscribir todas una serie de demandas penales, civiles y mercantiles con el único propósito de lograr el despojo económico y patrimonial, tanto de un servidor, como de mis hermanos y de nuestro padre, Ermilo Javier Castilla Roche, acto sin precedente en el Estado de Yucatan.

Tanto un servidor, como mi hermana menor Margarita Castilla Ponce, hemos sido amenazados durante los últimos años, con el despojo de nuestro patrimonio, por nuestra propia madre, por nuestro abuelo Fernando Ponce Garcia y por nuestro tío Juan Manuel Ponce Diaz en el entendido de que perderemos nuestra parte de la herencia del patrimonio de mi madre; el cual comprende, entre otros bienes, acciones de “Bepensa”, sus ahorros, y masmás de cien inmuebles que posee aen su nombre o en copropiedad con sus hermanos y primos. Herencia la cual, desde el día de hoy, aclaró, que si algún día llega a estar en control de un servidor y de mi hermana, va a ser donada en su totalidad, para la creación de una Organización No Gubernamental con los fines de proteger los derechos y la libertad de los incontables ciudadanos Mexicanos, que como nosotros, son víctimas de ataques de individuos, que por su posicióposiciónn económica, piensan que están sobre la Ley y los conceptos más básicos de nuestra constituciónprincipios fundamentales de la Constitución Política del País.

El origen de todos los actos de agresión física, terror psicológico, desprecio y acciones legales, que día con día se dirigen en nuestra contra, se debe exclusivamente a que un servidor y mí hermana Margarita Castilla Ponce no hemos sucumbido ante la amenaza de ser desheredados por mi madre y, por que en todo momento, nos hemos conducido con ética, moralidad, equidad y justicia, en todos los asuntos relativos a la separación de nuestros padres.

En el año 2013, cuando mis padres se encontraban separados, durante las negociaciones que sostenían entre ellos, mi madre me otorgó un poder irrevocable para Actos de Dominio, individual, respecto de cinco inmuebles que mi padre adquirió con sus propios recursos y que se los puso a nombre de mi madre. Un servidor, actuando con estricto apego a derecho, realicé la enajenación de dos de esos cinco inmuebles, para poder hacer frente a los gastos universitarios en de mi hermana y un servidor, en el extranjero, así como para solventar nuestra defensa legal.

Aclarando, ante ustedes y la opinión pública en general, que ni las acciones de “Bepensa”, ni los ahorros, ni los mas de cien inmuebles, los cuales abarcan miles de hectáreas, que mi madre Margarita del Pilar Ponce Diaz, adquirió a su nombre o en copropiedad con su hermanos y con sus primos, con sus recursos propios o familiares, no han sido enajenados, ni gravados, ni comprometidos. Repudiamos retóricamente tajantemente la ambición económica y la falta de moral que ha dado motivo a todas las acciones emprendidas en nuestra contra.

De igual forma aprovecho para denunciar y solicitar la intervención de la Secretaría de la Función Pública, del Consejo de la Judicatura Federal y del Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán, ya que tanto nuestra madre Margarita del Pilar Ponce Diaz, como sus asesores, constantemente, nos han amenazado dejado claro, en tono inclusive de amenaza, explicándonos como con su poder y sus recursos económicos han corrompido a las autoridades en cuyo criterio y sentencias esta se encuentra nuestro destino tanto económico, como de la convivencia familiar, entre hermanos y con mi padre.

El 25 de Febrero de la anualidad en curso, el C. Juez Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado de Yucatan, en autos de la causa penal marcada con el número de expediente 9/2016 del índice de dicho juzgado a su cargo, dictó una orden de aprehensión en contra de un servidor y de mi padre, con la finalidad de hacernos comparecer a un juicio basado, en su totalidad, en una serie de documentos apócrifos, principalmente correos electrónicos que fueron obtenidos ilegalmente, o que fueron creados por la parte denunciante o sus propios asesores, ya que de manera ilegal obtuvieron las direcciones y las claves de acceso a mis cuentas y de diversos asesores legales, a pesar de que para poder intervenir cualquier comunicación, verbigracia, cualquier cuenta de correo electrónico, se requiere obtener la autorización de cualquiera de los únicos siete Jueces en toda la Nación facultados para ello por la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, por mandato constitucional, siendo estos los Jueces de Distrito Penales Especializados en materia de Arraigo, Cateos, Arraigos e Intervención de Comunicaciones con sede en la Ciudad de México y con Competencia en toda la República, de donde se sigue que el citado mandato de captura resulta violatorio de los preceptos Constitucionales y legales que protegen las comunicaciones privadas de las personas, su intimidad y confidencialidad.

Por lo tanto, solicito que se vigile que la resolución que mañana lunes, 9 de Mayo, se sirva decretar el C. Juez Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado de Yucatan, se dicte conforme a derecho, particularmente en atención a que toda la supuesta evidencia esta basada en documentos falsos creados u obtenidos sin la autorización correspondiente, conforme lo prescribe el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ermilo Roger Castilla Ponce
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