SCJN prohíbe importar o vender cigarros electrónicos por daños a la salud

26 noviembre 2020
Noticias de Yucatán. 

Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la prohibición absoluta para importar y comercializar cigarrillos electrónicos o vapeadores en todo México, incluído Yucatán.

Lo anterior, tras negarle un amparo a la cadena Sanborns, que pretendía vender estos artículos.

La Segunda Sala declaró constitucional la fracción VI del artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, que prohíbe la venta de “cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contengan algunos elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco”.

La cadena comercial argumentó que los cigarros electrónicos no se utilizan sólo para consumir líquidos con nicotina, sino también otros productos que no tienen relación alguna con el tabaco.

No obstante, en su resolución los ministros argumentaron que los vapeadores son un producto que puede inducir al consumo de cigarros reales, por lo cual su utilización debe ser desincentivada.

“Puede constituir una manera novedosa y atractiva para las personas más jóvenes que, en su desarrollo, pudieran considerar de manera más fácil y accesible incluir, dentro de sus consumos habituales, a este tipo de objetos, lo cual podría ser un camino para insertarse en el consumo de productos que sí son de tabaco”.

De esta manera, si te encuentras en Yucatán y ya tienes un vaper que te es útil, consérvalo porque será un objeto que no podrá comercializarse más.

 

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