MÉXICO.- La Secretaria de Salud (Ssa)
publicó un acuerdo para concretar a partir de hoy la gratuidad absoluta en
servicios médicos a la población que carece de seguridad social, ordenada
por la reforma del 29 de noviembre de 2019 a la Ley General de Salud (LGS),
vigente desde el 1 de enero de 2020.
El acuerdo del titular de la Ssa, Jorge
Alcocer, elimina por completo el cobro de cuotas de recuperación según el nivel
socioeconómico del paciente en hospitales controlados por la Secretaría,
que a estas alturas ya incluyen la mayor parte de los hospitales de gobiernos
estatales, que pasaron a control del Instituto de Salud para el Bienestar
(Insabi).
"Resulta necesario establecer los
criterios generales para la implementación de la gratuidad para la atención
hospitalaria de pacientes en los establecimientos que presten servicios de
atención médica de esta Secretaría y de las entidades coordinadas por la
misma", explica el acuerdo, publicado en la edición vespertina del Diario
Oficial.
El cambio consiste en reformar la tabla del
punto cuarto de un acuerdo expedido el 27 de mayo de 2013 por la entonces
titular de la Ssa, Mercedes Juan, para fijar los criterios que determinaban la
clasificación socioeconómica de usuarios del Seguro Popular, desaparecido
con la reforma de 2019.
Determinación del monto del subsidio que
obtendrá el paciente
En dicha tabla, están previstos siete
niveles socioeconómicos, cuyo único objetivo era "determinar el monto del
subsidio que obtendrá el paciente, respecto del costo de los servicios de atención
médica que se ofrecen en los establecimientos que prestan servicios de
atención médica de la Secretaría y de las Entidades Coordinadas".
En el acuerdo de 2013 solo estaba exento de
pago el más bajo de los siete niveles, calculados con base en variables como
empleo, ingreso, tipo de vivienda y de enfermedades.
En la nueva versión, los siete niveles
quedan exentos, por lo que el estudio socioeconómico ya no se hará
para fines de pago de cuotas a los hospitales.
Esto incluye, en los niveles más altos de
la tabla, a personas que no tienen seguridad social por no cotizar en el IMSS o
ISSSTE, pero que pueden ser profesionistas, técnicos o científicos, que viven
en casa propia con todos los servicios.
No cubrir ningún tipo de cuotas de
recuperación
Según la LGS, el derecho de este grupo -alrededor
de 64 millones de personas-, a recibir atención gratuita, incluye no
cubrir ningún tipo de cuotas de recuperación o cualquier otro costo por los
servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que reciban.
En otro punto del acuerdo de 2013 que fue
reformado, el sexto, se eliminó la mención al pago de cuotas de recuperación a
Institutos Nacionales de Salud, Hospitales Federales de Referencia,
Regionales de Alta Especialidad y unidades adscritas a los Servicios de
Atención Psiquiátrica.
El gobierno federal o los estatales son los
que tendrán que reembolsar a dichas instituciones por todos los
costos de atender a estos pacientes.
Fuente: Reforma