Insólita resolución de la Corte contra trabajadoras del hogar

29 noviembre 2024
Noticias de Yucatán. 

Nunca hubiera imaginado que la casi renovada Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalara la inexistencia de los derechos de las trabajadoras del hogar como lo hace grotescamente la actual Ley del Seguro Social en perjuicio de quienes laboran de manera ocasional o esporádica a pesar de recibir un salario, contrariando el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo que si las reconoce.

Desconcertadas ante esta inaudita resolución, las integrantes del Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar (SINACTRAHO), emitieron un comunicado de prensa el pasado 13 de noviembre para denunciar este atropello judicial, expresando que:

“(…) la reforma a la Ley del Seguro Social publicada el 16 de noviembre de 2022  (…) desconoce los derechos de las trabajadoras del hogar, en especial de quienes realizamos trabajos de manera esporádica y remunerada al servicio de un patrón”.

No conciben las trabajadoras del hogar que en el ámbito internacional sean reconocidos sus derechos laborales sin condición alguna, mientras que en México siguen siendo (una vez más) ignoradas: 

“Esta decisión es muy grave porque se pierde el alcance del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) –que fuera ratificado por el gobierno mexicano el 13 de diciembre de 2019 el cual forma parte de nuestros derechos supremos– ya que en su artículo 1 inciso (c) expresamente señala que no reconoce el alcance de este Convenio para quienes realicen trabajos ocasionales o esporádicos únicamente cuando no sean remunerados.”

Reiteran que “(…), de acuerdo al Convenio 189 de la OIT, si el trabajo del hogar aun cuando sea esporádico, (…)” pero siempre que se les cubra un salario “(…) debe estar protegido en forma obligatoria por nuestra legislación mexicana”.

No se concibe que la Suprema Corte, que tiene como obligación respetar los convenios internacionales ratificados por el gobierno mexicano, resuelva lo contrario. 

La reforma a la Ley del Seguro Social del 16 de noviembre de 2022, impugnada por las trabajadoras del hogar, señala en su artículo 239-B:

“No se considera persona trabajadora del hogar:

Quien realice trabajo del hogar únicamente de forma ocasional o esporádica…”

Las trabajadoras del hogar presentaron un amparo el 27 de diciembre de 2022, donde señalaron:

“(…) que la redacción de este artículo de la Ley del Seguro Social suprime nuestro derecho a la seguridad social, ya que margina (…) a quienes realizamos ese tipo de trabajo, llamado “ocasional o esporádico” y en forma remunerada al servicio de un patrón, contrariando el Convenio 189 de la OIT.”

Siguen sin creer que la Segunda Sala haya avalado esto:

“(…) por tres votos a favor y uno en contra, y uno más que no se expresó por estar ausente.” 

Quienes votaron por no reconocer los derechos de las trabajadoras del hogar que realizan trabajo esporádico con pago de salario fueron: 

(1) El ministro Alberto Pérez Dayán, 

(2) La ministra Yasmín Esquivel Mossa y

(3) Lenia Batres Guadarrama (Ponente), 

Quien se negó a avalar dicha decisión fue el ministro Luis María Aguilar, mientras que el ministro Javier Laynez Potysek estuvo ausente.

Esta resolución es muy grave en perjuicio de las trabajadoras del hogar al avalar una reforma a la Ley del Seguro Social que apenas ha logrado en su aplicación que menos del 2% hayan alcanzado la cobertura de seguridad social porque:

“(…) no se aplica ninguna sanción en contra de los patrones omisos, hecho que también fue avalado por la mayoría de los integrantes de la Segunda Sala”.

Ellas manifiestan que: 

“La mayoría de quienes realizamos labores subordinadas en el hogar como trabajadoras, lo hacemos de entrada por salida una, dos o tres veces a la semana, y que de acuerdo con datos del INEGI en 2024 somos el 96.2% que, con esta lamentable resolución se avala la omisión en el cumplimiento de nuestros derechos.”

Las trabajadoras del hogar, a través de su organización sindical, solicitaron, ante esta resolución lamentable de la Segunda Sala de la SCJN, la intervención de la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de la República para que refuerce las medidas legislativas y prácticas de gobierno en favor de las trabajadoras del hogar, porque dicen ellas:

“…actualmente somos ignoradas por los empleadores de nuestro país al carecer de una inspección real y sanciones efectivas para su cumplimiento”.

Manuel Fuentes

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