De largo alcance, la reforma penal

24 septiembre 2013
Noticias de Yucatán ()

Dicen en un foro: No se debe limitar a los juicios orales

La reforma constitucional en materia penal no se circunscribe al establecimiento del juicio oral: sus alcances y objetivos van mucho más allá, afirmó ayer en esta ciudad Niger Desiderio Pool Cab, juez primero de Ejecución de Sentencias.
El cambio de readaptación social a reinserción social no es un simple cambio de palabras, dijo; la reinserción es “volver a integrar a la sociedad a alguien que estaba condenado penalmente o marginado”; esto es parte del espíritu de la reforma constitucional.
Por su lado, Belem Bolaños Martínez, juez primero de Ejecución de Sanciones Penales en el Distrito Federal, agregó que los conceptos de reinserción y readaptación en México se ven superados en el marco actual del respeto a los derechos humanos.
Esto es porque “a partir de la reforma en 2008, el sentenciado es considerado como un sujeto de derechos y obligaciones y que debe responsabilizarse de los hechos cometidos”, agregó.
Ambos jueces fueron los primeros expositores que participaron en el Primer Foro Regional “El juez de Ejecución de Sanciones Penales: jurisdicción penitenciaria y reinserción social”, que se enmarca en la Octava Semana Jurídica y Cultural del Poder Judicial del Estado.
Marcos Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia, y Ernesto Herrera Novelo, consejero jurídico del Estado, tuvieron a su cargo la inauguración del coloquio.
Entre los asistentes se encontraban Jorge Javier Priego Solís, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Tabasco; los magistrados y consejeros del Poder Judicial del Estado, jueces, y Francisco Brito Herrera, director del Centro de Reinserción Social del Estado (Cereso).
En su exposición, Pool Cab planteó que se requiere redefinir el sistema penitenciario, a fin de procurar con ello la verdadera reinserción del individuo a la sociedad contra la cual llevó al cabo una conducta ilícita.
El juez consideró que esto se puede lograr mediante la aplicación de mecanismos efectivos, como el trabajo productivo, la educación, salud, deporte y cultura.
Recordó que por eso el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su párrafo segundo lo siguiente:
“El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley”.-
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