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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por aplicar quimioterapia a un niño sin contar con diagnóstico certero de leucemia, que derivó en la muerte del menor.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por aplicar quimioterapia a un niño sin contar con diagnóstico certero de leucemia, que derivó en la muerte del menor.
La recomendación, dirigida al director general del IMSS,
Mikel Arriola, es por la aplicación prematura de tratamiento de quimioterapia a
un niño de 2 años 5 meses de edad.
De acuerdo con la CNDH, el organismo obtuvo evidencias
suficientes y determinó que servidores públicos del Hospital General Zona 36,
en Coatzacoalcos, Veracruz, vulneraron el principio del Interés Superior de la
Niñez, debido a que al ingresar al niño no le realizaron los estudios clínicos
correspondientes e inmediatos para confirmar el diagnóstico.
Se conoció que el 25 de febrero de 2012, una mujer acudió
al servicio de urgencias de dicho hospital porque su hijo presentaba fiebre,
gripa y dolores musculares.
Al ingresar, se le realizaron estudios paraclínicos al
menor, que indicaron que el paciente presentaba anemia y disminución de
plaquetas, por lo que ameritaba ser valorado por el servicio de Hematología.
La médico adscrita a dicho servicio programó un
procedimiento de "aspiración de médula ósea".
"Con el resultado de su apreciación visual, y sin
contar aún con estudios de laboratorio confirmatorios, determinó que el
paciente cursaba con Leucemia Linfoblástica Aguda L2, por lo que inició
tratamiento de quimioterapia", detalló la CNDH.
El 3 de marzo del mismo año, el niño fue dado de alta sin
corroborar los resultados de los estudios de laboratorio posteriores a la
quimioterapia y sin prever los efectos secundarios, por lo que, al recaer, el 6
de marzo la madre lo llevó al Hospital Regional de Villahermosa, Tabasco, donde
se determinó que el pequeño presentaba malas condiciones generales y falleció
al día siguiente por paro cardiorrespiratorio.
Para la CNDH, antes de establecer tratamiento oncológico,
el médico debió confirmar el diagnóstico con análisis complementarios, o en su
defecto enviarlo a otra unidad médica del sector con mayor capacidad resolutiva
para otorgar medicación de mantenimiento y regularizar las condiciones
hematológicas. Al no existir diagnóstico certero, se incurrió en negligencia
médica.