Yucatán: SCJN resolverá si Congreso debe reconocer el matrimonio igualitario

16 febrero 2021
Noticias de Yucatán. 

Este 24 de febrero la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá si el Congreso de Yucatán está obligado a reconocer el matrimonio igualitario. La decisión podría abrir la puerta a litigios similares en otros estados. Con ánimo de dar mayor información para el debate público, he decidido usar este espacio para hacer un brevísimo resumen de la demanda de este caso, la cual presentamos desde el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán (Colectivo PTFY).

En abril de 2019, treinta y ocho personas del Colectivo PTFY presentamos un amparo en contra del Congreso de Yucatán por rechazar una iniciativa de reformas a la Constitución local y al Código de Familia para permitir el matrimonio igualitario.

En el escrito de demanda señalamos que la constituciones de los estados no pueden ir en contra ni de la Constitución Federal (artículos 39, 40 y 41), ni de la jurisprudencia temática de la SCJN. La jurisprudencia temática son criterios de interpretación que emite la SCJN sobre temas que se considera puedan estar presentes en distintas leyes del país –como por ejemplo, el matrimonio-. Hoy día nadie pone en duda que esos criterios son de cumplimiento obligatorio para todos los juzgados del país. Sin embargo, hay quienes cuestionan si son también vinculantes para los congresos locales. En la demanda sostuvimos que sí lo son, dado que la SCJN es la intérprete última de la Constitución y que sus criterios de interpretación son extensiones de la misma.

También recordamos que la SCJN ya ha dicho que el derecho a la no discriminación plantea límites a la libertad de los congresos a la hora de legislar y que el artículo 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos les impone la obligación de adecuar su legislación cuando ésta no permite el ejercicio de los derechos humanos. Por último, señalamos que tanto la SCJN como la Corte Interamericana de Derechos Humanos han declarado que es discriminatorio no permitir a las parejas del mismo sexo el acceso a la misma protección legal que se les otorga a las parejas conformadas por un hombre y una mujer.

De esta forma concluimos que el Congreso de Yucatán estaba obligado a aprobar la iniciativa cuando tuvo la oportunidad en abril de 2019. Sostuvimos que el desacato no solo impide que las parejas del mismo sexo se casen sino que avala un discurso discriminatorio, dado que el Derecho también comunica socialmente acerca de lo que entendemos por justo e injusto. Cuando un congreso rechaza una iniciativa sobre matrimonio igualitario, además de negar derechos de familia, envía a la sociedad el mensaje de que las parejas del mismo sexo no son igual de válidas que las conformadas por un hombre y una mujer. Indicamos que este reforzamiento se reflejó en artículos de opinión y publicaciones realizadas en Yucatán que celebraban el rechazo al matrimonio igualitario. Presentamos cifras sobre discriminación y bullying hacia las personas LGBT+ en México para evidenciar el contexto de exclusión que el Derecho estaba avalando y reproduciendo.

El proyecto del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá considera fundados nuestros argumentos y concede el amparo. Se necesita que al menos dos de las otras dos ministras y/o de los otros dos ministros voten a favor del proyecto. Ojalá estemos en vísperas de un fallo histórico que inicie la caída del apartheid legal que prevalece en 11 estados del país. Han sido décadas de lucha, pero los días de cosecha están cada vez más cerca.

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