Los delitos contra menores por parte de sacerdotes serán
considerados por la sección titulada “Delitos contra la vida, la dignidad y la
libertad humana”; con ello se amplían los periodos de prescripción ante un
delito así y se indemnizará a las víctimas
El Vaticano introdujo en el Código de Derecho Canónico un
artículo que contempla la pedofilia y específicamente los delitos de abusos
contra menores cometidos por sacerdotes, una medida exigida por las víctimas.
A partir de este martes el delito contra menores queda
tipificado en la nueva versión del Código en un canon específico.
Según la reforma del Código de Derecho Canónico anunciada
por el Vaticano, se amplían los periodos de prescripción y se indemniza a las
víctimas.
El papa Francisco quiso revisar la disciplina penal con el
fin de agilizar y endurecer las penas contra los sacerdotes que abusan
sexualmente de menores con el fin de erradicar uno de los fenómenos que más ha
desacreditado a la Iglesia católica.
En un documento, firmado por el papa el pasado 23 de mayo,
el papa argentino, que prometió tolerancia cero ante la pederastia de los
curas, reconoció los daños causados y espera que al tipificar el delito se
logre “prevenir males mayores y sanar las heridas causadas por la debilidad
humana”.
Se modifica por lo tanto el Código de Derecho Canónico
promulgado por el papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983.
Por lo tanto, los delitos contra menores por parte de
sacerdotes serán considerados por la sección titulada “Delitos contra la vida,
la dignidad y la libertad humana” e incluirá ahora “el delito contra el sexto
mandamiento del Decálogo con un menor o una persona habitualmente afectada por
el uso imperfecto de la razón o con una persona a quien el la ley reconoce una
protección similar”.
También será sancionado el sacerdote que induzca a un menor
a “participar en exhibiciones pornográficas” o que conserve imágenes de
pornografía infantil (sanción que puede llegar a la expulsión de la Iglesia).
Fuente: El Universal