Las deducciones personales son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio.
Estas deducciones las tiene que presentar toda persona física en su declaración anual, ya sea por ingresos de servicios profesionales o por actividad empresarial sin importar el salario que perciba por ejercer dicha profesión.
Una vez presentada la información, la autoridad designada deberá valorar en un plazo menor de 40 días a partir de la fecha de la declaración anual, la devolución de los saldos a favor que le corresponden a las personas físicas.
De acuerdo con el SAT:
1) Pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestadas por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, así como los gastos hospitalarios , efectuados por el contribuyente para sí mismo, para su cónyugue o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que estas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, trasferencias electrónicas de fondos , desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
2) También serán deducibles los pagos efectuados por servicios de enfermería, por análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra o alquiler de aparatos para la recuperación del paciente, derivados de las incapacidades a que se refiere el artículo 477 de la Ley federal del Trabajo, cuando se cuente con el certificado o la constancia de incapacidad correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, o los que deriven de una discapacidad en términos de lo dispuesto por la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y se cuente con el certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad emitido por estas.
3) Gastos Funerarios. Los gastos de funerales serán deducibles siempre que no excedan del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, efectuados por el contribuyente o su concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos. Los gastos para cubrir funerales a futuro serán deducibles en el año de calendario en que se utilicen los servicios funerarios.
4) Serán deducibles los Donativos no onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos) cuando se den a instituciones autorizadas para recibir donativos, (existe un Directorio de .Donatarias Autorizadas). El monto de los donativos que se deduzcan en la declaración Anual no debe exceder del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.
5) Podrán deducirse los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación ( casa del contribuyente) contratado con las instituciones integrantes del sistema financiero, siempre que el monto total de los créditos otorgados por dicho inmueble no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
6)Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones de retiro en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
7) Serán deducibles las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el propio contribuyente, su conyugue o la persona con quien vive en concubinato, o sus ascendientes o descendentes en línea recta.
8) Los gastos destinados a la trasportación escolar de los descendientes en línea recta ( hijos, nietos) son deducibles cuando ésta sea obligatoria en los términos de la disposiciones jurídicas del área donde la escuela se encuentre ubicada o cuando para todos los alumnos se incluya dicho gasto en la colegiatura.
¿Quiénes deben presentar declaración anual?
Deben presentar su declaración anual, las personas físicas que hayan obtenido ingresos, entre otros por los siguientes conceptos:
-Por prestar servicios profesionales (honorarios)
-Por rentar bienes inmuebles
-Por realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), excepto los que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal.
-Por enajenar bienes (Pasar o transmitir a alguien el dominio de los bienes o algún otro derecho sobre ello)
-Por adquirir bienes
-Por percibir salarios
-Por intereses
-Otros ingresos, por ejemplo: las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios, y/o por penas convencionales.