Desde noviembre del 2020 a octubre del 2022, la inflación acumulada es de 15.08%; la ley señala que la renovación de las tarifas debe de ser cuando se supere niveles de 10%.
En el 2023 e Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá que actualizar los límites inferiores y superiores del Impuesto sobre la Renta (ISR) para personas físicas, como consecuencia de la acelerada inflación que impacta a México.
El artículo 152 de la Ley del ISR dice que las cantidades establecidas en moneda nacional de las tarifas establecidas en dicho artículo se actualizarán si la inflación acumulada en México supera 10% desde el último mes que se realizó el cálculo.
En este sentido, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) explicó que la última actualización se efectuó en diciembre del 2020 y entró en vigor el 1 de enero de 2021.
En aquella ocasión la autoridad consideró el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) de noviembre del 2017 a noviembre del 2020.
“Desde entonces, la inflación acumulada ha alcanzado 15.08%, que resulta de dividir el INPC de octubre de 2022 (125.276), que es el último índice publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), entre el INPC de noviembre del 2020 (108.856) que fue el último índice que se tomó para el cálculo de la actualización del 2021”, explicó la Prodecon en su revista mensual.
Dicho de otra manera se ha rebasado el nivel de 10% que señala el último párrafo del artículo 152 de la Ley del ISR, “para detonar la actualización de la tarifa”, detalló la Procuraduría.
La Prodecon mencionó que previamente se actualizaba trimestralmente la tarifa del ISR, por lo cual el SAT publicaba las actualizaciones cuatro veces al año. No obstante, cuando la inflación observó niveles bajos, la renovación de la tarifa comenzó a hacerse en periodos más largos.
“Actualmente, la tarifa se ha venido actualizando en periodos entre tres y cuatro años, que es cuando se rebasaba 10% de inflación que señala la Ley del ISR”.
Actualizar evita carga tributaria
La Prodecon explicó que corresponde actualizar la tarifa del ISR de personas físicas con el fin de evitar que los incrementos salariales otorgados se traduzcan en una mayor carga tributaria para los trabajadores.
Asimismo, la renovación impacta a las 34 tarifas que contiene el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal y que son utilizadas para el cálculo del impuesto sobre la Renta de las personas físicas.
Si bien los especialistas del ombudsman fiscal consideran en la publicación la inflación con corte a octubre, cabe mencionar que durante la primera mitad de noviembre, el INPC registró un aumento quincenal de 0.56%, mientras que a tasa anual los precios aumentaron 8.14%, dato menor a 8.28% reportado en la quincena previa.