Michoacán: Buscan castigar más a quien use a los hijos para causar daño a ex parejas

16 febrero 2023
Noticias de Yucatán. 

El Congreso del Estado aprobará este jueves incluir en el Código Penal el tipo de violencia vicaria y quien la cometa tendrá un castigo de cuatro a ocho años de prisión, así como pérdida de los derechos que tenga respecto a las víctimas directas e indirectas incluidos los de carácter sucesorio y patria potestad y se decretarán medidas demás  protección.

En el dictamen elaborado por las comisiones de Justicia, de Igualdad Sustantiva y de Género y la de Desarrollo Integral de la Familia, sobre cuatro iniciativas presentadas por las diputadas María de la Luz, Núñez, Julieta Gallardo, Luz María García y la ciudadana Linda Elizabeth Tinajero, señalan la necesidad de visibilizar este tipo de violencia.

El proyecto de decreto establece que comete el delito de violencia vicaria quien mantenga o haya mantenido una relación de matrimonio, concubinato o de hecho con una mujer y que le cause daño por sí o por interpósita persona utilizando como medio a los hijos o personas significativas para la víctima

Para efectos de este delito se considera que se causa el daño a la mujer cuando el sujeto activo amenace con causar daño a los hijos de la víctima o personas significativas para ella o amenace con ocultarlos, retenerlos o sustraerlos.

También cuando se promueva, incite o fomente actos que descalifiquen la figura materna afectando el vínculo filial de los hijos de la víctima; impida, dificulte o restrinja la convivencia y comunicación de la víctima con los hijos o con personas significativas para ella o los oculte retenga o sustraiga.

Incluso, cuando se interponga acciones legales, procedimientos judiciales o conductas procesales, sustentándose en hechos falsos o inexistentes, impidiendo dificultando o restringiendo la convivencia o el ejercicio de la guarda y custodia o patria potestad o se condicione el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a que tiene derecho la víctima o los hijos en común.

Las penas previstas se incrementarán hasta en una tercera parte si se incurre en daño físico a la víctima o a quienes se utilicen como medio, cuando en la comisión del delito participen dos o más personas, cuando uno o varios miembros de la familia del sujeto activo haya ejercido algún tipo de violencia en contra de la víctima o de quienes se utilicen como medio. 

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