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La Fiscalía General de Justicia del estado de México (FGJEM) reconoció que Roxana Ruiz Santiago actuó en legítima defensa y por ello se desistió de la acción penal contra la mujer, a quien apenas el lunes pasado una juez la sentenció por homicidio a seis años y dos meses de prisión, con el atenuante de uso excesivo de la legítima defensa, .
Al respecto, Ángel Carrera, abogado de la joven oaxaqueña, informó que ellos se enteraron en las redes sociales y su defendida oficialmente no ha sido notificada; pero dicha acción reconoce la inocencia de Roxana.
Ayer, la FGJEM emitió el comunicado 564/2023, en el cual indicó que el fiscal general, José Luis Cervantes Martínez, instruyó a la Fiscalía Central para la Atención de los delitos Vinculados a la Violencia de Género, a atraer el caso, al considerar que Roxana estaba en situación de vulnerabilidad.
Reconoció que la joven de 24 años actuó en legítima defensa, a pesar de que el Tribunal de Enjuciamiento del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl la encontró responsable y le impuso una pena de seis años y 2 meses de prisión.
Además tendría que pagar una multa de 7 mil 748 pesos, más 196 mil 267 pesos por reparación integral de daño y otros 89 mil 620 pesos por daño moral.
Se llegó a la determinación de que la conducta de la sentenciada durante los hechos que se le imputaron, está exenta de responsabilidad penal, toda vez que esta fiscalía considera que actuó en legítima defensa, circunstancia que constituye una causal de sobreseimiento tal como lo dispone el artículo 327 fracción cuarta del Código Nacional de Procedimientos Penales.
En febrero pasado un juzgado federal otorgó a Roxana Ruiz un amparo definitivo y enfrenta en libertad el proceso penal en su contra.
Violentaron sus derechos desde que se abrió la carpeta
Integrantes de la asamblea vecinal Nos Queremos Vivas Neza denunciaron que desde el momento en que se integró la carpeta de investigación, se violentaron los derechos de Roxana Ruiz, al no indagar con perspectiva de género, a pesar de que ella denunció que había sido violada.
En tanto, la FGJEM solicitó audiencia para que el juez correspondiente resuelva lo conducente, una vez que la fiscalía mexiquense ordenó el desistimiento del ejercicio de la acción penal a favor de Ruiz Santiago, en concordancia a lo dispuesto por el artículo 144 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Ángel Carrera detalló que analizarán la decisión de la fiscalía, pero consideró que el juez tendrá que decretar la inocencia de Roxana al determinarse que actuó en legítima defensa cuando hace dos años privó de la vida a Sinaí N, su agresor.
El viernes pasado, el presidente Andrés Manuel López Obrador señaló que su administraciónya revisaba el caso de la joven Roxana Ruiz. Ya lo estamos vien-do nosotros, y si procede, me refiero a que se pueda aplicar el indulto, pues si hay sentencia lo vamos a hacer.
Sin embargo, el defensor de Roxana dijo que el indulto se otorgaba cuando ya no había recurso y la sentencia estaba firme, pero la situación no era así, porque el indulto equivale a un perdón, que ellos no aceptan, pues sería considerarla culpable de un delito que no cometió.
Reconocimiento de inocencia, sí; indulto, no
Carrera señaló que lo que si aceptarían sería un reconocimiento de inocencia de Roxana, ella es inocente. El 8 de mayo de 2021, Roxana se desempañaba como vendedora ambulante afuera de una tienda abarrotera de la colonia Benito Juárez.
A su puesto llegó Sinaí, quien le hizo la plática y le pidió ayuda, porque no tenía dónde pasar la noche. La mujer recién llegada de Oaxaca aceptó, y en el cuarto donde ella rentaba, Sinaí la violó.
Ella se defendió y en la pelea por su vida asfixió a su agresor. Fue detenida por policías municipales cuando deambulaba por calles de esa localidad.