a Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) descartó declarar inconstitucional la Cédula Profesional Electrónica que se emite en nuestro país desde hace dos años.
La decisión se aprobó este jueves durante la sesión pública de la segunda sala de la Corte tras rechazar la propuesta original de uno de los ministros, Fernando Franco González Salas, para quien el documento emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP) a través de la Dirección General de Profesiones carece de los mecanismos idóneos para identificar a una persona porque no contiene ni foto ni firma de la misma.
Al no convencer a sus compañeros de su propuesta, el pleno de ministros turnó el asunto a su colega, Javier Laynez Potisek, para que realice una nueva propuesta en la que el documento electrónico no se considere inconstitucional.
El caso llegó a la Corte luego de que un licenciado en Derecho al obtener la Cédula Electrónica estimó que no le permitiría identificarse y por ello llevó el análisis de sus argumentos a las instancias judiciales, pese a que la cédula contiene un código QR, el cual contiene la firma electrónica del profesionista, la carrera que cursó, su número de CURP, así como la institución de la que procede.