Sancionar a los medios de comunicación por no hacer un “uso adecuado del lenguaje” es violatorio de la libertad de expresión en México, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
“El Artículo 223, fracción IX, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión viola el derecho a la libertad de expresión, al establecer que la programación que se difunda a través de radiodifusión o televisión y audio restringidos, deberá propiciar el uso correcto del lenguaje”.
En sesión virtual, el Pleno de la Corte resolvió que la disposición impone una restricción injustificada a la libertad de expresión, por lo que los medios de comunicación no pueden estar sujetos “a un permanente temor de ser sancionados por un uso incorrecto del lenguaje”.
Los ministros coincidieron en que la transmisión de las ideas exige que se preserve la libertad para utilizar el lenguaje de la manera que mejor se considere, pues de lo contrario se mantienen discursos dominantes.
“Los criterios de corrección del lenguaje pueden encerrar la preservación de los discursos dominantes en una sociedad, cuando en una democracia incluyente e igualitaria éstos deberían poderse cuestionar con la libertad de expresión”, agregó en un comunicado.
El ministro presidente, Arturo Zaldívar, sostuvo que la legislación en materia de telecomunicaciones que establecía sancionar el uso “incorrecto” del lenguaje es “inconstitucional”.
Exigir un uso correcto del lenguaje en medios de radio y TV viola la libertad de expresión. El lenguaje es un producto cultural, dinámico, en constante evolución. La âcorrección en el lenguajeâ genera arbitrariedad y censura. La democracia requiere de un debate robusto de ideas. pic.twitter.com/SJvjej4tIk
— Arturo ZaldÃvar (@ArturoZaldivarL) April 30, 2020