El Congreso del Estado de México aprobó por mayoría de votos la Ley de Amnistía que permitirá otorgar la libertad a personas que cometieron un delito no grave y fueron sentenciadas o acusadas, entre ellas mujeres, indígenas, adultos mayores o en condición de pobreza.
El congresista morenista, Max Correa, estimó que la ley beneficiará a aproximadamente 5 mil reclusos, con lo que se despresurizarán las cárceles mexiquenses que están sobrepobladas con más de 30 mil internos.
Con el voto en contra de la bancada del PAN, se avaló el dictamen que concederá el perdón a las personas que estén vinculadas a proceso o se les haya dictado sentencia por los delitos de aborto, robo simple y sin violencia cuando el monto de lo hurtado no supere 400 UMAs (Unidad de Medida y Actualización).
Además, contempla también a los acusados de robo con violencia que sean delincuentes primarios, no hayan causado la muerte o lesiones a las víctimas, ni se haya empleado un arma de fuego en su ejecución.
Cuando el monto de lo robado no exceda 90 UMAs o que pague el monto de la reparación del daño.
El robo de vehículo, mercancía, transporte público de pasajeros, transporte de carga, hurto a casa habitación, a escuelas e inmuebles destinados a actividades educativas, en cualquiera de sus modalidades y robo equiparado, fueron excluidos del beneficio de ley.
“No beneficiará a quienes sean reincidentes o habituales, y cuando se trate de delitos que atenten contra la vida, la libertad o la integridad personal porque se busca proteger a las víctimas y evitar revictimización como parte de una estrategia para fortalecer la seguridad y la justicia”, mencionó Max Correa.
La ley también incluye a las mujeres acusadas o sentenciadas por exceso de legítima defensa en la protección de su vida e integridad o la de sus descendientes.
Personas mayores de 65 años de edad que padezcan una enfermedad terminal o crónica degenerativa grave o hayan sido sentenciadas o acusadas por exceso de legítima defensa en la protección de su vida e integridad.
La Ley de Amnistía pretende beneficiar a los grupos más vulnerables y a las personas que han sido víctimas de violaciones a sus Derechos Humanos y a un indebido proceso judicial, expuso el legislador Max Correa Hernández.
“Con esta Ley establecemos las bases para decretar amnistía en favor de las personas contra quienes se haya judicializado alguna investigación, ejercitado o pudiere ejercitarse acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia ante los tribunales del Estado de México; para quienes hayan cometido algunos de los delitos establecidos en la presente ley y no se encuentren bajo los supuestos de excepción, así como establecer el procedimiento y las obligaciones de las autoridades a quienes corresponde su aplicación”, dijo.
Aquellos que hayan cometido delitos contra la salud en situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad por su condición de exclusión y discriminación, o hayan sido obligados por grupos de la delincuencia organizada, serán incluidos en el beneficio de ley.
Los indígenas que hayan sido encarcelados por defender legítimamente su tierra, recursos naturales, bosques o sus usos y costumbres también serán dejados en libertad.
“De igual forma, busca fomentar que personas sin antecedentes delictivos que cometieron delitos con bajas penalidades o que fueron forzados a cometerlos, puedan solicitar su liberación convirtiéndose así en una adecuada liberación consecuente con la racionalidad y la naturaleza que subyace en los Derechos Humanos”, dijo.
El Poder Judicial del Estado de México deberá llevar a cabo la amnistía cuando el interesado haga la solicitud y en un plazo no mayor a 30 días se emitirá el dictamen final.