Presidencia de la República pidió a la ministra presidenta, Norma Lucía Piña, no abordar este jueves la impugnación sobre la primera parte del “Plan B” electoral, cuyo proyecto plantea invalidar las reformas realizadas por la mayoría de Morena.
El argumento de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal es que el máximo tribunal debe definir primero una impugnación que está pendiente desde 2018, cuando se expidió la Ley General de Comunicación Social.
Esa ley, dice Presidencia, fue aprobada antes del inicio del proceso electoral federal 2017-2018 por las mayorías parlamentarias del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Acción Nacional (PAN), lo cual fue cuestionado por la entonces minoría en la Cámara de Senadores, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el partido Movimiento Ciudadano.
En ese momento se reclamó “que existieron vicios en el procedimiento legislativo y que algunas de sus disposiciones, según los accionantes, no son acordes con la Constitución federal”.
Las impugnaciones fueron admitidas, pero desde entonces no hay una sentencia sobre el tema, argumenta la Consejería Jurídica.
Hasta la fecha, la SCJN no ha dictado sentencia definitiva a pesar de que han transcurrido prácticamente cinco años desde su impugnación en 2018.
La Consejería Jurídica hizo un “respetuoso llamado a la SCJN para que resuelva los asuntos de su conocimiento sin consignas ni distingos políticos, por el bien de la República y el sano equilibrio entre los Poderes de la Unión”.
En particular, pide decidir antes las impugnaciones de 2018 para “evitar la emisión de sentencias contradictorias que violenten los principios de certeza y seguridad jurídica en perjuicio del pueblo de México”.
En comunicado, también reclamó que en 2018 el asunto fue admitido a trámite en la Corte sin suspender la ley, aunque en este paquete de reformas electorales sí se concedió la impugnación.
Este fue su argumento:
Al dar trámite a la acción de inconstitucionalidad 52/2018 y sus acumuladas 53/2018 y 55/2018, la SCJN consideró que la LGCS impugnada no tenía carácter electoral ni concedió la suspensión solicitada por estimar que era una norma general y abstracta; contrario a lo que ahora se resolvió en la diversa acción de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, relativa al decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, aprobadas en diciembre de 2022 (plan B).