Con lo aprobado por la SCJN, el Servicio de Administración Tributaria ya no puede dar a terceros datos personales de ciudadanos con firma electrónica avanzada
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la facultad del SAT para verificar la identidad de personas físicas.
Con ocho votos a favor se avaló la inconstitucionalidad presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) contra el párrafo tercero del artículo 17 F. Así se dio a conocer en un comunicado:
Como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en contra de diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, publicadas el 8 de diciembre de 2020, invalidó el artículo 17-F, tercer párrafo, de dicho ordenamiento, en la porción que establecía “así como el de la verificación de identidad de los usuarios
El artículo prevé, entre otros aspectos, que los particulares que determinen el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas y en la porción invalidada contemplaba “la verificación de identidad de los usuarios”.
“El Pleno consideró que el precepto vulneraba el derecho de autodeterminación informativa, relativo al uso de los datos personales, inclusive datos biométricos, pues facultaba al SAT dar a conocer a terceros, autoridades y particulares, información personal que permita la verificación de la identidad de los usuarios de la firma electrónica avanzada. Ello, sin mediar consentimiento de los titulares de esa información, ni condicionar su uso a la realización de fines legales legítimos, en detrimento de los derechos humanos a la intimidad, privacidad y protección de datos personales", mencionó la Corte.
¿Qué datos personales ya no puede dar a terceros el SAT?
Con lo aprobado por la SCJN, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya no puede dar a terceros datos personales de ciudadanos con firma electrónica avanzada.
Se anula la porción que permitía: “Particulares determinen el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos digitales, así como el de la verificación de identidad de los usuarios".