La SCJN informa a Lenia Batres que no puede reducir su salario ni inscribirse al ISSSTE

11 enero 2024
Noticias de Yucatán. 

Lenia Batres publicó este lunes la respuesta que el área de recursos humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le dio a su petición de reducir su salario y de inscribirse al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

En el primer caso, el documento señala que la Suprema Corte está obligada a destinar los recursos presupuestados y aprobados para las remuneraciones de sus integrantes.

“Por tanto, este Alto Tribunal, en apego a la normatividad en materia de servicios personales que lo rige, se ve precisado a realizar el pago de nómina conforme al tabulador vigente”, se lee en la respuesta.

Ante ello, la nueva ministra manifestó su inconformidad a través de su cuenta de X.

“Véasele (sic) por donde se le vea, no hay justificación para rebasar el monto constitucional”, escribió.

En el caso de su solicitud de inscripción al ISSSTE, se aclaró que no es jurídicamente posible considerar a los ministros como trabajadores del Poder Judicial, sino que más bien deben ser tratados en su carácter de patrón equiparado al ser los titulares de dicho órgano.

“Es por ello que, al no poder ser dados de alta ante el ISSSTE, las ministras y los ministros cuentan con un seguro de gastos médicos mayores con el propósito de garantizar que tengan acceso a servicios de salud”, se lee en el documento.

Al respecto, la ministra Batres dijo que tramitó su incorporación voluntaria al ISSSTE y la devolución directa del excedente de las remuneraciones en la Tesorería de la Federación.

Batres fue designada por el presidente Andrés Manuel López Obrador para ser ministra de la SCJN en sustitución al cargo que dejó Arturo Zaldívar, luego de que Morena no consiguió una mayoría calificada en el Senado de la República y fuera rechazada la segunda terna propuesta a los legisladores en la que se encontraban, además de Batres, Bertha María Alcalde Luján y María Eréndira Cruzvillegas.

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