Nuevo Instituto de Defensa Pública

08 febrero 2011
Noticias de Yucatán

(despilfarro, nueva dependencia, medida electorera)

8 febrero 2011
La estructura administrativa, la asistencia que prestará, las bases de licitación para la posibilidad de contratar defensores privados y que los defensores públicos tengan perfil profesional acreditable para que el servicio otorgado a los ciudadanos de escasos recursos sea de alta calidad son parte del Reglamento de la Ley del Instituto de Defensoría Pública.El Poder Ejecutivo determinó ampliar las funciones y los medios para atender con mayor agilidad, profesionalismo y eficacia a las personas que necesitan solucionar algún problema legal, pero no tienen recursos para pagar un abogado. Con la aprobación del Congreso del Estado se creará el Instituto de Defensa Pública del Estado de Yucatán, un órgano administrativo desconcentrado de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, con autonomía técnica y de gestión.


Tendrá mayores atribuciones y suficiente flexibilidad para cumplir sus objetivos; será responsable de la prestación del servicio de defensa pública, en sustitución de la Dirección de Defensoría Legal y entrará en funciones en marzo.

Su reglamento ya está disponible en la versión impresa y electrónica del Diario Oficial del Estado y entre las criterios para su ejecución establece la estructura administrativa básica del Instituto, la cual se integra de la siguiente manera: Defensor General y las unidades de Litigación y Asuntos Jurídicos; de Estudio, Investigación y Análisis; de Servicios Forenses y Trabajo Social y Administrativa;Se establecen los requisitos para ser Defesor General, Titular de Unidad, Jefe de Departamento, Defensores Públicos, Asesores Jurídicos, mediadores, analistas y demás personal técnico especializado del InstitutoEspecifica que prestará los servicios de Defensa Penal; Defensa especializada a los adolescentes sujetos a la Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Yucatán; asesoría jurídica en asuntos civiles, familiares, administrativos, mercantiles y de amparo.El reglamento, elaborado por la Subconsejería de Legislación y Normatividad de la Consejería Jurídica y conformado por 100 artículos, explica que no sólo se dotará al Instituto de Defensa Pública de los Defensores Públicos y Asesores Jurídicos, sino también de personal que funcionarán como Mediadores, Analistas, Peritos y Trabajadores Sociales, a fin de brindar un servicio integral.Se creará un Programa Anual de Capacitación dirigido a los anteriormente mencionados, encaminado a proporcionar los conocimientos necesarios a dichos servidores públicos para desempeñar debidamente sus funciones en beneficio de los ciudadanos.Implementar el Sistema de Licitaciones de la Defensa Penal Pública por el cual será posible contratar defensores privados, en caso de que el Instituto no cuente con Defensores Públicos para satisfacer la demanda del servicio, y con ello se garantizará a todos los solicitantes un servicio de defensa penal pública, real y efectiva también está contemplado en el reglamento.También se establece el Servicio Profesional de Carrera que regule la selección, ingreso, adscripción, permanencia, promoción, capacitación, estímulos y sanciones de los Defensores Públicos y Asesores Jurídicos.

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