Amparo a doble asesino

26 mayo 2012
Noticias de Yucatán ()

Un juez federal invalida pruebas tras un arraigo
Publicada: Sábado, 26 de mayo de 2012 3:00 am  |  Mérida  |  
En medios judiciales hay expectación por el amparo concedido a un doble homicida, pues un juez federal invalidó las pruebas obtenidas luego de un arraigo.
El arraigo, un recurso muy socorrido por la Fiscalía General del Estado en sus pesquisas, es ilegal en Yucatán, de acuerdo con reformas en la Constitución.
En la Carta Marga se asienta que el arraigo sólo procede en las entidades donde no se aplica el sistema oral en los juicios.
Para los otros Estados, donde se aplica el sistema oral, el arraigo sólo se permite para los casos de delincuencia organizada.
Desde noviembre, en Yucatán se aplica -aunque parcialmente- el sistema oral en las sedes de Valladolid y Umán.
Ya se juzgaron dos casos con este nuevo sistema.
Por lo tanto, Yucatán es una entidad donde se aplica este sistema.
La Constitución no hace la distinción de que la aplicación sea parcial o total.
El “stripper” Antonio Bautista Domínguez, alias “Brandon”, admitió de alguna manera haber ultimado a dos personas que lo atacaban en montes cercanos a Acanceh.
La Fiscalía General lo arraigó, luego lo detuvo previa orden que giró el Juzgado 7o. Penal.El acusado pidió amparo y el caso se turnó al Juzgado 4o. de Distrito, que hace unos días concedió el amparo con el argumento de que en Yucatán se aplica el sistema oral y, por lo tanto, no debió arraigarse a Bautista Domínguez.
Para conceder el amparo ese juzgado se basó en un criterio aplicado en San Luis Potosí donde se hizo valer el tratado de la Convención de Viena donde se obliga al Estado a aplicar todo lo que beneficie a una persona, como este caso.Por lo tanto, consideró que las pruebas obtenidas durante el arraigo no son válidas.El amparo fue concedido “liso y llano”, pero todavía no causa sus efectos legales: la liberación.Se espera que la Fiscalía General pida a la PGR que se revise el amparo.
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