Juez admite amparos de municipios contra “Plan B” electoral de López Obrador

14 febrero 2023
Noticias de Yucatán. 

El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México admitió a trámite un juicio de amparo promovido por la Asociación de Municipios de México (Ammac), en contra de la primera parte de la reforma electoral, conocida como “Plan B”, que aprobó una mayoría de Morena en el Congreso de la Unión a iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El juez Germán Cruz Silva ordenó iniciar el trámite del incidente de suspensión y fijó las 10:00 horas del 20 de febrero para la audiencia incidental. El juzgador negó la suspensión provisional solicitada por la Asociación de Municipios de México en contra de la reforma, hasta la celebración de la audiencia en la que decidirá si la concede o no.

El amparo promovido por la Ammac es contra de las reformas a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022.

La asociación consideró que la verificación, por parte de los gobiernos estatales, de los programas de comunicación social de los municipios, es transgresivo del artículo 134 de la Constitución en materia de propaganda gubernamental.

La esencia de las reformas a la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades a los Servidores Públicos, aprobadas por una mayoría de Morena y sus aliados legislativos, es que ningún funcionario puede ser sancionado por difundir propaganda gubernamental u opiniones.

Contra dichas reformas, partidos políticos de oposición como PAN, PRI, PRD, Movimiento Ciudadano, además del Instituto Nacional Electoral (INE), el gobierno de Coahuila y presidentes municipales, han promovido controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad por considerar que dichas modificaciones legales atentan contra la democracia.

El INE dijo que interpuso dicho recurso porque las reformas “crean condiciones que merman la autonomía del Instituto y su capacidad para ejercer las funciones que la Constitución le mandata, a la par que desequilibra el modelo de comunicación social y perjudica la equidad en la contienda”.

Destacó que la Constitución es clara en establecer que las personas servidoras públicas deben aplicar los recursos públicos con imparcialidad, sin influir en la equidad de la contienda, y que la propaganda gubernamental debe tener carácter y contenido institucional, sin incluir mensajes o imágenes que constituyan propaganda personalizada para posicionarse ante el electorado.

“Siendo que la reforma aprobada desconoce esas prohibiciones y permite que las autoridades puedan intervenir en la contienda, so pretexto de ejercer la libertad de expresión de quienes ostentan los cargos públicos, en franca contravención al derecho de la ciudadanía de recibir información por parte del gobierno, cierta y objetiva”, argumentó.


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