En medio de polémicas, controversias y acusaciones, la Suprema Corte de Justicia de la Nación debate hoy el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, que propone invalidar toda la primera parte de las reformas político-electorales (Ley General de Comunicación Social y Ley General de Responsabilidades Administrativas), pues asegura que hubo violaciones al procedimiento legislativo y que no hubo razones para argumentar el procedimiento “de urgencia” durante una sesión del 6 de diciembre de 2022.
Ayer, Presidencia acusó que al pretender normar las reformas aprobadas por el Congreso, la Corte estaría invadiendo facultades de otro poder.
La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) señaló que al negar su petición para resolver, en primer término, las demandas presentadas desde 2018 en contra de la Ley General de Comunicación Social (LGCS), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) demuestra que existen dos parámetros distintos: Uno para revisar las leyes del régimen neoliberal (en cinco años no se ha querido dictar sentencia) Y otro distinto para las normas que legítimamente expide la soberanía popular en busca de la trasformación que exige el Pueblo de México (se resolvería en tres meses), a pesar de que se trata de la misma norma impugnada.
Añadió que en el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, el ministro instructor propone anular la totalidad del decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, aprobadas por el Poder Legislativo en diciembre de 2022 (Plan B), al considerar que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo, lo cual es falso y de invalidarlo, sustituirá al Congreso de la Unión.
“De la lectura al proyecto se constata que el ministro ponente es omiso en dar cumplimiento al artículo 17 constitucional y 39 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la norma fundamental, pues no toma en cuenta los razonamientos expuestos por las autoridades demandadas, cuando es su obligación examinar en su conjunto los argumentos de todas las partes, a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada. De haberlo hecho, su proyecto se habría emitido en otro sentido”, agregó.
De acuerdo con el proyecto de resolución a la acción de inconstitucionalidad 29/2023 (y sus acumulados 30/2023, 31/2023, 37/2023, 38/2023, 43/2023 y 47/2023), presentado por el ministro Pérez Dayán y publicado por la Suprema Corte, la aprobación de la primera parte del Plan B violó los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Pérez Dayán busca “declarar la invalidez total del decreto impugnado” y se deberá realizar una notificación de los puntos resolutivos al Congreso de la Unión. Se necesita la votación de ocho de lo 11 ministros para anular la primera parte del Plan B.
Sólo en el caso de ser aprobado, el proyecto deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), así como en el Semanario Judicial de la Federación y su gaceta. La segunda parte del Plan B también se encuentra en la mira de la Corte y el mnistro Laynez Potisek es el encargado de dar trámite a las acciones de inconstitucionalidad y controversias.