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Próximos cambios al “corazón de las reformas en seguridad”

08 junio 2010
Noticias de Yucatán
(iniciativas, ley código de procedimientos penales, flojos, incumplimiento)

En breve se enviará la “prueba de fuego” de nuevos diputados
08/06/2010

El próximo mes se enviará al Congreso del Estado la iniciativa de reformas al Código de Procedimientos Penales, que será “el corazón de toda la reforma constitucional en seguridad y justicia”, indica el abogado Gabriel Zapata Bello.

El profesional, secretario ejecutivo de la Comisión de seguimiento y evaluación del desarrollo de las reformas constitucionales en materia penal y de seguridad, señala que entre esas modificaciones está crear nuevos jueces, prisiones extramuros, juicios orales y “otros cambios trascendentes”.

Esta iniciativa, añade, será la primera prueba de fuego para los nuevos diputados locales.

En entrevista en las oficinas de dicha Comisión, recuerda que el 8 de abril el Congreso del Estado aprobó “las últimas e históricas reformas constitucionales en justicia y lo penal”, con cambios importantes que incluirá modificaciones a 17 leyes secundarias, algunas de las cuales tienen que hacerse este año.

Entre las primeras están modificaciones al Código de Procedimientos Penales, con trabajos ya avanzados que el próximo mes se turnarían al Congreso del Estado.

Para reformar este código, explica, se tomó como base el Código Modelo de la Comisión Nacional de Tribunales.

Los principales cambios consisten en la oralidad en los juicios, la inmediación y el requisito de que en el proceso contra alguna persona debe estar presente un juez, pues de lo contrario no será valida la diligencia.

En la figura procesal habrá tres tipos de jueces. El primero será el de control, que vigilará la legalidad, desde la detención del sujeto hasta su vinculación (ahora se maneja consignación), en caso de no existir un arreglo con la otra parte ya sea por mediación o reparación del daño.

Si no se soluciona el caso con el juez de control, se procederá a vincularlo a un juez para hacerle un juicio oral.

Este procedimiento en Oaxaca se hace con un órgano colegiado (de tres jueces) y en Chihuahua es unitario. Lo más probable es que en Yucatán sea también sólo un juez en esta segunda fase.

Zapata Bello aclara que hacer un juicio oral no significa, como en Estados Unidos, que será ante un jurado, sino ante un juez, el de vinculación, que dictará la sentencia del acusado.

Entonces entra el tercer juez, el de ejecución de sentencia, que vendrá a sustituir la función del director de readaptación social.

Otro cambio es que se propicia la sustitución de prisión por castigos extramuros, cumplimiento de condenas en casa o con trabajos comunitarios.

Se incorpora el juicio abreviado, donde a quien confiese su culpa se le impone sólo un tercio de la sanción mínima corporal, siempre y cuando no se trate de delitos graves.

Se rompe el monopolio del Ministerio Público para consignar expedientes.

De manera particular directamente el afectado puede acudir al juez de vinculación, sin pasar por la fiscalía.

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