El decreto, acto legalmente válido

16 enero 2011
Noticias de Yucatán

(amparo, tenencia, abogados)

16 enero 2011
La verdad legal está en los tribunales federales, señalan
Escasa afluencia a los módulos del pago de la tenencia en el Siglo XXI
Escasa afluencia a los módulos del pago de la tenencia en el Siglo XXI Ver fotos(1)

El Colegio de Abogados de Yucatán afirma que el decreto 367 que exenta del pago de la tenencia a un sector de las personas físicas está fundado y motivado y es un acto de autoridad jurídicamente válido.

Sin embargo, advierte que es legal "mientras no exista resolución de autoridad competente que declare su nulidad y/o haga cesar sus efectos".

En un comunicado, firmado por Absalón Alvarez Escalante, presidente de ese organismo -a quien el Diario le solicitó el punto de vista del Colegio sobre el polémico tema-, los abogados dicen que el Ejecutivo sí está facultado para "liberar de pago un tributo" con base en la fracción I del artículo 59 del Código Fiscal del Estado, "siempre y cuando no implique la eliminación total y definitiva de un tributo, por ser esta última facultad del Poder Legislativo".

En su análisis, el cuerpo colegiado centra el asunto en la interpretación y valoración sobre ese precepto del Código Fiscal invocado por el Ejecutivo para sustentar el decreto, pues es discutible ¿qué se debe entender por "impedir la afectación de la situación de algún lugar o región del Estado, o la realización de una actividad?" o si "¿la activación de la economía, del mercado interno y la creación de empleos deben considerarse causa suficiente para ejercer la facultad conferida a la norma?".

El Colegio admite que hay "múltiples visiones y criterios" sobre la interpretación de una norma y la valoración del acto de aplicación, lo que da pie a opiniones diferentes.

"Sin embargo, la única interpretación y el único criterio, que constituyen la verdad legal, corresponde a los tribunales de la Federación, como disponen los artículos 103, 105 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".

Los abogados dicen que los afectados pueden ampararse y exhortan "a no incentivar las confrontaciones sociales y a respetar el orden jurídico constitucional".


16 enero 2011
"El decreto 367 sí es legal"
El Colegio de Abogados admite, sin embargo, que hay múltiples criterios
El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Yucatán afirma que el decreto 367 relativo al pago de la tenencia es un acto jurídicamente válido, siempre y cuando no exista una resolución de los tribunales federales que lo anule y lo deje sin efectos.


Firmado por su presidente, Absalón Alvarez Escalante, el cuerpo colegiado dice que el decreto está fundado y motivado, pero advierte que desde el punto de vista jurídico "la facultad derivada de la norma y el acto de autoridad pueden ser interpretados y valorados desde múltiples visiones y criterios".

"Sin embargo, la única interpretación y el único criterio que constituyen la verdad legal corresponden a los tribunales de la Federación, como disponen los artículos 103, 105 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", subraya el Colegio de Abogados.

El análisis, realizado a solicitud del Diario, pero que fue remitido a otros medios de comunicación, indica que los excluidos de la exención de la tenencia pueden ampararse y serán los tribunales federales los que dirán la última palabra sobre su legalidad, equidad, proporcionalidad y, por ende, su constitucionalidad o inconstitucionalidad.

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