Noticias de Yucatán
(imposición, reglamento de vialidad, seguros)
(imposición, reglamento de vialidad, seguros)
Hay que tramitar el holograma que acredita el seguro
Publicada: 13 febrero 2012
Publicada: 13 febrero 2012
La nueva ley de vialidad del estado obliga al uso del cinturón de seguridad, entre otras nuevas disposiciones que deben acatarse para no ser sujeto de una multa. En la imagen, dos menores cumpliendo el reglamento (2)
La Ley de Tránsito y Vialidad de Yucatán y su reglamento establecen por primera vez que los vehículos que circulen en el Estado cuenten con una póliza vigente que ampare al menos la responsabilidad civil de daños a favor de terceros en su integridad física o salud y bienes.
Para acreditar el cumplimiento de este requisito, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) expedirá los hologramas respectivos, que deben fijarse en el extremo izquierdo del cristal posterior del vehículo.
Para obtener el holograma que acredita la póliza de seguro, indica el artículo 105 del reglamento de tránsito, se deben cumplir los siguientes requisitos: presentar original y copia de la tarjeta de circulación y presentar original y copia del contrato de seguro vigente con la empresa de seguros y fianzas respectiva.
La renovación del holograma del seguro contra daños a terceros se realizará de manera anual. Para su expedición deberán cubrirse todas las multas, recargos y actualizaciones pendientes por pagar.
El reglamento establece que los agentes deberán impedir la circulación de los vehículos y remitirlos al corralón cuando el automóvil carezca del holograma del seguro contra daños a terceros.
A la mano
El ordenamiento estatal también establece que invariablemente deberá portarse en el vehículo la póliza de seguro, conservada en buen estado.
Cuando haya cometido alguna infracción a la Ley de Vialidad o a su reglamento, o en su defecto haya participado en un hecho o accidente de tránsito, el conductor tendrá la obligación de entregar la póliza a los agentes.
El Reglamento de Vialidad del Estado, en su artículo 425, indica que cuando el valor o la póliza de seguro del vehículo del presunto responsable de un accidente de tránsito no garantice los daños ocasionados, se remitirá al conductor probable responsable ante el Ministerio Público.
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Para acreditar el cumplimiento de este requisito, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) expedirá los hologramas respectivos, que deben fijarse en el extremo izquierdo del cristal posterior del vehículo.
Para obtener el holograma que acredita la póliza de seguro, indica el artículo 105 del reglamento de tránsito, se deben cumplir los siguientes requisitos: presentar original y copia de la tarjeta de circulación y presentar original y copia del contrato de seguro vigente con la empresa de seguros y fianzas respectiva.
La renovación del holograma del seguro contra daños a terceros se realizará de manera anual. Para su expedición deberán cubrirse todas las multas, recargos y actualizaciones pendientes por pagar.
El reglamento establece que los agentes deberán impedir la circulación de los vehículos y remitirlos al corralón cuando el automóvil carezca del holograma del seguro contra daños a terceros.
A la mano
El ordenamiento estatal también establece que invariablemente deberá portarse en el vehículo la póliza de seguro, conservada en buen estado.
Cuando haya cometido alguna infracción a la Ley de Vialidad o a su reglamento, o en su defecto haya participado en un hecho o accidente de tránsito, el conductor tendrá la obligación de entregar la póliza a los agentes.
El Reglamento de Vialidad del Estado, en su artículo 425, indica que cuando el valor o la póliza de seguro del vehículo del presunto responsable de un accidente de tránsito no garantice los daños ocasionados, se remitirá al conductor probable responsable ante el Ministerio Público.
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Seguros para todos
A pesar de tener una póliza pueden surgir problemas
Publicada: 13 febrero 2012
A pesar de tener una póliza pueden surgir problemas
Publicada: 13 febrero 2012
Los automóviles y las motocicletas tienen que estar asegurados al menos contra daños a terceros, de acuerdo con la Ley de Vialidad del Estado (1)
Con precios que van desde $250 hasta más de $30,000, aseguradoras e instituciones financieras se disputan un mercado de 570,000 vehículos, camionetas y motocicletas que deben asegurarse en Yucatán.
De acuerdo con las nuevas disposiciones legales, los guiadores que cometan una infracción y no acrediten el seguro de daños a terceros serán multados con $1,066. En caso de una segunda multa por este mismo motivo se le podrá retirar el vehículo. Se calcula que alrededor de 150,000 automotores no han sido asegurados aún en Yucatán.
En el mercado se ofrecen seguros a bajo costo, que amparan daños por determinada cantidad. En caso de que en un accidente se exceda la suma asegurada, el guiador tendrá que desembolsar el saldo para cubrir los daños al vehículo de un tercero o su recuperación médica.
Por ejemplo, algunas empresas ofrecen seguros que amparan daños a terceros hasta por $250,000. En caso de que los daños por el accidente rebasen ese monto, el conductor tendrá que cubrir la diferencia. Si no cuenta con recursos, acabará en la cárcel.
En el caso de la póliza contra daños a terceros, el precio oficial de un producto tradicional fluctúa ente los $1,600 y los $1,900 anuales, con cobertura de daños superiores a los $500,000.
En cambio, la póliza del seguro económico puede costar entre $698 y $1,200, pero sólo ampara daños por $150,000, $200,000 ó $250,000.
Agentes de seguros recomiendan contratar una póliza que ampare daños superiores a los $500,000, ya que hay vehículos muy caros cuyo precio en el mercado supera en mucho esa cantidad.
En una institución financiera ofrecen seguros a $1,300 que cubren daños a terceros hasta por $750,000. Sin embargo, en el Auto Club Yucatán venden seguros por daños a terceros en sus bienes y personas a un precio de poco más de $700 con una cobertura de $1 millón, que incluye gastos médicos de los lesionados, asesoría jurídica y gastos legales.
En otros casos el precio de la póliza es de $698 y ampara sólo $250,000 en bienes materiales y de las personas. También hay seguros a un costo de $976 que protegen por daños hasta por $250,000, más la defensa legal y la fianza.
En los casos de cobertura amplia, la póliza puede llegar a costar hasta $30,000, en el caso de un Jaguar, y protege contra daños materiales, robo total, responsabilidad civil hasta por $750,000, gastos médicos de los ocupantes (150,000 por evento) y asistencia jurídica y vehicular.
En algunos comercios se venden seguros a $250, con validez de un mes. Son tarjetas que traen un código y un número telefónico al que se debe marcar para proporcionar los datos personales del comprador. La cobertura se inicia a las 12 horas del día siguiente al de su activación y ampara daños a terceros hasta por $500,000. En caso de siniestro se dispone de un número de teléfono para reportarlo.
En relación con los seguros para motocicletas, su costo va de los $698 a $976, y cubre daños a terceros por $250,000. Los de cobertura amplia pueden llegar a costar de $4,000 a $10,000 anuales. Todo depende del modelo y marca de la motocicleta.
Ante las versiones de que sólo en Seguros Ana se pueden asegurar motocicletas, ejecutivos de esa empresa las desmintieron. Hay otras que ofrecen esa protección.
De acuerdo con las nuevas disposiciones legales, los guiadores que cometan una infracción y no acrediten el seguro de daños a terceros serán multados con $1,066. En caso de una segunda multa por este mismo motivo se le podrá retirar el vehículo. Se calcula que alrededor de 150,000 automotores no han sido asegurados aún en Yucatán.
En el mercado se ofrecen seguros a bajo costo, que amparan daños por determinada cantidad. En caso de que en un accidente se exceda la suma asegurada, el guiador tendrá que desembolsar el saldo para cubrir los daños al vehículo de un tercero o su recuperación médica.
Por ejemplo, algunas empresas ofrecen seguros que amparan daños a terceros hasta por $250,000. En caso de que los daños por el accidente rebasen ese monto, el conductor tendrá que cubrir la diferencia. Si no cuenta con recursos, acabará en la cárcel.
En el caso de la póliza contra daños a terceros, el precio oficial de un producto tradicional fluctúa ente los $1,600 y los $1,900 anuales, con cobertura de daños superiores a los $500,000.
En cambio, la póliza del seguro económico puede costar entre $698 y $1,200, pero sólo ampara daños por $150,000, $200,000 ó $250,000.
Agentes de seguros recomiendan contratar una póliza que ampare daños superiores a los $500,000, ya que hay vehículos muy caros cuyo precio en el mercado supera en mucho esa cantidad.
En una institución financiera ofrecen seguros a $1,300 que cubren daños a terceros hasta por $750,000. Sin embargo, en el Auto Club Yucatán venden seguros por daños a terceros en sus bienes y personas a un precio de poco más de $700 con una cobertura de $1 millón, que incluye gastos médicos de los lesionados, asesoría jurídica y gastos legales.
En otros casos el precio de la póliza es de $698 y ampara sólo $250,000 en bienes materiales y de las personas. También hay seguros a un costo de $976 que protegen por daños hasta por $250,000, más la defensa legal y la fianza.
En los casos de cobertura amplia, la póliza puede llegar a costar hasta $30,000, en el caso de un Jaguar, y protege contra daños materiales, robo total, responsabilidad civil hasta por $750,000, gastos médicos de los ocupantes (150,000 por evento) y asistencia jurídica y vehicular.
En algunos comercios se venden seguros a $250, con validez de un mes. Son tarjetas que traen un código y un número telefónico al que se debe marcar para proporcionar los datos personales del comprador. La cobertura se inicia a las 12 horas del día siguiente al de su activación y ampara daños a terceros hasta por $500,000. En caso de siniestro se dispone de un número de teléfono para reportarlo.
En relación con los seguros para motocicletas, su costo va de los $698 a $976, y cubre daños a terceros por $250,000. Los de cobertura amplia pueden llegar a costar de $4,000 a $10,000 anuales. Todo depende del modelo y marca de la motocicleta.
Ante las versiones de que sólo en Seguros Ana se pueden asegurar motocicletas, ejecutivos de esa empresa las desmintieron. Hay otras que ofrecen esa protección.
A leer la póliza
Hay que fijarse de que la aseguradora tenga oficina local
Publicada: 13 febrero 2012
Hay que fijarse de que la aseguradora tenga oficina local
Publicada: 13 febrero 2012
Lenisse Sánchez Peniche, delegada de la Comisión para la Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros, da consejos sobre los seguros (1)
Lenisse Sánchez Peniche, delegada en Yucatán de la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) aconseja comparar precios de las aseguradoras, leer bien la póliza y pedir el comprobante de pago.
En ocasiones, indica la funcionaria federal, el pago de la prima es reducido, pero cuando los conductores tienen un percance se dan cuenta que el deducible es muy alto.
"Hay que fijarse en el costo de la prima y el deducible que se tendría que pagar. Por eso recomendamos leer bien la póliza", afirma.
Sobre las aseguradoras patito, Lenisse Sánchez recomienda a los usuarios verificar que las empresas del ramo cuenten con oficinas en esta ciudad, pues podrían darse casos de que al momento del percance no haya alguien que oriente y atienda al usuario.
También se debe verificar que la compañía aseguradora esté inscrita en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros.
Para hacer reclamaciones por el servicio que dan las aseguradoras se puede acudir a la delegación de la Condusef. La Profeco, según informó el encargado de la delegación, Jorge Martínez Escalante, no atiende quejas de esa índole.
De acuerdo con información de la Condusef, hay riesgos que no se encuentran cubiertos en el seguro contratado. Por eso es muy importante revisar la póliza para verificar cuáles son las situaciones en las que la compañía de seguros no pagará los daños.
Dentro de las causas de no pago más comunes están: cuando el conductor no tiene licencia o permiso de conducir, si esta situación influye directamente en la realización del accidente o riesgo; por rotura, descompostura mecánica o falta de resistencia de pieza, a menos que éstas sean causadas por los riesgos que sí están cubiertos por la póliza; pérdidas o daños a la parte baja del vehículo por transitar fuera de caminos o en caminos en mal estado; si el conductor se encuentra en estado de ebriedad o bajo la influencia de las drogas, cuando éstas situaciones influyan directamente en el accidente que ha causado el daño.
Los riesgos que están amparados se encuentran descritos en la póliza que entrega la aseguradora al beneficiario. Ahí se especifican los bienes que están protegidos por el seguro, los riesgos cubiertos y las sumas aseguradas para dichos bienes.
Asimismo, se estipulan los bienes que no están cubiertos y los riesgos adicionales que pueden estar sujetos a cobertura adicional si así se desea, pero éstos deberán ser especificados al momento de contratar el seguro
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En ocasiones, indica la funcionaria federal, el pago de la prima es reducido, pero cuando los conductores tienen un percance se dan cuenta que el deducible es muy alto.
"Hay que fijarse en el costo de la prima y el deducible que se tendría que pagar. Por eso recomendamos leer bien la póliza", afirma.
Sobre las aseguradoras patito, Lenisse Sánchez recomienda a los usuarios verificar que las empresas del ramo cuenten con oficinas en esta ciudad, pues podrían darse casos de que al momento del percance no haya alguien que oriente y atienda al usuario.
También se debe verificar que la compañía aseguradora esté inscrita en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros.
Para hacer reclamaciones por el servicio que dan las aseguradoras se puede acudir a la delegación de la Condusef. La Profeco, según informó el encargado de la delegación, Jorge Martínez Escalante, no atiende quejas de esa índole.
De acuerdo con información de la Condusef, hay riesgos que no se encuentran cubiertos en el seguro contratado. Por eso es muy importante revisar la póliza para verificar cuáles son las situaciones en las que la compañía de seguros no pagará los daños.
Dentro de las causas de no pago más comunes están: cuando el conductor no tiene licencia o permiso de conducir, si esta situación influye directamente en la realización del accidente o riesgo; por rotura, descompostura mecánica o falta de resistencia de pieza, a menos que éstas sean causadas por los riesgos que sí están cubiertos por la póliza; pérdidas o daños a la parte baja del vehículo por transitar fuera de caminos o en caminos en mal estado; si el conductor se encuentra en estado de ebriedad o bajo la influencia de las drogas, cuando éstas situaciones influyan directamente en el accidente que ha causado el daño.
Los riesgos que están amparados se encuentran descritos en la póliza que entrega la aseguradora al beneficiario. Ahí se especifican los bienes que están protegidos por el seguro, los riesgos cubiertos y las sumas aseguradas para dichos bienes.
Asimismo, se estipulan los bienes que no están cubiertos y los riesgos adicionales que pueden estar sujetos a cobertura adicional si así se desea, pero éstos deberán ser especificados al momento de contratar el seguro
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