Sentencia condenatoria a acusado de violar a menor en Umán

25 junio 2016
El Tribunal Primero de Enjuiciamiento emitió fallo condenatorio a una persona por el delito de violación equiparada en una audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Umán.

El Tribunal está conformado por los jueces Fabiola Rodríguez Zurita, Nidia Guadalupe Celis Fuentes y Niger Desiderio Pool Cab, fungiendo como presidenta la primera de los nombrados y como relatora la segunda, presenciaron de viva voz los testimonios de las personas que los fiscales y la defensa ofertaron para comprobar su teoría del caso, así como los alegatos de cada una de las partes, incluyendo los de la asesora jurídica quien asistió a la víctima durante todo el juicio.

En la audiencia del día de hoy el Tribunal comunicó el fallo, en él se estableció que se acreditó el delito de violación equiparada con las pruebas desahogadas en el juicio así como también quedó acreditada la culpabilidad del acusado en su comisión.

Para esta determinación, el Tribunal escuchó el testimonio de la víctima menor de edad, asistido de una psicóloga, en el que señaló al acusado como su agresor, además, su declaración fue robustecido con el testimonio de la denunciantes a cuál estimó como una prueba  idónea, pertinente y suficiente.

También tomó en consideración el testimonio del perito médico forense quien refirió que el menor presentó datos de penetración reciente, la cual fue tomada como una prueba pertinente y suficiente, aun cuando la defensa presentó a un doctor proctólogo  en la cual refirió que el perito médico, ofrecido por la Fiscalía, debió de utilizar un instrumento idóneo para su estudio, sin embargo no fue tomado en cuenta dado a que si le realizaban ese estudio al introducirle ese instrumento al menor de edad era contrario al protocolo porque se revictimizaría al menor.

De la misma manera fueron valorados los testimonios de los peritos ofertados por los fiscales, aunque la defensa ofreció testigos para desacreditar los testimonios de dichos peritos, estos no lograron su objetivo, debido a que durante el interrogatorio los testigos refirieron que se basaron en los dictámenes de la carpeta de investigación y no valoraron al menor directamente.

En consecuencia, Tribunal tuvo más allá de toda duda razonable y la convicción con las pruebas desahogadas en el juicio que el acusado fue quien cometió el delito de violación equiparada el día 15 de octubre de 2015, cuando le impuso la cópula a un menor de edad, en un predio del municipio de Umán, Yucatán, aprovechándose de la confianza que el menor le tenía.

Por último, la presidenta del Tribunal citó a las partes para la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño que se celebrará el lunes 27 de junio a las 09:00 horas en este mismo recinto judicial.
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