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Ciudad de México. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló los artículos del Sistema Nacional Anticorrupción referentes a la atribución que tiene el Comité Coordinador del Sistema de Seguridad Pública para elaborar los formatos de declaración patrimonial y de interés de los funcionarios públicos a propuesta del Comité de Participación Ciudadana.
Con votación de seis votos a cuatro, los ministros avalaron el proyecto de José Ramón Cossío, el cual también estableció el criterio de que si bien dichas declaraciones deben ser públicas, debe prevalecer la protección de datos personales y con ello, la seguridad de los servidores públicos por encima del principio de máxima publicidad.
Al resolver la acción de la inconstitucionalidad que presentaron diputados de minoría en contra de diversos artículos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como del artículo tercero transitorio, párrafo sexto del Decreto de Expedición del Sistema Nacional Anticorrupción y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, los ministros se pronunciaron a favor de consolidar el sistema anticorrupción con base en el apoyo ciudadano.
La mayoría consideró que si bien la ley en la materia no precisa las atribuciones del comité coordinador dada la elaboración de los formatos, eso no lo hace inconstitucional, además de que declarar ilegítimo el artículo impugnado pondría en riesgo la viabilidad del propio sistema anticorrupción.