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Tras las diversas reuniones sostenidas desde hace ya casi un año entre vecinos inconformes por el ruido que emiten algunos establecimientos del Centro Histórico, dueños de estos locales y vecinos de la zona, recientemente la redacción de La Jornada Maya recibió el Comunicado de la Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Mérida, fechado el dos de febrero del año en curso y firmado por Aref Karam Espósito, director de la dependencia, donde se mencionan algunos puntos importantes sobre la problemática.
En primer lugar, señala que desde octubre del año pasado entró en vigor el Programa Municipal de Desarrollo Urbano mediante el cual se “clasifica a los giros de acuerdo a su impacto”, y que los relacionados con la venta de bebidas alcohólicas para consumo en el sitio son clasificados como “de alto impacto”, tras lo cual “solo pueden ubicarse en vialidades clasificadas para tal efecto, además de que no podrán colindar con casa habitación en uso”.
Más adelante, refiere que desde el ocho de enero de este año entró en vigor el nuevo Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida, mediante el cual, en su artículo 29, establece la “obligatoriedad de estudios de insonorización y mitigación de emisiones de ruido para los giros que por su naturaleza sean emisores de sonido”.
El asunto que ahora llama la atención es el anuncio de que, en plazo no mayor a tres meses se ajustarán las normativas para aminorar el problema del ruido, por lo que actualizarán los artículos 129 al 136 del Reglamento de Protección al Ambiente y del Equilibrio Ecológico del Municipio de Mérida, “a fin de que se especifique que la Dirección de Desarrollo Urbano es competente para evaluar y sancionar en la materia como parte de la verificación de las restricciones contenidas en las Licencias de Uso de Suelo respectivas y que estará facultada para sancionar usos de suelo cuyas emisiones sonoras rebasen los límites permitidos. Adicionalmente se incorporará un apartado en el que se especifique la cuantía de las sanciones a imponer por este rubro”.
Añade que actualmente el artículo 49 del reglamento indicado estipula que "el nivel de emisión de ruido máximo permisible para fuentes fijas es de 68 decibeles de las 06:00 a las 22:00 horas y de 65 decibeles de las 22:00 horas a las 06:00 horas", y que “dada la complejidad de la medición señalada en la NOM-081-ECOL-1994, a la que la normativa hace referencia, la determinación de los niveles de la fuente emisora son difíciles de dictaminar y de práctica imposibilidad en el momento del sitio y la visita”.
Puntualiza que “estas disposiciones estarán diseñadas y avaladas por expertos y se enfocarán en las disposiciones físicas y de instalaciones de infraestructura que garanticen los niveles permitidos en las normas, así como las consideradas como saludables para el hábitat humano.”
Respuesta de los afectados
Por su parte, los habitantes del Centro Histórico dieron a conocer, en exclusiva a este periódico, la Respuesta al Comunicado de la Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Mérida en el que agradecen la preocupación de las autoridades, pero también señalan “severas dudas sobre su cumplimiento”.
Uno de los cuestionamientos de los inconformes es sobre la iniciativa de restringir la ubicación de los establecimientos que emiten ruido a vialidades específicas y que no colinden con casas habitación en uso, pues se preguntan: “¿Qué sucederá con los centros que ya existen?, ¿serán corregidos por la Dirección que usted preside o estarán amparados porque fueron abiertos a partir de otra reglamentación (si es que ésta existió)?, ¿les habrá que corregir su contaminación sonora?”.
Profundizan y exigen que “este nuevo reglamento tiene que definir a que se le llama colindancia”, ya que, señalan, que vecinos no colindantes a los centros nocturnos también sufren las consecuencias del ruido.
Más allá, se cuestionan sobre si los bares que ya existen y emiten ruido seguirán funcionando sin restricción porque fueron autorizados por otro reglamento.
Por otro lado, demandan que se aclare quiénes serán los responsables de estos estudios, cuánto tiempo les tomará realizarlos, bajo qué bases jurídicas se asentarán y quiénes verificarán los parámetros y la normatividad.
Agregan que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó el tres de diciembre de 2013, en El Diario Oficial de la Federación, un acuerdo que modifica la Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994, por la que establecen los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.
Allí se establece que los límites permisibles para zonas residenciales es de 50 decibeles entre las 22:00 y las 6:00 horas, mientras que el límite para ceremonias, festivales y eventos de entretenimiento es de 100 decibeles por un periodo máximo de 4 horas.
Urgen los inconformes para que la autoridad competente controle el ruido mientras se hace el estudio y se logra la legislación ya que, indican, “estamos seguros que todo esto llevará un tiempo sí mayor a tres meses”.
La misiva es enfática en señalar las molestias, “no es retórica, señor Karam, simplemente que los vecinos del centro histórico ya estamos hartos de padecer el ruido y decepcionados de no recibir soluciones concretas. Esta no es la primera carta que enviamos a las autoridades municipales, ni la reunión del lunes 29 de enero del 2018 fue la primera”, y continúan señalando que no quieren promesas y esperan una intervención rápida y eficaz.
Finalmente, advierten que no desistirán en sus demandas, y que de no ser escuchadas tienen planeadas otras formas de protesta. La Jornada Maya