El gobernador del estado, Alejandro Murat Hinojosa aseveró
este martes que su administración y principalmente, la Secretaría de Salud del
estado están listos y con la capacidad suficiente para atender a las mujeres
que deseen hacer uso de sus derechos, esto luego de que el pasado 24 de octubre
se publicara en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca las reformas al
Código Civil estatal que despenaliza la interrupción temprana del embarazo
hasta la semana 12.
El mandatario refirió que las diversas instancias de salud
están siempre listas para atender a quien lo requiera, independientemente de
las necesidades de la población, por lo que estos casos no serán la excepción,
sin embargo indicó que se le ha informado que grupos inconformes han promovido
una serie de recursos de inconstitucionalidad en contra de las modificaciones
al Código Civil.
Por lo tanto, aún cuando este ya haya sido publicado y entre
en vigor, hay que estar atentos a las determinaciones que los tribunales tomen
al respecto, en su caso dijo, se escucho al pueblo oaxaqueño por parte de los
diputados que son los representantes populares y aceptaron las reformas.
Murat Hinojosa añadió que si bien se aprobaron el pasado 25
de septiembre las modificaciones al Código Civil para el Estado de Oaxaca,
estas sin leyes secundarias por los que aún se requiere una reforma
constitucional para poder avalar en su totalidad la irrupción temprana del
embarazo.
Las reformas al Código Civil del estado fueron publicadas
desde el pasado 24 de octubre, sin embargo esto se dio a conocer el pasado 28
de octubre, con lo que la interrupción temprana del embarazo en Oaxaca hasta la
décimo segunda semana de gestación podrá llevarse a cabo en las unidades
médicas estatales.
La reforma al código civil contempla que toda mujer puede
acceder a un aborto hasta la décimo segunda semana de gestación, pasando este
período de tiempo quien se practique una interrupción del embarazo podría
alcanzar penas de 3 a 6 meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo
comunitario.
También estipula que aquella persona que obligue a realizar
un aborto podrá ser condenada de 3 a 6 años de prisión, sin embargo si hay
agravantes como la violencia “física o moral” se podrán imponer penas de hasta
10 años de prisión, según lo considere el juez de la causa.
Fuente: La Jornada