El 15 de diciembre, diputados determinarán aprobación del uso lúdico de la mariguana

20 noviembre 2020
Noticias de Yucatán. 

México.- Este jueves, con 82 votos a favor y 7 abstenciones, el Senado de la República, aprobó el dictamen para despenalizar el uso lúdico o “adulto” de la marihuana y ahora sólo se espera al 15 de diciembre para conocer si pasa este dictamen en la Cámara de Diputados.

Con esta aprobación, las personas mayores de 18 años en México, podrán cargar hasta 28 gramos de la marihuana, es decir una cajetilla de 28 cigarrillos, y tener de 6 a 8 plantas de marihuana en sus casas, sin terminar en la cárcel.

“Queda permitido a personas mayores de dieciocho años consumir cannabis psicoactivo”, señala el documento que finalmente pasó ayer, en una discusión que se extendió por más de cinco horas.

¿Qué aprobó el Senado respecto a la Marihuana?

En términos sencillos, el dictamen que se aprobó esta tarde amplía de 5 a 28 gramos la posesión para autoconsumo, es decir despenalizada y que no amerita sanción; de entre 28 y 200 gramos, se convierte en posesión simple y amerita sanciones administrativas o multas; de 201 gramos a 28 kilos, se le considera posesión para narcomenudeo y de 28 kilos en adelante, se considerará narcotráfico.

“Es muy importante que la gente sepa que la posesión simple es tener conmigo el producto para mi consumo, si lo tengo conmigo y lo vendo es sancionado”, explicó Miguel Ángel Mancera (PRD), quien votó a favor del dictamen.

Dado que ya existe un ordenamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que mandató al Congreso de la Unión para legislar sobre la materia antes del 15 de diciembre, la aplicación de la despenalización de la marihuana será inmediata.

Es decir, las autoridades de las entidades tendrán que actualizarse y que los policías no podrán multar, detener o sancionar a una persona que sea detenida en posesión de hasta 28 gramos de marihuana.

También se amplía la cantidad de plantas de Marihuana que las personas pueden tener en su casa, para su consumo personal: seis para personas que vivan solas y hasta ocho si viven más de dos consumidores en una misma casa.

¿Qué se prohíbe?

Se prohíbe consumir marihuana en establecimientos comerciales con acceso público, en escuelas públicas y privadas e instalaciones gubernamentales, y en todos los lugares donde también se prohiba el consumo de tabaco.


Habrá sanciones a quienes consuman en lugares abiertos a donde puedan acceder niños y adolescentes, inclusive si son espacios abiertos.

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