Noticias de Yucatán
MÉXICO (AP y EFE).— La Suprema Corte de Justicia de la Nación abrió ayer la puerta para permitir el uso recreativo de la mariguana en la República Mexicana.
Una sala del máximo tribunal resolvió por cuatro votos a favor y uno en contra un amparo en el que consideró que es legal el cultivo, la cosecha y el consumo de mariguana para fines personales y recreativos.
El fallo favorece sólo al grupo de cuatro personas que solicitó el amparo y para que pueda generalizarse en el país deben resolverse en el mismo sentido un total de cinco recursos.
El proyecto aprobado consideró que prohibir el consumo personal de mariguana con fines lúdicos es contrario “al libre desarrollo de la personalidad”.
La resolución implica que las cuatro personas amparadas podrán obtener un permiso de la autoridad para cosechar, procesar y consumir la planta. Sin embargo, no están autorizadas para comercializarla.
“No se ha dicho en modo alguno que la mariguana sea inocua. Es una droga, como tal causa daño”, dijo el ministro Arturo Zaldívar, autor del proyecto que fue aprobado por mayoría.
“Lo que se sostiene es que la medida extrema de prohibirla es desproporcional”, añadió el juzgador.
En el pasado la oposición promovió algunas iniciativas de ley para avanzar en la legalización de la mariguana, pero ninguna avanzó.
Sesión pública
En una sesión pública, el amparo fue aprobado con los votos de los ministros de la corte Arturo Zaldívar, quien elaboró el proyecto de sentencia que reconoce el derecho a la autodeterminación frente a la marihuana, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío y Alfredo Gutiérrez Ortiz.
En contra se pronunció el ministro Jorge Mario Rebolledo “no porque no comparta los razonamientos del proyecto, sino porque no se especifica dónde se va a adquirir la droga”.
El tema llegó a la Corte por un amparo presentado por la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (Smart) después de que las autoridades sanitarias se le negó un permiso para cultivar, distribuir y consumir marihuana con fines lúdicos o recreativos.
Los promotores del amparo, que buscan un cambio en la política contra las drogas, argumentaron que la prohibición del consumo personal de marihuana con fines lúdicos y recreativos es contraria al libre desarrollo de la personalidad.
Zaldívar defendió otorgar el amparo a los cuatro fundadores de Smart, al declarar inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben actividades relacionadas con el consumo personal de la mariguana con fines recreativos, como sembrar, preparar, poseer y transportarla.
Aprobación Con restricciones
La legalización del uso y el cultivo de mariguana tiene aún muchas restricciones.
Frente a terceros
El ministro ponente Arturo Zaldívar precisó que la droga no está legalizada para todos y tampoco puede ser consumida “frente a terceros sin su consentimiento”.
Desproporcionada
La ministra Olga Sánchez Cordero coincidió en que la Ley General de Salud es “desproporcionada”, al considerar que genera “una protección mínima a la salud y al orden público frente a la intensa intervención en el derecho de las personas sobre decidir qué actividades lúdicas quieran realizar”.
MÉXICO (AP y EFE).— La Suprema Corte de Justicia de la Nación abrió ayer la puerta para permitir el uso recreativo de la mariguana en la República Mexicana.
Una sala del máximo tribunal resolvió por cuatro votos a favor y uno en contra un amparo en el que consideró que es legal el cultivo, la cosecha y el consumo de mariguana para fines personales y recreativos.
El fallo favorece sólo al grupo de cuatro personas que solicitó el amparo y para que pueda generalizarse en el país deben resolverse en el mismo sentido un total de cinco recursos.
El proyecto aprobado consideró que prohibir el consumo personal de mariguana con fines lúdicos es contrario “al libre desarrollo de la personalidad”.
La resolución implica que las cuatro personas amparadas podrán obtener un permiso de la autoridad para cosechar, procesar y consumir la planta. Sin embargo, no están autorizadas para comercializarla.
“No se ha dicho en modo alguno que la mariguana sea inocua. Es una droga, como tal causa daño”, dijo el ministro Arturo Zaldívar, autor del proyecto que fue aprobado por mayoría.
“Lo que se sostiene es que la medida extrema de prohibirla es desproporcional”, añadió el juzgador.
En el pasado la oposición promovió algunas iniciativas de ley para avanzar en la legalización de la mariguana, pero ninguna avanzó.
Sesión pública
En una sesión pública, el amparo fue aprobado con los votos de los ministros de la corte Arturo Zaldívar, quien elaboró el proyecto de sentencia que reconoce el derecho a la autodeterminación frente a la marihuana, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío y Alfredo Gutiérrez Ortiz.
En contra se pronunció el ministro Jorge Mario Rebolledo “no porque no comparta los razonamientos del proyecto, sino porque no se especifica dónde se va a adquirir la droga”.
El tema llegó a la Corte por un amparo presentado por la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (Smart) después de que las autoridades sanitarias se le negó un permiso para cultivar, distribuir y consumir marihuana con fines lúdicos o recreativos.
Los promotores del amparo, que buscan un cambio en la política contra las drogas, argumentaron que la prohibición del consumo personal de marihuana con fines lúdicos y recreativos es contraria al libre desarrollo de la personalidad.
Zaldívar defendió otorgar el amparo a los cuatro fundadores de Smart, al declarar inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben actividades relacionadas con el consumo personal de la mariguana con fines recreativos, como sembrar, preparar, poseer y transportarla.
Aprobación Con restricciones
La legalización del uso y el cultivo de mariguana tiene aún muchas restricciones.
Frente a terceros
El ministro ponente Arturo Zaldívar precisó que la droga no está legalizada para todos y tampoco puede ser consumida “frente a terceros sin su consentimiento”.
Desproporcionada
La ministra Olga Sánchez Cordero coincidió en que la Ley General de Salud es “desproporcionada”, al considerar que genera “una protección mínima a la salud y al orden público frente a la intensa intervención en el derecho de las personas sobre decidir qué actividades lúdicas quieran realizar”.