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Este miércoles la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos publicó la Resolución de los ajustes para el salario mínimo que fueron anunciados por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Comisión informó que los salarios mínimos generales y profesionales estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2019.
De acuerdo con la entidad, tras el decreto del presidente, la aplicación de los salarios mínimos se dividirá en dos zonas geográficas a lo largo de la República Mexicana:
El área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte, integrada por los siguientes municipios: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate y Tijuana, en el estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el estado de Sonora.
Además los municipios de Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el estado de Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el estado de Tamaulipas.
La segunda área de Salarios Mínimos Generales, está integrada por el resto de los municipios del país y las demarcaciones territoriales (alcaldías) de la Ciudad de México que conforman la República Mexicana.
Puntualizó que el salario mínimo general que tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2019 en el área geográfica de la Zona libre de la Frontera Norte será de 176.72 pesos diarios por jornada diaria de trabajo.
Asimismo, el monto del salario mínimo general para el área de Salarios Mínimos Generales será de 102.68 pesos diarios por jornada diaria, serán las que figuren en la Resolución de esta Comisión que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación, como cantidad mínima que deberán recibir en efectivo los trabajadores.
Por último, indicó que los salarios mínimos profesionales que tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2019, para las profesiones, oficios y trabajos especiales, publicadas en la Resolución de 2017 como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada diaria de trabajo, serán los que figuran en la presente en su resolutivo cuarto.
Con este ajuste, por primera vez el salario mínimo cubrirá la Línea de Bienestar establecida por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval).
Fuente Notimex y Reporte Índigo