IMSS: quiénes pueden ser beneficiados con una pensión de viudez

20 febrero 2020
Noticias de Yucatán. 

uando fallece una persona que está pensionada, su cónyuge o concubina(o) pueden solicitar la pensión de viudez, sólo tiene que cumplir con ciertos requisitos obligatorios ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

De acuerdo con la página del instituto, en el caso del concubinato podrá solicitar la pensión la mujer u hombre con quien el asegurado(a) o pensionado(a) vivió durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con la(el) que tuvo hijos, siempre que ninguno haya estado casado legalmente durante su periodo de convivencia.

Estos son los requisitos que deben cumplirse para poder solicitar la pensión de viudez:

El asegurado(a) fallecido(a) debería tener 150 semanas de cotización al momento de su muerte, excepto si el fallecimiento ocurrió a causa de un riesgo de trabajo.

El asegurado(a) debe estar vigente en sus derechos.

La esposa(o) debe acreditar el vínculo matrimonial, o la concubina(rio) la relación de concubinato.

Si el fallecimiento del asegurado es derivado de un riesgo de trabajo, se requiere la dictaminación de los servicios médicos institucionales, a través del formato "Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3".

El esposo o concubinario debe acreditar la dependencia económica con la asegurada o pensionada fallecida.

Debe acreditar su total incapacidad, misma que será dictaminada por los servicios médicos institucionales, a través del "Dictamen de Beneficiario Incapacitado ST-6".

Los beneficiarios de pensionados recibirán la prestación bajo el mismo régimen de la Ley del Seguro Social del pensionado fallecido.

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