El pasado domingo 11 de abril se llevó a cabo las Elecciones Generales 2021, en donde millones de peruanos acudieron a las urnas para elegir al próximo presidente de la República, congresistas e integrantes del Parlamento Andino. Esto implica el uso de multas por no votar o no cumplir con ser miembro de mesa.
¿Cuáles son los montos de las multas?
Las multas electorales están clasificadas en la Ley N°28859, de la siguiente forma:
S/88.00: si no acudes a votar y vives en un distrito clasificado como ‘No Pobre’ por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
S/44.00: si no votas y vives en un distrito clasificado como ‘Pobre’ por el INEI.
S/22.00: si no votas y vives en un distrito clasificado como ‘Pobre extremo’ por el INEI.
S/220.00: por no cumplir la función de miembro de mesa.
S/220.00: por negarte a conformar la mesa electoral.
Cabe precisar que el monto de las multas electorales por no votar difieren según tu clasificación como persona No Pobre, Pobre o Pobre Extremo. Tu pertenencia a cualquiera de estos grupos, según tu distrito de residencia se realiza a través del distrito que aparece en tu Documento Nacional de Identidad (DNI).
Hasta que no cumplas con pagar tu multa por no ir a votar, hay ciertas sanciones que debes conocer:
No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.).
No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.
No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.
No podrás ser nombrado funcionario público.
No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.
Si no pagas tu multa, el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva, en donde pueden embargar tus cuentas bancarias y otros.