El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) resolvió que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) debe indemnizar a un particular y su familia con 94 millones 927 mil 797 pesos, por daños físicos, emergentes y por lucro cesante. Cuando era menor de edad recibió una descarga eléctrica por una mala instalación de la compañía.
Por mayoría de ocho votos y uno en contra, los magistrados aprobaron el proyecto de su homólogo, Rafael Anzures Uribe, quien también ordenó que la empresa púbica deberá pagar el cinco por ciento del total de la condena por gastos de asistencia jurídica, es decir 4 millones 746 mil 389 pesos.
Durante la sesión del pleno del TFJA, el magistrado ponente señaló que el fallo se dio en cumplimiento a un amparo que promovió el quejoso y su madre en 2021 para condenar a la CFE a una reparación del daño justa, mediante la indemnización correspondiente.
De acuerdo con ese expediente, al joven le amputaron parte de sus brazos, una pierna y tres dedos del pie derecho, “lo que impacta directamente en el desarrollo de vida”.
El magistrado Anzures Uribe apuntó que el colegiado determinó que era indebida la cuantificación realizada por el pleno respecto de los rubros, lucros de la madre del afectado, daño moral del afectado de su madre, de su abuelo, y de sus dos menores hermanos, por lo que el propio tribunal procedió a cuantificar los montos indemnizados correspondientes a los citados rubros y ordenó al TFJA dejar sin efecto la sentencia reclamada de 12 de enero de 2022 y emitir una nueva en la que se reiteraran las consideraciones que no fueron materia de la concesión del amparo.
Una vez realizado el ajuste, el TFJA ordenó a la CFE actualizar las sumas e indemnizaciones desde diciembre de 2015 y hasta que se efectúe el pago de la condena.
“Asimismo se advirtió que el accionante no señaló de manera expresa en sus solicitud de indemnización corresponsabilidad patrimonial o bien en el escrito inicial de demanda, que debería incluir los costos de asistencia jurídica, sin embargo, en estricto acatamiento a la ejecutoria de mérito se condenó a la autoridad demandada el pago equivalente delcinco por ciento de la cantidad total de la condena, cantidad cuantificada también por el tribunal y que debe pagar la autoridad por concepto de gastos de asistencia jurídica”.
“Una vez determinados los montos indemnizatorios, se ordenó a la autoridad demanda actualice los mismo de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado desde el mes de diciembre de 2015”, agregó el magistrado.