Aumentará de 120 a 150 millones de pesos la inversión para vivienda municipal

28 agosto 2016

Con el Plan Municipal de Vivienda, el Ayuntamiento de Mérida da pasos firmes en el combate de problemas sociales como el hacinamiento, el fecalismo al aire libre, así como el riesgo en que viven las familias que habitan casas endebles.

Incluso, en respuesta a las necesidades planteadas por los meridanos en diferentes recorridos por colonias y comisarías, el Plan aumentará, previa aprobación de Cabildo a $150 millones para 2,250 acciones de vivienda. Originalmente contemplaba una inversión de $120 millones para 2,000 acciones de vivienda.

Las acciones previstas en el citado Plan incluyen la construcción de dormitorios, cuartos de usos múltiples con cocina y baños con biodigestor. 

En este primer año de administración de Mauricio Vila ya se autorizaron 1,300 acciones de vivienda, de la cuales 774 ya fueron ejecutadas. Más del 50 por ciento de estas acciones se realizaron en 30 colonias del sur de Mérida, incluyendo las comisarías de esta zona. 

Los apoyos en materia de vivienda, afirma el alcalde, en realidad cambian la vida de las familias más vulnerables y por eso el Ayuntamiento tiene las acciones de ese tipo entre sus obras prioritarias.

Un ejemplo de estas obras tuvo lugar en la Nueva San José Tecoh, conocida como La Mielera,  donde se realizaron acciones de vivienda y también obras de vialidad que beneficiaron a 750 habitantes con una inversión de más de $4 millones. 

El Ayuntamiento de Mérida firmó un convenio con la organización Hábitat para la Humanidad para construir 350 casas completas, con dos cuartos, cocina, sala y baño.

La  inversión total prevista es superior a los $65 millones. El convenio contempla que la construcción de las primeras casas se inicie cuando ya se tenga a los 100 primeros beneficiarios y se espera que las 350 del programa estarán listas para marzo de 2017.

Acciones para beneficio de habitantes del Sur

 Siguiendo con su política de invertir menos en gasto corriente y más en obras y servicios públicos de calidad el Ayuntamiento de Mérida prevé realizar diversas obras como la construcción de un parque nuevo en la colonia el Roble Agrícola y la rehabilitación de los parques en la colonia Salvador Alvarado Sur, y el parque de “San Gerónimo” de la col. Vicente Solís. 

También se realizarán varias obras de mejoramiento de la vialidad en varios polígonos del sur de la ciudad que favorecerán la movilidad urbana en la zona como la rehabilitación de vialidades en la calle 60 por 95 y 121,  el tramo comprendido de la calle 95 entre 50 y 60 a la altura de la Dolores Otero, la 58 x 77 y 95 y la 60 por 77 y 95   del Centro, la rehabilitación de la calle Circuito Colonias x 21 y 42 de la colonia Maria Luisa, y el tramo de Circuito x 19 y 20 de la misma colonia.

Se rehabilitará la calle 49 por Circuito Colonias y Periférico en la colonia Salvador Alvarado Sur y la calle 19 x Circuito Colonias por 12 de la Unidad Morelos, entre otras. 

Beneficios para el sur de Mérida 

 En apoyo a la alimentación de las familias más vulnerables de este municipio y que se encuentran entre los grupos de riesgo, el Ayuntamiento de Mérida ha entregado más de 9 mil despensas en el sur de Mérida. En esta administración el alcalde Mauricio Vila Dosal puso en marcha el “Comedor Comunitario Integral El Roble Agrícola” obra en la que se invirtieron más de $4 millones en construcción y equipamiento. También se construyó el “Comedor Comunitario Integral Emiliano Zapara Sur I y II”  el cual tuvo una inversión superior a los $2.5 millones. 

Con estos dos comedores, el DIF Municipal suma un total de 10 comedores ubicados exclusivamente en el sur de Mérida, donde se sirven en promedio, más de 100,000 raciones de comida caliente y con alto valor nutricional, esto representa un promedio de 3 millones de pesos al año, en subsidio a la economía de familias muy vulnerables.

En la colonia Villa Magna, el Ayuntamiento construyó un comedor escolar con una inversión de más de $1.3 millones, y en la comisaría de Dzununcán un comedor escolar en la primaria Alba Ruiz Carrillo, con una inversión de $1.3 millones.

En días pasados, el alcalde Mauricio Vila Dosal, anunció las obras de ampliación y equipamiento del CENDI San José Tecoh, con una inversión de 1 millón 843 mil 483 pesos con 20 centavos. Esta obra se inaugurará en breves semanas. 

Atención a Personas con Discapacidad.  

En un año se han otorgado más de 700 becas escolares y semi escolares de manera mensual (en septiembre se registró el mes más alto con 740 beneficiarios) a ciudadanos con algún tipo de discapacidad o enfermedad crónico degenerativa, lo que represento una inversión de más de 3 millones de pesos. 

Aproximadamente el 35% de los beneficiarios de estos apoyos, viven en el sur, o sea que en esta zona se ha invertido más de $1, 050,000 pesos. Las otras beneficiadas son en oriente con un 30%, el poniente con un 20%, en el norte 5% y en las comisarías el 10%.

 En un año se invirtió más de $ 1 millón  en la entrega de 680 diversos aparatos ortopédicos, para mejorar y transformar positivamente la calidad de vida de los ciudadanos con discapacidad motriz, visual, auditiva, intelectual y psicosocial. En el sur se entregaron un promedio de 300 aparatos ortopédicos entre sillas de ruedas, bastones, andadores, burritos y lentes, la representatividad de beneficiarios que este apoyo y que viven en el sur, es superior al 45%.

Servicios de salud de calidad.

Uno de los compromisos del actual Ayuntamiento es que los servicios médicos lleguen a todos los rincones de Mérida, y para ofrecer estos beneficios de calidad la actual administración puso a disposición de las colonias del Sur de Mérida los servicios de “Médico a Domicilio”, la Unidad Móvil de Mastografía y Ultrasonido y el Área de Mastografía-Ultrasonido en el Centro de Atención Médica de la Mujer (CAMM), además de nueva unidad de consulta dental con una inversión de $14.950,042.

De los 29 espacios para la salud, varios se ubican en colonias del sur de Mérida como Emiliano Zapata Sur, Francisco I. Madero, Kukulcán, Manuel Crescencio Rejón y Mulsay, y en las comisarías Molas, Sitpach, San José Tzal y Cholul, entre otras.

A principios de julio, el alcalde inauguró mejoras al Módulo de Salud de la colonia Santa Rosa y se abastezca de material para terapias para rehabilitación, en el que se han brindado  2,751 consultas médicas generales, 1,260 consultas dentales, 143 consultas en psicología y 84 consultas de nutrición.

Obras en el surponiente de Mérida

En Juan Pablo II, al sur-poniente de Mérida, el Ayuntamiento de Mérida construyó  el Centro Integral para la Plenitud del Adulto Mayor “Renacer”, un espacio único en su tipo en el Sureste mexicano en el cual se ofrecen talleres, cursos y actividades enfocadas al cuidado de la salud física y mental, y desarrollo humano y recreación de las personas mayores de 60 años. 

Actualmente está en proceso en esa misma zona, la reconstrucción de la avenida 81 entre 26 y Periférico, de Tixcacal Opichén, la cual tiene una antigüedad de más de 20 años. En ese lugar la intervención abarca 1.4 kilómetros y la inversión asciende a$2.822,122.

 

En marcha operación policíaca en el centro de Mérida por el regreso a clases

El operativo vial incluye también el control del tránsito en aquellas vialidades cuyos pasos peatonales se  utilicen por estudiantes para llegar a su destino y que al mismo tiempo se respeten.

La Policía Municipal exhorta a los padres de familia de evitar que los niños tengan que descender de los vehículos estacionados en doble o hasta en triple fila, pues en casos así es mejor que tengan que hacerlo en del otro lado de la acera, utilizando el paso peatonal controlado por la policía o bien, sobre la misma acera aunque tenga que caminar unos pasos más.

Si los niños son muy chicos y requieren ser acompañados a su salón, hay que privilegiar la seguridad de familias y de los autos considerando estacionarse, aunque sea un poco más lejos de la puerta de entrada.

Cabe señalar que en primer cuadro de la ciudad operan 4 jardines de niños, 17 escuelas primarias, 5 secundarias, 11 preparatorias, 8 planteles de educación superior, así como un instituto de idiomas.

También se informa que el escuadrón DARE y todos los programas preventivos que se imparten en las escuelas han comenzado a realizar la calendarización de sus cursos para iniciar en octubre próximo en los planteles educativos.

En 5 meses se plantaron más de 35 mil árboles en Mérida

Para dar cumplimiento el eje de sustentabilidad, una de las políticas centrales de la actual administración municipal que encabeza el alcalde, Mauricio Vila Dosal,  en abril pasado, en el parque Ecológico del Poniente, el presidente municipal puso en marcha el Plan Municipal de infraestructura Verde, cuyos resultados ya son visibles y palpables para beneficio de los meridanos.

Se trata de una estrategia integral para fomentar una cultura forestal urbana que aumente la calidad de vida y permita una armonía con el medio ambiente de la ciudad.

En la presentación del Plan, Vila Dosal informó que este incluye la siembra de 60,000 árboles, la generación de mayores áreas verdes en Mérida,  y el fomento de una nueva cultura del espacio público que mejore la calidad de vida de la gente.

En este primer año ya se logró un importante avance ya se lograron plantar unos 35,000 árboles, más de la mitad de la meta planteada.

Cabe recordar que en la presentación del Plan, el Dr. Roger Orellana Lanza, reconocido académico en arbolado y cambio climático, recalcó que aquél es muy importante, es inédito, ya que no hay experiencia de este tipo en México, ni en el mundo.

-El anhelo final es que Mérida pueda ser como una selva, en donde puedas caminar con sombras importantes no solo de árboles sino también de infraestructura especial para mitigar el calor –expresó.

Reiteró que lo inédito de este trabajo municipal es lograr la participación de organizaciones y dependencias como el Catastro Municipal, lo que es altamente satisfactorio desde el punto de vista de contar con capas de análisis.

En junio pasado, durante la Tercera Jornada de Reforestación realizada en el Fracc. Las Américas, el presidente de la fundación "Arbor Day", Daniel Lambe, reconoció el compromiso de las autoridades municipales y de la sociedad meridana para hacer una realidad el Plan de Infraestructura Verde para Mérida, que, añadió, se trata de un ejercicio innovador, creativo y perdurará por años.

La organización no lucrativa fue fundada en 1972 y es considerada la más grande del planeta dedicada a plantar árboles, con más de un millón de miembros y socios alrededor del mundo.

Desde un inicio del Plan se indicó que con los 6 m2 de árboles por habitante,  Mérida está por encima de la media de cobertura forestal en Latinoamérica, que es de 3.5 m2, pero por debajo de lo que recomienda la Organización Mundial de la Salud, que es de 9 m2., de manera que con este plan se busca ampliar de 6 a 7 m2 de área verde por habitante.

Desde que se puso en marcha a la fecha Se han logrado la participación de más de 25,000 meridanos y de 44 empresas, así instituciones y organizaciones que se sumaron al Plan de Infraestructura Verde que también contempla el programa “Adopta un Árbol”.

Jornadas de reforestación

A principios de junio, el alcalde dio inicio a la Tercera Jornada Forestal en la cual se logró plantar más de 10,000 árboles en solo quince días, trabajos a los que se sumaron 1,400 voluntarios. Algunas de las especies que se sembraron fueron ciricote, balché, maculís amarillo, cedros y piches. 

Estos trabajos de reforestación se realizaron en parques de los fraccionamientos Pacabtún, Fidel Velázquez; en los parques de Juan Pablo II y en el Recreativo del Oriente, ubicado en el Fracc. Del Parque, entre otros. Cabe mencionar que las dos primeras jornadas se realizaron en junio de 2015.

Programa de arborización en escuelas preescolares y primarias

El Ayuntamiento, en coordinación con la Secretaría de Educación del Estado, puso en marcha el Programa de Arborización en Escuelas Preescolares y Primarias a fin de generar conciencia en los alumnos en el tema del cuidado del medio ambiente y la reforestación. Se busca que al cierre de la administración se planten más de 8,000 árboles en los 1,200 planteles educativos.

Adicionalmente se ofrece cursos sobre el tema a los alumnos, maestros y padres de familia sobre el cuidado y los beneficios de los árboles.

En la primera etapa del programa, antes de que finalice el ciclo escolar el 18 de julio, se visitaron nueve escuelas, se plantaron 91 árboles y se ofrecieron pláticas a 1,350 niños. El programa continuará en el período escolar 2016-207.

Reglamento de arbolado urbano

El 6 de junio pasado, el Cabildo aprobó por unanimidad la propuesta del alcalde para expedir el Reglamento para la Protección y conservación del Arbolado Urbano en el cual se establecen los lineamientos para garantizar el manejo adecuado del arbolado municipal, considerando la regulación de actividades como reforestación, trasplante, conservación, poda y derribo de árboles en áreas urbanas.

Programa de reciclaje

Vila Dosal puso en marcha, en mayo pasado, el Programa de Reciclaje en las oficinas municipales a fin de reducir el consumo de papel y promover la reutilización del mismo.  Este programa se suma a las acciones de cultura sustentable. A cada área del Ayuntamiento se entregó dos tipos contenedores: uno para material no reutilizable y otro para papel que se pueda reutilizar.

Inventario 

De acuerdo con información proporcionada por Sayda Rodríguez, en julio pasado se inició un inventario del arbolado de la ciudad, a fin de tener un registro del número de árboles, especie y edad. Hasta el momento han sido 30 los parques visitados y 1,300 los árboles inventariados. 

Sexagenario muere apuñalado tras enfrentamiento con compañero de borrachera

Ayer a plena luz del día, un hombre de 68 años de edad fue apuñalado en cinco ocasiones luego de enfrentarse con su compañero de borrachera, informaron autoridades, quienes dijeron que los hechos se registraron a una cuadra de la avenida Itzaes.
La persona lesionada fue identificada como Guillermo Ramón M.M., quien recibió diversas cuchilladas en las costillas, en el brazo y en el pecho.
Testigos del lugar afirmaron que ambas personas estaban tomando bebidas alcohólicas en la esquina de la calle 49 por 84 del Centro Histórico de la ciudad, cuando Antonio C.D. empezó a agredir verbalmente al anciano, para luego comenzar a lesionar a su compañero, quien como pudo caminó huyó del lugar, pero metros más adelante se desvaneció.

Muere de El Divo de Juárez, Juan Gabriel, a los 66 años de edad de un infarto

El cantante y compositor Juan Gabriel falleció este domingo, informó Joaquín López Dóriga en su cuenta de Twitter.

De acuerdo con el periodista, el cantante murió de un infarto. Se recordó que el intérprete de "Querida" se presentó la noche de ayer en Los Ángeles, California. 

El hecho se dio en su casa de Santa Mónica, alrededor de las 11:30 de la mañana.

El cuerpo del cantante habría sido encontrado por su equipo de trabajo. 

Vuelca taxi colectivo con saldo de varios lesionados

Umán, Yucatán, 28 de agosto de 2016.- Varias personas resultaron lesionadas en un aparatoso accidente ocurrido el sábado en el tramo carretero Umán-Poxilá, al estallar un neumático de un taxi colectivo.

Los hechos se registraron en el kilometro 147+700, cuando la unidad de transporte público de la ruta Mérida-Kopomá venia circulando sobre la vía libre de Muna, cuando de pronto se “reventó” el neumático trasero.

El taxi se salió del camino, dando varias volteretas, hasta quedar volcado a unos 6 metros dentro de la maleza. En el accidente, resultaron 13 personas lesionadas, de las cuales cinco se encuentran delicadas de salud.

Al lugar arribaron unidades de emergencias de la Secretaría de Seguridad Pública, quienes se encargaron de ofrecer los primeros auxilios a los lesionados, así como trasladarlos a diferentes nosocomios de Mérida. Desde el Balcón,

En dos semanas concluyen los trabajos de mejoramiento del Centro Histórico

Mérida, Yucatán a 28 de agosto de 2016. La Dirección de Obras Públicas informa que al concluir la décimo cuarta semana de los trabajos para mejorar la imagen urbana del Centro Histórico de Mérida casi se ha cumplido con la totalidad de los trabajos establecidos en el convenio y contratos.

Durante la semana que concluye se trabajó en las banquetas de las calles 59 entre 64 y 62; 59 entre 58 y 60; 59 entre 76 y 74, y pavimentos en la 59 entre 72 y 74. Como informamos no fue necesario hacer cambios de paraderos del transporte.

Entre otra cosas se martelinaron 1,818.67 metros cuadrados de banquetas para un total de 15,026.68 metros cuadrados, equivalentes al 76% de los trabajos totales a realizar en las banquetas del Centro Histórico.

En pavimentos se demolieron y repararon 65 metros cuadrados para un total de 900 metros cuadrados reparados y otros 2,116 metros cuadrados fueron  limpiados y sellados para un total del 99% de los trabajos totales a realizar.

Para  la décimo quinta semana se trabajará en banquetas de las calles 50 entre 59 y 61, 61 entre 58 y 60 y la calle 59 entre 72 y 74 todas del centro y el pavimento de la calle 59 entre 72 y 76. Tampoco habrá cambio de paraderos.

Estos trabajos se realizan con un presupuesto de $8.000,000, resultado del convenio firmado en diciembre del 2015 por el Gobierno del Estado y el Ayuntamiento de Mérida.

Estas obras deberán estar listas el 10 de septiembre.

Anuncia la Fiscalía que impugnará fallo de liberación de Lara González

La Fiscalía informó que impugnará la liberación del psiquiatra Enrique Lara González, quien fue absuelto del crimen contra su colega Felipe Triay Peniche.

Tras conocerse el veredicto a favor de Lara González, la FGE indicó que buscará revertir el fallo que le permitió salir libre este sábado, se informa en Formal Prisión.

En cuanto a Pablo Santos García Gutiérrez, la Fiscalía dijo que insistirá en solicitar la pena máxima contra el procesado en la diligencia de individualización de penas, tal como lo hizo en la etapa de acusación.

Como informamos, en diligencia realizada esta mañana, el tribunal de juicio oral determinó la culpabilidad de García Gutiérrez y la inocencia de Lara González, quien inmediatamente fue liberado, tal como lo establece la ley.

La jueza presidenta, Verónica de Jesús Burgos Pérez, citó para el martes 31 de agosto de este año, a las 9 de la mañana, para celebrar la audiencia de determinación de la pena y reparación del daño. FORMAL PRISIÓN.

Entra en vigor la ley anti-Uber: duras exigencias que no aplican al FUTV

A partir de ayer entró en vigor el reglamento de la Reforma a la Ley de Transporte de Yucatán, relacionado al servicio que prestan plataformas tecnológicas como Uber y Ryde and Go, de modo que los socios de éstas deberán registrarse ante la Dirección de Transporte el Estado de Yucatán, informó el titular de la dependencia, Humberto Hevia Jiménez.

El funcionario explicó que una vez que sepan cuántos vehículos y operadores pertenecen a dichas plataformas digitales,podrán hacer un estudio de oferta y demanda para decidir cuántos permisos les otorgarán.

El Reglamento se publicó anteayer en el Diario Oficial del Estado, dos meses después de que los diputados locales aprobaron, en medio de controversias, la reforma a la Ley de Transporte para regular a dichas compañías.

Entre los puntos que plantea el reglamento destacan que los vehículos que ofrezcan dicho servicio deberán contar con un holograma que los identifique, y no podrán hacer sitio en ningún lado de la ciudad, como hacen actualmente los taxis. De igual manera, los automóviles deberán tener un costo mínimo de 200 mil pesos.

Además, los usuarios sólo podrán pagar por el servicio a estas plataformas por vía tarjeta de crédito o débito, cuando actualmente, al menos Uber y Ryde and Go, ya cobran en efectivo.

Decreto 407/2016 por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Yucatán, en materia de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas 

Rolando Rodrigo Zapata Bello, gobernador del estado de Yucatán, con fundamento en los artículos 55, fracción II, y 60 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; y 14, fracciones VIII, IX y XIII, del Código de la Administración Pública de Yucatán, y

Considerando:

Que la Ley de Transporte del Estado de Yucatán dispone, en su artículo 3, que el servicio de transporte que se preste en el estado garantizará la satisfacción de las

necesidades de traslado de las personas y de bienes, en las condiciones económicas y sociales más convenientes, bajo premisas de generalidad,

regularidad, seguridad y eficiencia.

Que, en términos de los artículos 7 y 12, fracción III, de la ley antes referida, la organización y vigilancia del servicio de transporte en el estado es competencia

del Poder Ejecutivo y le corresponde a su titular instrumentar medidas encaminadas al mejoramiento del servicio de transporte, aprovechando el

desarrollo tecnológico y tomando en cuenta sus efectos en el medio ambiente.

Que, ante la presencia en el estado de diversas empresas que permiten la contratación del servicio de transporte de pasajeros a través de plataformas

tecnológicas, y en atención a la demanda ciudadana que pedía su ingreso y operación, se legalizó y reguló esta nueva modalidad del servicio de transporte,

mediante la publicación en el diario oficial del estado, el 22 de junio de 2016, del Decreto 400/2016 por el que se modifica la Ley de Transporte del Estado de

Yucatán, en materia de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas.

Que el decreto anteriormente mencionado establece, en su artículo transitorio segundo, que el gobernador deberá adecuar el Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Yucatán en un plazo de ciento ochenta días naturales, contado a partir de su entrada en vigor.

Que, para el Gobierno del estado, es importante cumplir con la obligación normativa señalada, pero, principalmente, completar la regulación relacionada con el servicio de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas, ya que no solo es de interés público sino que también, se estima, permitirá ampliar la oferta del servicio de transporte de pasajeros, generar empleos e impulsar el desarrollo económico de la entidad, por lo que he tenido a bien expedir el presente:

Decreto 407/2016 por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Yucatán, en materia de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas

Artículo único. Se reforman: las fracciones XXI y XXII del artículo 2; el artículo 4; la fracción II del artículo 7; las fracciones I, II, V y VII del artículo 9; la denominación del capítulo I del título tercero; los artículo 21, 22, 24 y 25; el párrafo primero del artículo 26; los párrafos primero y segundo del artículo 27; el artículo MÉRIDA, YUC., VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016. DIARIO OFICIAL PÁGINA 11

35; la fracción VIII del artículo 39; la denominación del título cuarto; el párrafo primero y la fracción VIII del artículo 145; el párrafo primero y las fracciones V y VI del artículo 146; los párrafos primero y segundo, y la fracción V del artículo 147; y el artículo 150; se deroga: el artículo 148; y se adicionan: las fracciones XXIII, XXIV, XXV y XXVI al artículo 2; la fracción IX al artículo 39, recorriéndose en su numeración la actual fracción IX para pasar a ser la fracción X; el capítulo VI al título tercero, que contiene el artículo 64 BIS; el artículo 64 BIS; el capítulo III al título cuarto, que contiene los artículos del 114 bis al 114 octies; los artículos 114 bis, 114 ter, 114 quater, 114 quinquies, 114 sexies, 114 septies y 114 octies; el capítulo IV al título cuarto, que contiene los artículos del 114 nonies al 114 quindecies; los artículos 114 nonies, 114 decies, 114 undecies, 114 duodecies, 114 terdecies, 114 quaterdecies y 114 quindecies; las fracciones II, VIII, IX, X, XI, XII y XIII al artículo 146; y las fracciones VI y VII al artículo 147, todos del

Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Yucatán, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 2. …

I. a la XX. …

XXI. Servicio: es el que se realiza con fines relacionados con la actividad principal de las personas físicas o morales, que pueden ser de naturaleza

comercial, productiva o de prestación de servicios, y que pueden ser cobrados o no;

XXII. Prestación de servicio: actividad que realizan las personas físicas o morales con fines comerciales, productivos o conexos a determinadas acciones

lícitas, que puede ser cobrado o no;

XXIII. Plataforma tecnológica: la plataforma o aplicación informática mediante la cual se contrata el servicio de transporte de pasajeros en dispositivos fijos o móviles;

XXIV. Empresa de redes de transporte: la persona moral que, basándose en el desarrollo de las tecnologías de los teléfonos inteligentes y los sistemas de posicionamiento global, promueva, administre u opere la plataforma tecnológica en el estado, ya sea directamente o a través de una filial, subsidiaria o empresa relacionada, en virtud de acuerdos comerciales que tenga celebrados y en vigor;

XXV. Constancia: el documento, expedido por el titular del Ejecutivo del estado, mediante el cual se autoriza a una empresa de redes de transporte para promover, administrar u operar   plataformas tecnológicas; y

XXVI. Certificado vehicular: el documento, expedido por la Dirección de Transporte, mediante el cual se autoriza a los operadores y a los vehículos para

prestar el servicio de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas

tecnológicas.

ARTÍCULO 4. La organización, operación y explotación de los servicios de

transporte de pasajeros y de carga, así como los servicios auxiliares conexos a

estos, se sujetarán a lo establecido en la Ley, este Reglamento y las demás

normas que al respecto emita el Ejecutivo del estado.

PÁGINA 12 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016.

ARTÍCULO 7. …

I. …

II. Recibir, por conducto de la Dirección de Transporte, las propuestas que

aporten los concesionarios, permisionarios, empresas de redes de transporte o

titulares del certificado vehicular, para enriquecer los programas encaminados a

mejorar el servicio de transporte de pasajeros o de carga en el estado y turnarlas

para su incorporación a dichos programas, en su caso;

III. a la VII. …

ARTÍCULO 9. …

I. Elaborar las políticas y los programas para el desarrollo del servicio de

transporte de pasajeros o de carga en el estado;

II. Analizar e incorporar, en su caso, las propuestas que aporten los

concesionarios, permisionarios, empresas de redes de transporte, titulares del

certificado vehicular y usuarios, para la elaboración de los programas que tiendan

a mejorar el servicio de transporte de pasajeros o de carga en el estado;

III. y IV. …

V. Sancionar a los concesionarios, permisionarios, empresas de redes de

transporte, titulares del certificado vehicular o quienes presten el servicio de

transporte de pasajeros, cuando cometan alguna infracción a la Ley, este

Reglamento y demás disposiciones legales aplicables;

VI. …

VII. Realizar los estudios que sean necesarios para evaluar las condiciones

de funcionamiento del servicio de transporte de pasajeros o de carga y turnarlos al

Ejecutivo del estado, por conducto de la Secretaría General de Gobierno; y

VIII. …

CAPÍTULO I

DEL PADRÓN DE CONCESIONES, PERMISOS, CONSTANCIAS Y

CERTIFICADOS VEHICULARES, Y DEL REGISTRO DE VEHÍCULOS DE

TRANSPORTE EN EL ESTADO DE YUCATÁN

ARTÍCULO 21. El padrón de concesiones, permisos, constancias y certificados

vehiculares de transporte del estado de Yucatán es el instrumento estadístico y

analítico que tiene por objeto integrar toda la información relativa a la prestación

de los servicios de transporte, a efecto de que la autoridad cuente con los medios

necesarios para la adecuada planeación del transporte en el estado.

ARTÍCULO 22. La Dirección de Transporte integrará y mantendrá actualizado el

padrón de concesiones, permisos, constancias y certificados vehiculares de

transporte, el cual deberá contener la siguiente información:

I. Las solicitudes de nuevas concesiones, permisos, constancias o

certificados vehiculares;

MÉRIDA, YUC., VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016. DIARIO OFICIAL PÁGINA 13

II. Las solicitudes de modificación de concesiones, permisos, constancias o

certificados vehiculares;

III. La relación de concesiones, permisos, constancias o certificados

vehiculares vigentes;

IV. Las fechas de expedición y descripción de las convocatorias para el

otorgamiento de concesiones;

V. Las fechas de expedición de cada concesión, permiso, constancia o

certificado vehicular;

VI. La clave de identificación asignada a la concesión, permiso, constancia

o certificado vehicular, y demás datos generales de estos;

VII. El nombre del titular de cada concesión, permiso, constancia o

certificado vehicular;

VIII. La ruta, municipio o cobertura autorizada para cada concesión, permiso

o certificado vehicular, según corresponda;

IX. Las modificaciones realizadas, en su caso, a cada concesión, permiso,

constancia o certificado vehicular;

X. El número de vehículos destinados a cada concesión o permiso;

XI. Los datos de identificación de cada vehículo afecto a cada concesión o

permiso, incluyendo antigüedad, capacidad, el estado de funcionamiento y demás

características propias de cada unidad; y, en caso de vehículos mediante los

cuales se preste el servicio de transporte de pasajeros contratado a través de

plataformas tecnológicas, será suficiente la marca, el modelo y el color;

XII. El número de operadores destinados a la prestación del servicio público

de transporte de pasajeros o de carga por vehículo y sus datos generales;

XIII. El número de exámenes médicos practicados a cada operador del

servicio público de transporte, fecha en que fueron realizados y sus resultados;

XIV. La relación de causas de las sanciones impuestas a cada

concesionario, permisionario, empresa de redes de transporte, titular de certificado

vehicular o, en su caso, a cada operador;

XV. El período por el que fue otorgado cada concesión, permiso, constancia

o certificado vehicular;

XVI. La mención de sí es la concesión original o si se trata de renovación y,

en su caso, el número de renovación que corresponda;

XVII. La relación por cada concesión, permiso o certificado vehicular de los

hechos de tránsito y accidentes ocurridos durante el período, así como la

descripción de los daños personales y materiales ocasionados;

XVIII. Los resultados de la evaluación del servicio público de transporte a

través de los indicadores de seguridad y eficiencia que determine la Dirección de

Transporte;

PÁGINA 14 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016.

XIX. Las fechas y descripción de los cursos en materia de capacitación y

actualización así como en materia de seguridad que se impartan al personal

asignado a la prestación del servicio de transporte público; y

XX. La información de la póliza de seguro que acredite que los

concesionarios o titulares del certificado vehicular cuentan con contrato vigente de

los seguros o del fondo establecidos en la Ley y su Reglamento.

ARTÍCULO 24. El Registro de Vehículos señalado en el artículo anterior estará

integrado por:

I. Los documentos por los cuales se adquiera, transmita, modifique, grave o

extinga la propiedad, la posesión y los demás derechos reales sobre los vehículos

y sus motores, así como el arrendamiento de estos;

II. Los certificados a que se refieren los artículos 53 y 54 de la Ley, y los

números de placas de circulación que porten estas unidades, las cuales deberán

ser expedidas por la Secretaría de Seguridad Pública;

III. Las concesiones y permisos que amparen el servicio de transporte

público o particular, según corresponda, así como los actos y resoluciones legales

que los modifiquen o terminen;

IV. La información relevante de las pólizas de seguro o documento que

acredite la constitución del fondo a que se hace referencia en la Ley; y

V. Las constancias y los certificados vehiculares necesarios para la

prestación del servicio de transporte de pasajeros contratado a través de

plataformas tecnológicas.

ARTÍCULO 25. Los concesionarios, permisionarios, las empresas de redes de

transporte y los titulares del certificado vehicular tienen la obligación de

proporcionar a la Dirección de Transporte la información que esta les requiera

para la integración y actualización del padrón y del registro a que hace referencia

este Reglamento.

ARTÍCULO 26. Para llevar a cabo las inscripciones y cancelaciones de la

información relativa a vehículos y placas ante el Registro, los concesionarios,

permisionarios y titulares del certificado vehicular deberán:

I. a la IV. …

ARTÍCULO 27. Los concesionarios, permisionarios y titulares del certificado

vehicular que requieran la certificación de documentos que formen parte del

Registro, deberán:

I. a la III. …

Las certificaciones a que hace referencia este artículo solo se entregarán a

quienes justifiquen su interés legal.

MÉRIDA, YUC., VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016. DIARIO OFICIAL PÁGINA 15

ARTÍCULO 35. En términos del artículo 17, párrafo segundo, de la Ley, el

transporte de pasajeros se subdivide en público, particular y contratado a través

de plataformas tecnológicas; y el de transporte de carga se subdivide en público y

particular.

ARTÍCULO 39. …

I. a la VII. …

VIII. Contar con terminales, o de manera excepcional, con sitios autorizados

por la autoridad competente;

IX. Abstenerse de colocar, en los vehículos en los que se preste el servicio,

propaganda electoral; y

X. …

CAPÍTULO VI

DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS CONTRATADO A TRAVÉS

DE PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS

ARTÍCULO 64 BIS. Para la prestación del servicio de transporte de pasajeros

contratado a través de plataformas tecnológicas, las empresas de redes de

transporte y los operadores del servicio deberán cumplir las obligaciones

establecidas en los artículos 40 quater y 40 septies de la Ley, respectivamente.

El servicio de transporte de pasajeros a que se refiere este artículo se podrá

prestar en todo el territorio del estado, sin horario, ruta ni paradas intermedias.

Los titulares del certificado vehicular están obligados a contar con seguros de

cobertura amplia, de vida y gastos médicos, a favor de los pasajeros y operadores

así como contra daños a terceros.

TÍTULO CUARTO

CONCESIONES, PERMISOS, CONSTANCIAS Y CERTIFICADOS VEHICULARES

CAPÍTULO III

DE LAS CONSTANCIAS

ARTÍCULO 114 BIS. La constancia que, en términos del artículo 40 bis de la Ley,

requerirán las empresas de redes de transporte para promover, administrar u

operar plataformas tecnológicas en el estado, será expedida por el titular del

Ejecutivo del estado, previo cumplimiento del procedimiento establecido en este

Capítulo.

ARTÍCULO 114 TER. Para obtener la constancia, se deberá cumplir con los

requisitos establecidos en el artículo 40 ter de la Ley.

ARTÍCULO 114 QUATER. Las empresas de redes de transporte que pretendan

tramitar la constancia deberán presentar, a través de su representante legal,

solicitud por escrito a la Secretaría General de Gobierno, por conducto de la

Dirección de Transporte, quien la analizará en un plazo no mayor a cinco días

hábiles, contado a partir de su presentación, y determinará si la empresa

interesada cumple o no con los requisitos establecidos en la Ley.

PÁGINA 16 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016.

En caso de que la empresa interesada no cumpla con algún requisito, la

Secretaría General de Gobierno, por conducto de la Dirección de Transporte, le

comunicará esta inconsistencia para que, en un plazo no mayor a diez días

hábiles, contado a partir de la fecha de notificación, la solvente. Si la empresa

interesada no solventara la inconsistencia dentro del plazo establecido, la solicitud

recibida se desechará y se tendrá por no presentada.

ARTÍCULO 114 QUINQUIES. En caso de que la empresa interesada cumpla con

todos los requisitos establecidos en la Ley para el trámite de la constancia, la

Secretaría General de Gobierno, por conducto de la Dirección de Transporte,

elaborará el dictamen respectivo, el cual turnará al titular del Ejecutivo del estado

para los efectos correspondientes.

ARTÍCULO 114 SEXIES. Una vez recibido el dictamen elaborado por la Secretaría

General de Gobierno, por conducto de la Dirección de Transporte, el titular del

Ejecutivo del estado emitirá el fallo correspondiente y notificará a la empresa

interesada, en un plazo no mayor a diez días hábiles, contado a partir de la fecha

de recepción del dictamen de que se trate, la procedencia de la solicitud.

ARTÍCULO 114 SEPTIES. La empresa interesada, a través de su representante

legal, tendrá un plazo no mayor a diez días hábiles, contado a partir de la fecha de

emisión del fallo que indique la procedencia de la solicitud, para recoger la

constancia. El incumplimiento de este plazo dará por cancelada la constancia y

por terminado este procedimiento.

ARTÍCULO 114 OCTIES. La constancia deberá contener la siguiente información:

I. Las fechas de expedición y de vigencia;

II. El número de identificación de la constancia;

III. El servicio que se autoriza;

IV. El nombre de la empresa de redes de transporte y su plataforma

tecnológica;

V. Las claves del registro federal y estatal de contribuyentes de la empresa

de redes de transporte; y

VI. Los municipios del estado donde podrá prestar sus servicios.

CAPÍTULO IV

DE LOS CERTIFICADOS VEHICULARES

ARTÍCULO 114 NONIES. El certificado vehicular que, en términos del artículo 40

quinquies de la Ley, se requerirá para prestar el servicio de transporte de

pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas, será expedido por la

Dirección de Transporte, previo cumplimiento del procedimiento establecido en

este Capítulo.

Los certificados vehiculares titulares se otorgarán a los propietarios del vehículo,

además se podrán otorgar hasta dos certificados vehiculares adicionales

exclusivamente para operar los vehículos. Ninguna persona podrá contar

simultáneamente con dos certificados vehiculares titulares.

MÉRIDA, YUC., VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016. DIARIO OFICIAL PÁGINA 17

Los certificados vehiculares podrán ser tramitados por las empresas de redes de

transporte, quienes, de igual forma, podrán solicitar la revocación de los

certificados, en cualquier momento.

Para la renovación del certificado vehicular, se seguirá el mismo procedimiento

establecido en este Reglamento para el otorgamiento.

ARTÍCULO 114 DECIES. Para obtener el certificado vehicular, se deberá cumplir

con los requisitos establecidos en el artículo 40 sexies de la Ley, para lo cual, los

interesados deberán presentar la siguiente documentación:

I. La solicitud por escrito;

II. El certificado de antecedentes no penales;

III. El certificado de no consumo de drogas, enervantes o psicotrópicos,

expedido por un médico con título legalmente registrado, así como los estudios

toxicológicos practicados para tal efecto;

IV. Las claves de los registros federal y estatal de contribuyentes;

V. La copia simple de la licencia de conducir vigente, expedida en el estado;

VI. El documento emitido por una empresa de redes de transporte en el que

conste su preregistro en esta; y

VII. La factura, carta-factura o cualquier documento análogo en el que

conste el propietario del vehículo mediante el cual se prestará el servicio así como

el valor de este y su antigüedad.

Tratándose del certificado vehicular adicional, a que se refiere el segundo párrafo

del artículo anterior, los interesados deberán presentar, además de los

documentos establecidos en este artículo, la autorización por escrito del

propietario del vehículo, así como copia de su certificado vehicular.

ARTÍCULO 114 UNDECIES. Para efectos de verificar el cumplimiento de los

requisitos establecidos en la fracción IX del artículo 40 sexies de la Ley, los

interesados deberán presentar el vehículo ante la Dirección de Transporte, la cual

realizará la inspección correspondiente.

En la estimación del valor del vehículo a que se refiere la fracción IX del artículo

40 sexies de la Ley, la Dirección de Transporte, mediante la inspección a que se

refiere este artículo, podrá considerar hasta un quince por ciento de las

erogaciones que se le hayan efectuado por concepto de la instalación de equipo,

accesorios u otras adecuaciones o mejoras.

ARTÍCULO 114 DUODECIES. Las personas que pretendan tramitar el certificado

vehicular para prestar el servicio de transporte de pasajeros contratado a través de

plataformas tecnológicas deberán presentar la documentación correspondiente a

la Dirección de Transporte.

En caso de que el interesado no cumpla con algún requisito, la Dirección de

Transporte le comunicará esta inconsistencia para que la solvente en un plazo de

diez días. Si la inconsistencia no se solventara dentro del plazo establecido, la

solicitud recibida se desechará y se tendrá por no presentada.

PÁGINA 18 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016.

ARTÍCULO 114 TERDECIES. En caso de que se cumplan con todos los requisitos

establecidos en la Ley para el trámite del certificado vehicular, la Dirección de

Transporte declarará la procedencia de la solicitud y expedirá la constancia

vehicular correspondiente.

ARTÍCULO 114 QUATERDECIES. El certificado vehicular deberá contener la

siguiente información:

I. Las fechas de expedición y de vigencia;

II. El número de identificación del certificado vehicular;

III. El servicio que se autoriza;

IV. El nombre y los datos de contacto del titular;

V. El número de la licencia de conducir del titular;

VI. La empresa de redes de transporte en la que está registrado el titular;

VII. La mención de si se trata de un certificado vehicular titular o adicional;

VIII. La marca, el modelo, el año de fabricación o de ejercicio automotriz y la

declaración de que el vehículo que utilizará el titular para la prestación del servicio

de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas

cumple con el valor, las características físicas y los requisitos administrativos en

materia de tránsito y vialidad necesarios para su circulación en el estado, en

términos del artículo 40 sexies, fracción IX, de la Ley; y

IX. El municipio del estado donde el titular podrá prestar el servicio de

transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas.

ARTÍCULO 114. QUINDECIES. El número de vehículos que podrán prestar el

servicio de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas

tecnológicas dependerá de la oferta y la demanda que exista en el estado.

ARTÍCULO 145. Los Inspectores de Transporte o los elementos policiales de la

Secretaría de Seguridad Pública podrán, en términos del artículo 24 de la Ley,

impedir la circulación o retener y remitir a los depósitos correspondientes cualquier

vehículo que viole de manera flagrante alguna de las infracciones establecidas en

la Ley o este Reglamento, siempre que concurran las siguientes condiciones:

I. a la VII. …

VIII. No se cuente con concesión, permiso o certificado vehicular para

prestar el servicio de transporte de pasajeros correspondiente.

ARTÍCULO 146. Se consideran violaciones graves a la Ley y se sancionarán con

multa de cincuenta a quinientas unidades de medida y actualización, las

infracciones siguientes:

I. a la IV. …

MÉRIDA, YUC., VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016. DIARIO OFICIAL PÁGINA 19

V. Por prestar algún servicio de transporte sin contar con las placas

expedidas por la Secretaria de Seguridad Pública para prestar el servicio que, en

su caso, las requiera, en los términos del artículo 42 de la Ley;

VI. Por continuar prestando el servicio de transporte cuando la concesión, el

permiso, la constancia o el certificado vehicular no hayan sido renovados, por

causas imputables al titular;

VII. Por prestar los servicios propios a las empresas de redes de transporte

sin contar con la constancia correspondiente, en términos del artículo 40 bis de la

Ley;

VIII. Por realizar cobros, por parte de las empresas de redes de transporte,

derivados de la prestación del servicio de transporte de pasajeros contratado a

través de plataformas tecnológicas, por otros medios que no sean tarjeta de

crédito o débito emitida por institución bancaria autorizada, en términos del artículo

40 quater, fracción V, de la Ley;

IX. Por permitir, por parte de las empresas de redes de transporte, el uso de

sus plataformas tecnológicas a personas que no cuenten con el certificado

vehicular expedido por la Dirección de Transporte, en términos del artículo 40,

fracción II, de la Ley;

X. Por prestar el servicio de transporte de pasajeros contratado a través de

plataformas tecnológicas sin contar con el certificado vehicular correspondiente,

en términos del artículo 40 quinquies de la Ley, o en un vehículo no amparado por

este certificado;

XI. Por realizar, por parte de los operadores del servicio de transporte de

pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas, oferta directa en la vía

pública del servicio que prestan o base, sitio o similares;

XII. Por efectuar, por parte de los operadores del servicio de transporte de

pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas, cobros en dinero en

efectivo o por otros medios que no sean tarjeta de crédito o débito emitida por

institución bancaria autorizada, en términos del artículo 40 septies, fracción VI, de

la Ley; y

XIII. Por colocar propaganda electoral en los vehículos en los que se preste

el servicio público de transporte de pasajeros.

ARTÍCULO 147. Se consideran violaciones graves a la Ley y su Reglamento y se

sancionarán con suspensión de uno o quince días o multa de veinticinco a ciento

cincuenta unidades de medida y actualización, las infracciones siguientes:

I. a la IV. …

V. Por no prestar el servicio gratuito en casos de emergencia, desastre o

problema grave, en los términos del artículo 35 fracción V de la Ley;

VI. Por no proporcionar mensualmente a la Dirección de Transporte, por

parte de las empresas de redes de transporte, el registro de operadores y de

vehículos inscritos en sus bases de datos, así como cualquier otra información

disponible que le solicite, en términos del artículo 40 quater, fracción III, de la Ley;

y

PÁGINA 20 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016.

VII. Por prestar el servicio de transporte de pasajeros contratado a través de

plataformas tecnológicas en contravención de las disposiciones establecidas en la

Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, y su reglamento, en términos

del artículo 40 septies, fracción III, de la Ley.

Las demás infracciones a la Ley y a este Reglamento que cometan los

concesionarios, los permisionarios, las empresas de redes de transporte o los

operadores del servicio de transporte de pasajeros contratado a través de

plataformas tecnológicas, serán sancionadas con multa de 25 a 100 unidades de

medida y actualización.

ARTÍCULO 148. Se deroga.

ARTÍCULO 150. El concesionario, permisionario o propietario de la unidad

destinada al servicio de transporte de pasajeros o de carga se hará responsable

solidario de las sanciones que se impongan a los operadores de ella.

Artículos transitorios

Primero. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el diario

oficial del estado.

Segundo. Plazo para realizar los trámites

Las empresas de redes de transporte tendrán un plazo de ciento veinte días,

contado a partir de la entrada en vigor de este decreto, para tramitar la constancia

y los certificados vehiculares correspondientes.

Se expide este decreto en la sede del Poder Ejecutivo, en Mérida, a 22 de agosto

de 2016.

( RÚBRICA )

Rolando Rodrigo Zapata Bello

Gobernador del Estado de Yucatán

 ( RÚBRICA )

Roberto Antonio Rodríguez Asaf

Secretario general del Gobierno

Jugador de Pokemón Go cae del techo de su casa en Progreso

Anoche, durante el apagón de la CFE que se registró en este puerto, un joven se cayó del techo de su casa, donde al parecer subió para jugar la popular aplicación de Pokemon Go y no pasar apuros por el calor que había en su habitación ante la falta de electricidad.
Anoche, a las 2 de la mañana, la corporación atendió la solicitud de auxilio de una familia, donde se reportó la caída de un joven de 21 años de edad en un domicilio ubicado en la calle 22×33 en la colonia Benito Juárez.
El joven fue identificado como Charly M.G.Ch., quien resultó con lesiones en la cabeza (traumatismo craneo-encefálico) y tuvo que ser trasladado de emergencia en la ambulancia de la Cruz Roja hasta el Centro de Salud para recibir atención médica.
Vecinos aseguraron a los policías que el joven estaba jugando Pokemon Go en el techo de su casa, pero debido a que no había luz, se tropezó y cayó. Otros vecinos dijeron a los agentes que además, el joven estaría en estado inconveniente.Progreso Hoy.

?El agua debe ser privatizada ?, declaró el Presidente de la Nestlé

Bajo la opinión de Peter Brabeck, el agua debe ser tratada como cualquier otro bien de los alimentos y tienen un valor de mercado establecido por la ley de la oferta y la demanda.

Peter Brabeck­ Letmathe, un empresario austríaco que es presidente del grupo Nestlé desde 2005, dice que es necesario de privatizar el suministro de agua.

Se supone que sería bueno, según él, para que la sociedad tome conciencia de su importancia y se deshaga de la manera de desaprovechar el agua que se produce hoy en día.

Estas palabras sucias que causaron estupor, especialmente cuando se toma en cuenta que Nestlé es el líder mundial en la venta de agua embotellada.

Un sector que representa el 8% de su capital, que en 2011 ascendió a aproximadamente el 68,5 millones de euros, parece ser entonces que este señor se quiere hacer multimillonario a nuestra costa.

Pero Brabeker se une a ese otra crítica nueva para poner de relieve el hecho de que muchas personas tienen la percepción de que el agua es gratis y por varias causas en ocasiones no les dan valor.

Así argumenta que los gobiernos deben asegurar que cada persona disponga de 5 litros de agua al día para beber y otros 25 litros para la higiene personal, pero el resto del consumo se podría pedir bajo criterio de negocio.

A pesar de los rechazos que provoca esta posición, que defiende sin contemplaciones con entrevistas como la que se muestra en el vídeo a continuación, y donde las ONG argumentan que el agua debe ser un derecho fundamental, y le dicen a este señor que es un extremista.

En su opinión, el agua debe ser tratada como cualquier otro alimento y tienen un valor de mercado establecido por la ley de la oferta y la demanda… Sólo de esta forma, emprenderíamos acciones para limitar el consumo excesivo que se produce en estos momentos.

 

Finge embarazo con tal de meter una sandía al cine

No damos crédito a la idea de esta chica.

Si tú eres alguien a quien le encantan las sandías o los melones y tu obsesión llega a tal grado de querer comer eso en el cine... quizá sigas su consejo.

Priscilla Bañuelos, una chica de 18 años originaria de California desarrolló el plan perfecto para comer sandía en una sala de cine: se pegó la fruta al vientre y fingió estar embarazada.

Ya que logró entrar, se sacó la sandía y le entró duro y tupido al atascón. Sus amigos también llevaron helado y polvos de distintos sabores para acompañar la botana.

Sin embargo, al salir notaron que no había bote de basura y tuvieron que dejar los restos dentro de la sala, lo que enfadó a los empleados.

"No pudieron limpiar su desastre", publicó un usuario de Twitter. 

Fuente: SDPNoticias

 

Destruye un BMW chocando contra vehículo de la Fiscalía de Yucatán

 Por ir a las prisas para ir a recoger a su hijo a la escuela, Bryan C. C. G. se voló el alto en el cruce de las avenidas 12 por 41 del fraccionamiento Mulsay y terminó “montado” en un vehículo de la Fiscalía General del Estado en el camellón central.

“Me espera una buena regañiza porque el vehículo es de mi hermano, pero afortunadamente no hubo heridos”, expresó Bryan, quien aceptó su responsabilidad y llamó a su ajustadora para hacerse cargo de los daños del vehículo oficial.

Poco después del mediodía, Bryan conducía el BMW 235i, de sur a norte, sobre la avenida 12 –a espaldas del cementerio Xoclán–, pero por ir a las prisas y distraído, no respetó la señal de alto de disco en el cruce con la avenida 41 del fraccionamiento Mulsay.

Al continuar su camino, el BWM fue embestido en su costado derecho por el frente del automóvil Vento, matrícula de la Fiscalía, que era conducido por Jonathan C. C., que transitaba de oriente a poniente sobre la segunda vía en preferencia de paso.

Tan fuerte fue el encontronazo, que el vehículo de lujo se elevó y quedó encima de la parte delantera izquierda del Vento y ambas unidades se proyectaron al ángulo norponiente del crucero, parcialmente sobre el camellón central de la avenida 12.

En minutos llegaron patrullas de la Secretaría de Seguridad Pública, cuyos tripulantes, al darse cuenta de que uno de los involucrados era un vehículo oficial, pidieron una grúa para moverlo y ponerlo sobre la avenida 41.

Bryan aceptó la responsabilidad de los hechos, por lo que luego llegaron los ajustadores de las aseguradoras, quienes se pudieron de acuerdo para la reparación de los daños.

Fuente: Milenio.

El PRD rompe con el alcalde de Progreso

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) rompió con el alcalde de Progreso, José Isabel Cortés Góngora “por mal gobierno” durante su primer año de gestión.

El PRD junto con los partidos Nueva Alianza y del Trabajo (PT) postularon como candidato común a Cortés Góngora el año pasado rumbo a las elecciones del 7 de junio de 2015 en la que resultó electo para el trienio 2015-2018.

Ayer el diputado local y expresidente estatal del PRD, David Barrera Zavala, enfatizó que “hoy nos deslindamos de ese mal gobierno, nunca solaparemos actos irresponsables que dañen a la ciudadanía de un municipio. No hay relación alguna entre el PRD y el alcalde de Progreso o con su administración”.

Barrera Zavala enfatizó que el alcalde de Progreso, José Isabel Cortés le ha quedado a deber a los ciudadanos en este primer año de gobierno pues no está cumpliendo los compromisos que asumió con la sociedad.

“Fueron tantas promesas de cambiar la forma de gobernar que por más de 70 años tienen a Progreso como hoy lo vemos, que la gente creyó en esas promesas y vemos que únicamente lo que hizo el actual alcalde fue dar continuidad a la peor manera de gobernar del PRI e incluso manteniendo a varios funcionarios o asesores de la administración pasada dentro del nuevo gobierno”, expuso Barrera Zavala.

El diputado local hizo un llamado a Cortés Góngora para que corrija el rumbo por el bien del municipio ya que Progreso necesita un alcalde preocupado por sacer adelante al municipio.

“En su momento hicimos de José Cortés nuestro candidato a la alcaldía pero hoy (por ayer) nos deslindamos de ese mal gobierno”, dijo el dirigente perredista quien agregó que en este primer año de gestión se evidencia que el alcalde de Progreso está pensando en hacer negocio personal con la administración municipal.

Recordó que diversos sectores han cuestionado al alcalde de Progreso por sus planes para privatizar los servicios públicos como la recoja de basura y el agua potable.

“Progreso requiere de un alcalde que saque adelante al municipio no a uno que esté pensado en hacer negocio personal, hoy se le ha criticado por el tema de la basura, por el tema del agua potable, por las quejas de los comisarios municipales, son varios asuntos en los que le ha fallado a los progreseños y a la sociedad”, remarcó David Barrera. Sipse.

Protesta familia de ex policía torturado de Tekax durante sesión solemne

Tekax, Yuc.­ Los regidores del PRD, Bayardo Ojeda Marrufo, Luis Canto Ávila y Rocío Baeza Quijano) y la del PRI, Reina Téllez May, abandonaron la Sesión Solemne de Cabildo en la que el alcalde de Tekax, Josué Manancé Cohuo Tzek, rindió su informe de gobierno municipal.

Después del pase de lista donde asistieron únicamente regidores del PRI, la edila Reina Tellez May, sacó una pancarta que decía. "estos son los resultados de primer año de gobierno del alcalde Josué Manancé Cohuo Tzek: falta de respeto a los derechos humanos, falta de rendición de cuentas, falta de eficiencia y resultados, falta de trato digno a la gente, falta de servicios públicos eficientes, falta de organización y legalidad".

Después de consideró que todos los asistentes hayan leído su pancarta, se bajó del escenario y abandona la sesión.

Seguidamente, el ex agente de la Policía municipal, Miguel Antonio Bacab Ku, quien fue golpeado y torturado por agentes tras por haber filtrado un video donde se torturaba a un detenido, se presentó en pleno en compañía de su familia y con pancartas que al pie decían "Presidente municipal Josué Manancé Cohuo Tzek: por qué me mantuviste en calidad de detenido mientras según tú, se liberaba la orden de aprehensión contra mí si sabías que nada tenía que ver con la tortura de mi amigo "Xix".

También en las pancartas decía: "Presidente municipal, Síndico municipal, Tesorero municipal, yo les informé antes de todas las anomalías que se cometían en la Policía Municipal y no me hicieron nada, Sr. Gobernador, Fiscal general del estado diputados y senadores, sólo exijo justicia y se ordene al Presidente Municipal que cese su hostigamiento y persecución en mi contra, y sí es culpable el Presiente Municipal, el Síndico y el Secretario, que se les castigue porque sabían todo y no hicieron nada para evitarlo".

Los invitados de honor como el secretario de Educación Víctor Caballero Durán, se sorprendieron de esos actos, incluso personascercanas al alcalde (seguridad) intentaron reprender la manifestación pacífica del ex agente lisiado por sus compañeros, pero mejor optaron por dejarlo, de lo contrario ocasionaría un alboroto.La gente que asistió optó por retirarse en su mayoría.

Lesiones y daño en la autopista Mérida-Cancún ¿ociosidad o acción deliberada?

Jorge Martínez usuario de Facebook denunció en su espaci de Facebook que gente desconocida estuvo tirando piedras desde un puente de la autopista Mérida-Cancún, en el kilómetro 176.

Hecho que compartimos con nuestros amables lectores para el efecto de que tengan cuidado quienes transiten por esa vía.

El quejoso señaló que el conductor del vehículo que aparece en la imagen resultó "seriamente lesionada".

Ojalá las autoridades tomen conocimiento del asunto y les finquen responsabilidades Jorge Martínez

VIDEO] Chica de secundaria sigue peleando con el brazo totalmente dislocado

En este video que ronda por redes sociales se muestra a un par de jovencitas de secundaria que se comienzan a pelear frente a una multitud de enardecidos y emocionados adolescentes.

Tras gopearse por algunos minutos, en una de las volteretas que la involucrada de mayor tamaño dio por el suelo, se aprecia cómo el brazo se vence y se le disloca a la altura del codo.

Aparentemente la accidentada no se percató de la lesión porque siguió golpeando durante unos segundos más, hasta que uno de los testigos previene e intenta separarlas.

Los hechos ocurrieron en Estados Unidos hace ya unos meses, sin embargo este video ha retomado fuerza en redes sociales y otros medios de comunicación.

 

Chica de secundaria sigue peleando con el brazo totalmente dislocado (VIDEO)

En este video que ronda por redes sociales se muestra a un par de jovencitas de secundaria que se comienzan a pelear frente a una multitud de enardecidos y emocionados adolescentes.

Tras gopearse por algunos minutos, en una de las volteretas que la involucrada de mayor tamaño dio por el suelo, se aprecia cómo el brazo se vence y se le disloca a la altura del codo.

Aparentemente la accidentada no se percató de la lesión porque siguió golpeando durante unos segundos más, hasta que uno de los testigos previene e intenta separarlas.

Los hechos ocurrieron en Estados Unidos hace ya unos meses, sin embargo este video ha retomado fuerza en redes sociales y otros medios de comunicación.

 

[VIDEO] Muchacha de secundaria sigue peleando con el brazo roto

En este video que ronda por redes sociales se muestra a un par de jovencitas de secundaria que se comienzan a pelear frente a una multitud de enardecidos y emocionados adolescentes.

Tras gopearse por algunos minutos, en una de las volteretas que la involucrada de mayor tamaño dio por el suelo, se aprecia cómo el brazo se vence y se le disloca a la altura del codo.

Aparentemente la accidentada no se percató de la lesión porque siguió golpeando durante unos segundos más, hasta que uno de los testigos previene e intenta separarlas.

Los hechos ocurrieron en Estados Unidos hace ya unos meses, sin embargo este video ha retomado fuerza en redes sociales y otros medios de comunicación.

Hallan cadáver de niño con rastros de mordidas humanas en Morelia

Morelia, Michoacán.- La madrugada de este viernes paramédicos de Cruz Roja encontraron el cuerpo de un menor con rastros de violencia, maltrato y desnutrición. El hallazgo se dio en las calles Tlacotepec y Cheranatzicuin, en la colonia Ricardo Flores Magón.

De acuerdo con información de Quadratín, la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) indicó que la madrastra del niño, de 27 años de edad fue detenida y que personal de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos de Violencia de Género e Intrafamiliar comenzó la investigación sobre su fallecimiento.

Sin embargo durante las primeras horas de este viernes, la Procuraduría recibió el reporte del hallazgo del cadáver y al lugar de los hechos acudieron paramédicos, quienes encontraron el cuerpo sin vida del menor que fue identificado como Julio César, de cinco años de edad. Según el reporte, tenía golpes en diferentes partes del cuerpo, así como cicatrices de presunta tortura, además de mordidas humanas en sus pantorrillas. Pero eso no fue todo, también estaba bajo peso y desnutrición “era casi un esqueleto”.

El sitio fue resguardado por la Policía Michoacán Unidad Morelia y la Policía Militar. Posteriormente, la madrastra del pequeño fue capturada y presentada ante las autoridades ministeriales para rendir su declaración sobre el hecho.

Versiones extraoficiales informaron a la Procuraduría informaron que el padre del menor se encuentra preso en el penal Mil Cumbres.

Con información de Quadratín.

Convivencia familiar que acabó cuando jóvenes acuchillaron a su tío en Xmatkuil

 En tragedia terminó anoche una riña entre parientes, en la comisaría de X’matkuil, en la calle 253 entre 50-E y 50-F, donde dos hermanos presuntamente tomaban cervezas con su tío y al calor de las copas comenzaron a discutir, lo que derivó en golpes y que la pareja de consanguíneos matara a navajazos a su pariente.

Vecinos de la víctima aseguraron que a menudo P. G.C. convivía con sus familiares y no pasaba nada, pero ayer fue la excepción, ya que se suscitó la trágica riña con sus sobrinos F. G. C. y A. G. C..

La víctima, quien en vida gustaba de beber con sus parientes, y sus sobrinos estaban en la puerta del predio de éstos y alrededor de las 19:40 horas comenzaron a discutir hasta que llegaron a los golpes.

A pesar de que los muchachos superaban en fuerza a su tío, los jóvenes sacaron una navaja con la que lo lesionaron de muerte.

Además, un auto estacionado a las puertas del predio, extrañamente terminó con rocazos en  el panorámico, lo que muy seguramente se debió a que después de lo sucedido, otros parientes vieron lo que pasó y comenzaron a agredirse entre ellos.

Al menos cinco piquetes le propinaron a su pariente los hermanos, quienes fueron detenidos por este homicidio.

Postura de la Familia Triay sobre la liberación de un implicado en asesinato

A la familia Triay, como al Tribunal Segundo de Juicio Oral, nos asiste una Duda Razonable: A nosotros, sobre quién no cumplió con su trabajo, y a ellos sobre si Enrique Lara González participó en el homicidio del doctor Felipe Triay Peniche junto con Pablo Santos García Gutiérrez, al que declaró culpable.

La Fiscalía General del Estado, representante social de los yucatecos, tuvo dos años para integrar la carpeta de investigación y aportó más de 150 pruebas en contra de ambos inculpados, psiquiatras los dos, a quienes acusó del homicidio más sangriento de que tengamos memoria. Durante dos años destinó personal exclusivo para llevar el caso y contó con todos los recursos necesarios para apoyarse.

En breve ceremonia de media hora, el Tribunal que encabeza la Lic. Verónica de Jesús Burgos Pérez condenó por unanimidad a Pablo Santos –el 31 le dictará sentencia- pero dejó en libertad inmediata a Enrique Lara, no porque éste fuera inocente, sino porque le asistía la duda sobre su culpabilidad.

Si el Tribunal tiene razón en su resolución, la Fiscalía hizo mal su trabajo y tenemos una Duda Razonable: ¿Lo hizo por ignorancia o por perversidad? Por cualquiera de ambas causas vale la pena preguntarnos en manos de quién estamos los yucatecos, y el Gobierno del Estado tendrá que integrarla al proyecto Escudo Yucatán para que reciba capacitación y formación sobre integridad y derechos humanos.

Y ya sea por una u otra, por ignorancia o perversidad, habrá que llamar a cuentas a la licenciada Celia Rivas, actual presidenta del Congreso, bajo cuya responsabilidad se integró la carpeta de investigación para que nos informe a que obedeció su decisión de inculpar a una persona de la que no tenía pruebas suficientes y contundentes.

En la relatoría que hizo el Tribunal sobre las razones de su fallo adverso a Pablo Santos, no incluyó en ningún momento las pruebas que parecían más determinantes, físicas y científicas, halladas en el departamento del asesino y tenemos la Duda Razonable sobre si no las tomó en cuenta porque la orden de cateo tenía un fallo técnico, una dirección que no correspondía al número del predio. Si esto es así, menudo Poder Judicial nos asiste.

El propio Tribunal admitió que con la tarjeta del doctor Triay se compraron unos aires acondicionados cuyas cajas utilizó Pablo Santos para depositar el cadáver mutilado de la víctima, pero no hizo mención de quién realizó la compra que, de acuerdo con dos de los testigos, empleados de la tienda, la hizo Enrique Lara.

Sobre esto último tenemos otra Duda Razonable: ¿Mintieron los testigos o el Tribunal hizo caso omiso porque estuvo mal integrada la acusación o porque necesitaba callar para favorecer a Enrique, en obediencia a alguien o a algo?.

Y también tenemos una Duda Razonable porque tampoco mencionó el Tribunal la acusación de la Fiscalía sobre la noche del 15 de agosto de 2,014 cuando, como declaró la encargada del estacionamiento de la Clínica CEM, Enrique fue por la camioneta de Felipe quien momentos antes había abordado en el Hyatt el auto de Pablo Santos para ir a donde le dieron muerte.

¿Mintió la testigo, mintieron todos los psiquiatras que acudieron para atestiguar sobre el vídeo que muestra a Enrique Lara entrando al estacionamiento mencionado, o el Tribunal no lo tomó en cuenta porque necesita callar sabe Dios por qué?

¿Será que no había pruebas suficientes en contra de Lara o debemos manifestar, como días antes lo hizo un alto funcionario de la Justicia en el Estado: fue un montaje mal hecho?

De nuevo la Duda Razonable: ¿En qué manos depositó el gobernador Rolando Zapata Bello Escudo Yucatán, saldrá la presidenta del Congreso a defender su trabajo anterior, para que nadie dude de su capacidad o de su autoridad moral?

¿Qué motivó la Duda Razonable de los juzgadores: será que hubo, como suele ocurrir en nuestro país, una mano negra oficial o económica que los obligó, convenció o motivó a decretar la libertad de Enrique, o es que de verdad valoran más tener un culpable en la calle que un inocente en la cárcel? No lo podremos saber, pero nos asiste una Duda Razonable.

Desde el inicio mismo de esta investigación la familia Triay fue clara en su solicitud: queremos AL culpable, no a UN culpable. Si luego de estas y otras consideraciones el señor Lara es inocente, estará en su derecho de actuar como a Derecho le corresponda para que le sea resarcido el daño que le hayan infligido, aunque quizá el trato para su liberación incluya su silencio. Nosotros seguiremos también los pasos que la ley nos permita pero, la verdad, tenemos una Duda Razoble sobre lo justo de la justicia. Ya vimos en manos de quién estamos. La Vieja Guardia.

 

España: colgó a su perra y la golpeó como si fuera una piñata hasta que la mató

Usuarios de redes sociales subieron una imagen junto con un texto en el que piden cárcel para una mujer desalmada que colgó a su perra del cuello y usó a su sobrino para que la golpeara como si fuera una piñata, mientras se reía del  sufrimiento del animalito. BASTA YA de tanta crueldad animal.

Esta mujer presumió de haber matado a su perra en su perfil de Facebook donde subió la foto y abajo escribió: "Miren, maté a mi perra todo porque mordió mi cargador y mi sobrino le está pegando como piñata".

Queremos que la la lleve ante la justicia y se le castigue con todo el peso de la Ley! señalan los denunciantes.

 

Denuncian a policías que se negaron a detener a un depravado en el Centro

María Fernanda, usuaria de Facebook, escribió en su espacio el siguiente mensaje (literal):

Hoy iba caminando por el centro sobre la 57 con 58. Un tipo del otro de lado de la calle, dentro de un edificio con la puerta abierta, me grita algo, volteo y se toca muy descarada y obscenamente "su paquete".

Le arme pleito le empiezo a gritar que salga de ahí y que le muestre a todos lo que está haciendo. Se pone retador y yo con el coraje, con la decisión de no callarme corro (muy ingenuamente) a buscar a un policía que justamente estaba a la vuelta.

Corrí tras la patrulla hasta que se detuvo en la Plaza de la Tecnología. Lo alcancé y le conté lo que me pasó, me dijo que no podía ir, que necesitaba pila y por eso había parado.

Le dije que entonces si él no me podía ayudar entonces ¿qué hacía?

Me señaló al policía (de tránsito) de la esquina, que fuera con él y que él fuese conmigo. Me acerco al policía y cuento nuevamente lo que me pasó, a pesar de verme acelerada por correr, de decirle que me acaba de pasar, me pregunta cosas que ya le había contado: ¿hace cuánto fue? ¿Dónde sucedió? No podía creerlo. Al final me dice que no puede ir conmigo, que su celular está cargando en la plaza y no tiene cómo comunicarse y que si se va lo regañan. Le dije que no tardaría, que no me gustaría que le hiciera eso a alguien más. El policía, para terminar me dio consejos, diciéndome:
-No es que usted sea la culpable, no estoy diciendo eso, pero no camine sola. Si ve a un hombre con mala pinta que camina hacia usted, cambie de banqueta. 
Dije gracias y me fui.
Estaba sumamente molesta e indignada. ¿En serio en estos tiempos caminar sola por la calle a las cuatro de la tarde es cosa de valentía?

Me da asco que eso pase. No me sorprende que los imbéciles sigan haciendo esa clase insultos, no le tienen miedo a nada porque realmente no les pasa nada. Asco. Por María Fernanda.

El alcalde de Hunucmá  acusó públicamente de corrupción a la síndico

En reciente sesión afloraron las ya añejas diferencias que existen entre los integrantes del Cabildo de Hunucmá, sobre entre el alcalde José Alberto Padrón Romero y la síndico Irene Beatriz Balam Chan a quien acusó públicamente de corrupta.

Como se sabe, la síndico Balam Chan fue suspendida de su cargo en dos ocasiones por el Cabildo. Una de ellas fue por cinco meses, ya que la funcionaria faltó a tres sesiones de regidores sin presentar justificación.

La ausencia fue porque realizó un viaje de paseo a Coahuila sin informar o solicitar autorización al Cabildo.

En las sesiones extraordinarias a las que no asistió la regidora se trataron asuntos relacionados con la seguridad en el municipio.

La sanción a la regidora-síndico se dio en el marco de divisionismo en el Cabildo, donde hay notorias diferencias entre la funcionaria sancionada y el alcalde.

En Coahuila, con 13 años, golpea y mata de 30 puñaladas a su novia

MONCLOVA, Coahuila (El Universal).-  Las huellas de la sangre aún están sobre la cama que ocupaba Diana Ramírez.

Ella tenía 11 años, cuando su ex novio Javier Olaguer, de 13 años, la mató de 30 cuchilladas el pasado 21 de abril.

“Todo me explotó en mi cabeza, llegué bien locote. No sé por qué llegué a esa casa, odio el día en que llegué ahí. Ahora estoy aquí encerrado, y a mí me gustaban las drogas, me gustaba el cotorreo, yo era libre, andaba en la calle, me decían ‘El Demonio’”,  narrando Javier desde el Centro de Salud Mental.

“Yo digo que con el primer fierro que le di en su casa ella no dijo nada (el joven se refiere a la primera de las 30 puñaladas). Yo no podía creer cuando el juez me dijo que estaba libre, porque yo sabía lo que había hecho. Creo que necesito ayuda sicológica porque a veces pienso mucho y me desespero y me pongo triste (…) y quiero otro permiso para salir otra vez afuera a una alberca y a comer pescado frito (Javier ha podido salir con su madre en dos ocasiones, custodiado fuera del Centro de Salud Mental).

“Ya me desesperé de estar aquí. Me harté, me quiero ir, me dan ataques de desesperación. Ya sé, yo tengo que cambiar mi vocabulario porque no me ha traído nada bueno (…) ¡Y quiero calcetines y unos bóxers!”.Javier, quien cumplió 14 años el 11 de mayo pasado y está en el área de Paidosiquiatría de ese centro de salud, dice: “Voy a hacer una fiesta aquí, ahora que estoy seguro de que no iré a la cárcel.

Yo saliendo voy a ir a una iglesia y quiero estudiar y trabajar y dejar las drogas; quiero ayudar a otros niños con lo que sé, con lo malo que me ha pasado allá en la calle.

Todas las noches me pongo a orar, no sólo por mí, sino por toda mi familia, por todo lo que hice mal”, cuenta un poco antes de despedirnos.” ¡Ah, y necesito un partido de futbol allá afuera. Por cierto, ¿dónde quedaron mis tenis, mamá? Necesito mis tenis”, reclama esta vez.

Mientras tanto, en el Centro de Salud Mental algunos padres han manifestado su inconformidad ante el hecho de que sus hijos convivan con quien llaman “un asesino”.

Javier Olaguer toma un promedio de cinco pastillas diarias para el control de los impulsos en este Centro de Salud Mental. “Pienso por qué no me duele, como si fuera normal para mí; no sentí nada cuando la vi ahí, sólo dije: ‘Ya la cagué’, y me fui, pensé que me iban a meter al bote”, agrega el joven.

Está vestido con una playera café y pantalón crema (el uniforme que usan los pacientes de este centro que recibe a menores de entre 12 y 17 años). Es alto, lleva en la mano izquierda una marca, hecha con cigarro, con las letras BPL. Son las siglas de su pandilla: Barrio Payasos Locos. También tiene otras huellas en su cuerpo, hechas con cigarrillos.

Mientras relata, Javier va entregándole a Alicia, su madre, los dibujos que le ha hecho durante los últimos días y también le canta una canción que le acaba de componer: “Mamá, yo quiero que estés conmigo, para siempre a mi lado, un saludo a mi familia que mucho los extraño, y yo te quiero, la verdad sin ti me muero, se me va el aliento cuando no te tengo cerca, mamá perdóname por ser el malo de la familia, pero así soy yo, qué quieres que te diga (…)”. Su madre escucha y le toma la mano.

Javier fue referido a este lugar por petición de su madre, por un acuerdo entre autoridades de Monclova, Coahuila, y por orden de un juez especializado en el sistema de justicia para adolescentes.

En su expediente clínico, el joven en su momento refirió: “Cuando me corría mi mamá, me ponía triste, tenía ganas de morirme, mejor no hubiera nacido, me duraba un rato mientras se me pasaba el enojo, me peleaba con ella a cada rato, a empujones”.

Javier no puede entrar a un tutelar de menores por la edad que tenía al cometer el homicidio.Las leyes lo marcan así. “En el momento del asesinato Javier tenía 13 años, y la Constitución establece —en su artículo 18— que el internamiento se utilizará sólo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda.

Podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de 14 años, por la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito”, dice José Luis Valdez, de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) en el estado de Coahuila, quien da asesoría jurídica a la señora Blanca Delia Estrada Muñoz, madre de Diana.

“El artículo 18 constitucional establece que las personas que hayan cometido un delito y que sean menores de 14 años no pueden ser sujetos de ningún tipo de internamiento. Es decir, los niños menores de 14 años, por ley, son inimputables”, explica el funcionario.

“Además, el Estado mexicano ha adoptado diversas disposiciones de carácter internacional, como la Convención sobre los Derecho del Niño, que en materia penal establece, en su artículo 37, que: ‘No se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de 18 años de edad. La detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo de conformidad con la ley y se utilizará tan sólo como medida de último recurso y durante el periodo más breve que proceda’, establece dicha convención, a la que México está suscrita”.

Valdez explica que Javier Olaguer fue detenido el mismo día del asesinato de Diana y fue puesto a disposición del Ministerio Público, y después ante un juez, quien determinó que no puede ser privado de su libertad en un tutelar de menores precisamente por su edad.

“Es muy difícil empatar los derechos de las víctimas con los derechos de los imputados. Habría que admitir que los poderes estatales y federales no funcionan perfectamente; pero en este caso, la carpeta de investigación está bien armada y no existió omisión o mala investigación por parte del Ministerio Público”, asegura.

“Le he explicado a la señora Blanca Delia que podemos solicitar la reparación del daño que, en el estado de Coahuila, en los casos de homicidio debe andar por los 420 mil pesos, considerando los gastos funerarios. Pero si la familia (del homicida) no pudiera pagarlos, nos topamos con otro obstáculo, pues una persona tampoco puede ser privada de su libertad por deudas de carácter cívico”, explica.- Cristina Pérez-Stadelmann

No se descarta la existencia de un asesino en serie en Yucatán

Tres homicidios, con características similares, de mujeres jóvenes aún no resueltos encendieron los focos rojos de las autoridades.

Los crímenes ocurrieron en los meses de julio, septiembre y la semana pasada, cuando se descubrió el cadáver de una joven en montes de Conkal. Los tres asesinatos siguen sin resolverse.

Dos de las muertes ocurrieron en el municipio de Umán, distante a unos 15 kilómetros de Mérida, donde los cadáveres se encontraron, uno, en el monte, a unos 200 metros del camino, y otro en el interior de una aguada también distante unos 200 metros de la carretera.

Los tres crímenes guardan características entre sí, lo que ha puesto en alerta a las autoridades ministeriales, ya que, según algunas fuentes ministeriales, cabe la posibilidad de que se trate de un mismo asesino.

“Es una de las hipótesis, como tenemos otras”, indicó uno de los agentes que participa en la investigación.

Como habría ocurrido con Mario Alberto Sulú Canché, asesino serial conocido como “el Matachavitas”, quien dejaba los cadáveres en la zona centro del estado.

Sobre estos casos, por ejemplo, las tres víctimas tenían 17, 20 y 18 años, respectivamente; los cuerpos fueron encontrados en lugares de difícil acceso, las tres tenían huellas de haber sido atacadas sexualmente, como reveló la necropsia, y antes de su hallazgo habían sido reportadas desaparecidas por sus familiares.

Ninguna de las víctimas fue asesinada con arma; en dos de los casos, la causa de la muerte fue por asfixia y otra más por traumatismo craneoencefálico, producto de un golpe en la cabeza con un objeto contundente.

El primer crimen salió a la luz pública el 15 de julio de este año, cuando se descubrió el cadáver de la joven Alejandrina Guadalupe Chacón López, de 17 años de edad. El cuerpo se encontraba semienterrado en montes de la salida de Umán.

El homicidio habría ocurrido días antes, ya que el cadáver estaba en estado de descomposición. La familia reportó la desaparición una semana antes del hallazgo del cadáver. La causa de la muerte fue traumatismo craneoencefálico.

El 19 de abril se descubrió el cadáver de Abril H. M., de 20 años de edad, flotando en una aguada. La muerte habría ocurrido un día antes. Un grupo de estudiantes que fue a nadar en ese lugar descubrió el cuerpo. No tenía documentos ni nada de valor. Los familiares de la joven habían reportado su desaparición dos días antes.

Finalmente, el jueves 17 fue encontrado el cadáver de Martha Eugenia Martínez Ávila, de 18 años de edad, en montes de Conkal.

El cuerpo se encontraba totalmente desnudo y tenía huellas de haber sido atacada sexualmente. Dos días antes del hallazgo la joven estaba desaparecida.

En ninguno de estos tres casos hay detenidos.

En el crimen de la joven Alejandrina Guadalupe, el sospechoso era un chiapaneco que le ofreció a la joven trabajo como modelo. En los otros dos aún no hay datos concretos. Aunque en el homicidio de Martha Eugenia se tienen sospechosos, aún no hay evidencias contundentes

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