Noticias de Yucatán.
Chihuahua. Alfredo “El Caballo” Lozoya y Miguel Riggs, candidatos de Movimiento Ciudadano a la gubernatura del estado y a la alcaldía de Chihuahua capital, respectivamente, acudieron con maquinaria para demoler una vivienda a principios del mes de mayo en la colonia Punta Oriente, por considerarla “un picadero” (lugar de consumo de drogas).
Una semana después, ya en medio de la polémica por esa acción, realizaron una conferencia de prensa para justificar sus hechos. Ahí presentaron un video en el que la propietaria les agradece por intervenir en su casa, que supuestamente había sido invadida por consumidores de cristal.
Con ese video intentaron disipar las acusaciones de haber violado las leyes, ya que ninguno tenía permiso ni facultad para eliminar esa construcción. Pero especialistas consultados nos explicaron qué conductas irregulares cometieron los candidatos y qué normas pudieron vulnerarse:
Más vale pedir perdón que permiso
Los candidatos de Movimiento Ciudadano afirmaron en conferencia de prensa que ya existía un permiso por parte de la verdadera dueña de la casa derrumbada en Punta Oriente. Pero en realidad se referían a un permiso verbal para crear un parque, y no para tirar la vivienda.
“Tenemos ya la autorización legal para intervenir este lote, para hacerlo un parque público y para dejarlo a la ciudadanía de la mejor manera”, dijo Lozoya, para después presentar imágenes del parque que construirá en el terreno de aproximadamente 110 metros cuadrados.
La dueña legítima de la casa declaró lo siguiente en el video presentado:
“Ellos prometieron hacer un parque ahí a toda la comunidad de Punta Oriente. Y yo deseo que sea así, que se convierta en un área verde, donde los niños puedan salir a divertirse. Que las niñas no corran peligro en esas áreas. Gracias al Caballo Lozoya y a Miguel Riggs por ir a Punta Oriente y sacar a los criminales de ahí.”
Fue posible entrevistar al esposo de la propietaria legal del predio, quien aparece dentro del Registro Público de la Propiedad (RPP). Él dijo que ambos otorgaron el permiso para que los candidatos construyeran el parque en el terreno, después de que estos derrumbaran la construcción, pues el área verde haría bien a los vecinos y ellos ya no ocupaban esa casa.
Sin embargo, también declaró que ellos se enteraron del derrumbe de su propiedad varios días después, gracias a un aviso de parte del INFONAVIT. Había escuchado en medios que en Punta Oriente unos candidatos derribaron una casa, añadió, pero jamás imaginó que fuera la suya.
Es decir, los candidatos no contaban con ningún permiso de parte de los propietarios al momento de derribar el inmueble. Ni siquiera se habían contactado con ellos.
“Ellos hicieron lo que fue la demolición de la casa y ya se comunicaron con nosotros. No sé de qué manera dieron con el teléfono de mi señora. Entonces ya tuvimos una cita y una conversación, nos pidieron disculpas, nos dieron explicación y francamente nosotros dijimos ‘ya lo hecho, hecho está’”.
También dijo estar agradecido, ya que el INFONAVIT les prometió que cancelarían el crédito que tenían que seguir pagando por otros 15 años más, un compromiso económico que era una carga para la familia.
“Me iba a costar más a mí rehabilitarla porque ya le habían quitado todo, el baño, supongo que el cablerío ya lo habían quitado. Entonces dijimos pues pasó y ya no tenemos esa deuda”.
Aunque se quedaron sin la construcción, el terreno seguirá siendo de su propiedad.
La información coincide con declaraciones públicas hechas por el delegado de esa dependencia federal en materia de vivienda, Octavio García.
El matrimonio dejó de vivir en esa casa años atrás por la inseguridad de la colonia, un asentamiento de casas de interés social a la orilla de la mancha urbana. Ahí habían instalado una pequeña tienda que quebró por regalar productos a los vecinos para ayudarlos.
Después de mudarse a otra zona de la ciudad, visitaron la casa cada vez menos hasta que decidieron tapiarla. No la visitaron durante el tiempo de la pandemia, lo que permitió que otras personas la ocuparan.
Lozoya y el candidato a la presidencia municipal, Miguel Riggs, dieron con el matrimonio después de que este recibiera el aviso del INFONAVIT. Les llamaron por teléfono y ofrecieron una disculpa. Luego les prometieron convertir el predio en un parque.
La pareja aceptó la propuesta de los candidatos y creen que un parque servirá para que los niños de la colonia puedan jugar en un lugar seguro, por lo que no procederán a denunciar.
Los candidatos les prometieron que el parque se pagaría de su bolsa, ya que ninguno de ellos es funcionario público o tiene facultad política para ordenar la construcción de un parque.
“Ellos lo van a pagar. No es directamente, como se haría normalmente. En este caso es de palabra nada más. Ellos se comprometieron a llevar gente a limpiar, poner pastito, una canchita, como si yo lo hiciera en mi propio terreno. De buena fe”.
Raúl Fernando Pérez, de Raíchali
Sin antecedentes de ‘picadero’
De acuerdo con Lozoya, al interior del inmueble ubicado en Punta Oriente se encontraron cámaras que daban al exterior y aditamentos que supuestamente se utilizan para el consumo de “cristal”.
El candidato relató que ese día no llegó ninguna autoridad municipal mientras se hacía el derrumbe, pese a que, según dijo, se solicitó su presencia. “Duramos tres horas derrumbando y nunca llegó la Policía Municipal, por más que pedimos su intervención”, declaró.
Sin embargo, vecinos de la vivienda comentaron que antes de que llegaran los candidatos con la maquinaria pesada, miembros de la fiscalía entraron al lugar.
A la par, el vocero de la Fiscalía, Carlos Huerta, explicó que no existían denuncias recientes que expusieran la propiedad derrumbada como un espacio de consumo de drogas
“Nosotros no tenemos antecedente de que haya sido un picadero. Tal vez en un tiempo atrás, en un tiempo mucho atrás, hayan usado esa casa como picadero. Pero de que tengamos un antecedente reciente, no lo tenemos”.
Lozoya dijo que la mujer que se había identificado como propietaria de la casa supuestamente había sido detenida previo al derrumbe, junto con otros dos hombres en la misma colonia, acusada de narcomenudeo y en posesión de 800 dosis de cristal.
“No vamos a tener un solo punto de flexión con el crimen organizado y el narcomenudeo, todo lo que encontremos en estas condiciones lo vamos a limpiar”, refirió Lozoya.
Al momento de la demolición, la mujer “ocupante” del domicilio no estaba en el lugar. Versiones de sus familiares detallan que los documentos que demostraban la legalidad de su estancia en la casa presuntamente se encontraban en la misma al momento del derrumbe, al igual que muchas de sus pertenencias personales. La ocupante de la casa interpuso una denuncia por daños bajo el folio 8095/2021. Pero ella no es la dueña del inmueble.
¿Cuáles son las consecuencias de derribar una casa sin permiso?
Además de violentar la propiedad privada, los candidatos violentaron la privacidad al exhibir que la persona ocupante fue detenida por presunta venta de “cristal”, señaló el abogado Gabriel García Elguera, especialista en derecho penal y académico.
“No tiene ni el derecho ni la facultad de tirar una casa nada más porque supuestamente es un picadero, bajo ninguna circunstancia, ni siquiera la autoridad”, explicó.
Respecto a que Lozoya señaló que la ocupante fue detenida por venta de drogas, el abogado comentó que exhibirla violenta su privacidad, y aun cuando se comprobara mediante un Tribunal su culpabilidad tampoco da pie a derrumbar la propiedad.
“Lozoya no es autoridad para imponer pena, no es juez, no es autoridad penal, aún lo que se argumenta, de que había reportes, de que era picadero, eso no da pie a que se llevara a cabo ese acto”, dijo.
García Elguera mencionó que las responsabilidades que podrían enfrentar serían principalmente en materia penal, por daños y allanamiento de vivienda.
Detalló que al entrar sin autorización del propietario y derrumbar la vivienda se incurrió en daños y allanamiento.
Según indica el Código Penal del Estado de Chihuahua en el capítulo X artículo 236, a quien destruya o deteriore una cosa ajena se le impondrán distintas penas y multas que varían según el valor de los daños, que va desde los 6 meses hasta doce años en prisión.
En el capítulo IV artículo 205 se menciona que en el estado de Chihuahua se castiga hasta con dos años de prisión y de 50 a 100 días de multa a quien sin motivo o justificación se introduzca en una vivienda.
Respecto a si se usurpó a alguna autoridad o función pública durante este suceso, el abogado comentó que no aplica como tal, debido a que no hay una investigación penal. Sin embargo, destacó que es importante investigar si se invadió alguna esfera de gobierno para conseguir la maquinaria usada en el derrumbe.
Precisó que únicamente en caso de que en el domicilio hubiese una investigación en curso, por algún delito, puede proceder el señalamiento de que se obstaculizó un proceso, debido a que con la demolición se borra posible evidencia.
Indicó que la exhibición de la presunta dueña no recae en violar presunción de inocencia, ya que esto aplica cuando la autoridad trata como culpable a una persona antes de llevarla a juicio. Agregó que podría existir difamación, lo cual actualmente no está sancionado por el Código Penal de Chihuahua.
Además, Gabriel García comentó que los responsables de la demolición pueden enfrentar multas o sanciones por no acatar reglamentos municipales, dado que derrumbar una propiedad requiere autorización previa.
De acuerdo con el Reglamento de Construcción y Normas Técnicas del Municipio de Chihuahua, en su artículo 16, la Licencia de Construcción se expide por la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio a propietarios o poseedores para autorizar la construcción, ampliación, modificación reparación o derrumbe, según sea el caso.
El mismo artículo indica que para obtener esta licencia se deberán cumplir los requisitos en los formatos a llenar en la Ventanilla Única de la Dirección, y se evaluará su autorización o no en un plazo no mayor a 72 horas.
En el artículo 26, que habla sobre las excepciones a la Licencia de Construcción, se indica que en el caso de demoliciones aplica siempre y cuando se acredite la propiedad del inmueble y sea de un cuarto aislado de 16 metros cuadrados, si está desocupado y sin afectar la estabilidad del resto de la construcción. Esta excepción no operará cuando se trate de los inmuebles a que se refiere la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas.
En el artículo 46, que aborda las medidas de inspección, vigilancia y seguridad, en el numeral III inciso d, se indica que la Dirección deberá inspeccionar obras irregulares en un plazo no máximo de 72 horas posteriores al reporte y efectuar el dictamen en máximo de 48 horas.
En el capítulo Segundo artículo 262 numeral II inciso e indica que se multará hasta con 50 veces el salario mínimo cuando se hagan excavaciones u obras que afecten la estabilidad del inmueble, de las construcciones y predios de vecinos o de la vía pública.
En el artículo 47 del Reglamento de Desarrollo Urbano Sostenible del Municipio de Chihuahua se indica que en el caso de demoliciones será necesario presentar un programa en el que se indicará el orden y fechas aproximadas en que se demolerán los elementos de construcción. En caso de prever el uso de explosivos, el programa de demolición señalará con toda precisión fecha y hora en que se realizarán las explosiones.