Previendo la entrada en vigor de la reforma judicial, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) el pasado 11 de septiembre aprobó por unanimidad un sistema que otorga compensaciones vitalicias, que se suman a las pensiones ya otorgadas por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) y que serán de 45 a 80 por ciento del ingreso otorgado por el instituto.
Y es que hasta el pasado 31 de julio, en el CJF laboraban 768 jueces de distrito y 951 magistrados. Los primeros tienen un sueldo tabular neto mensual de 139 mil 210 pesos, y los magistrados, de 152 mil 531, de acuerdo con la Síntesis de la Información Relevante en Materia Administrativa del CJF.
Pero con la entrada en vigor de la reforma del Poder Judicial, que ya fue aprobada por 22 congresos locales y el Congreso de la Unión, cuyo decreto de reforma se espera que sea publicado este 15 de septiembre, se extinguirán los fideicomisos que tienen la Suprema de Justicia de la Nación (SCJN) y el CJF. El último estado que cuenta con este fondo para pensiones complementarias de magistrados y jueces federales reportó al 30 de junio de este año un saldo de 5 mil 191 millones 604 mil 408 pesos.
Esta modificación aprobada por el CJF y dada a conocer este viernes 13 de septiembre considera que los jueces y magistrados que hayan desempeñado cargos administrativos o jurisdiccionales en cualquier instancia del Poder Judicial de la Federación (PJF) puedan solicitar la jubilación anticipada a los 55 años de edad o menos, siempre que hayan laborado desde 25 años y hasta 35 años en el mismo, con lo cual obtendrán 45 por ciento de pensión complementaria.
Dicha medida beneficia a jueces y magistrados, ya que la Ley del Issste sólo permite la pensión por jubilación con edad mínima de 58 años de edad para los hombres y 56 para las mujeres.
“Se otorgará este beneficio a quienes tengan 57 años de edad y 25 de servicio, y la pensión complementaria puede llegar hasta 52.5 por ciento si tienen 35 años de servicio”.
A quienes tengan al menos 65 años de edad y 35 de servicio, se les otorgará el mayor porcentaje de pensión complementaria (80%).
Así, los porcentajes que corresponderán a cada magistrado o juez quedaron definidos en una tabla, y con ello quedó reformado el artículo 73 del acuerdo general del pleno del CJF, que establece las condiciones generales de trabajo para magistrados y jueces.
Cabe destacar que este acuerdo que actualmente regula el plan de pensiones complementarias de magistrados de circuito y jueces de distrito establece una edad mínima de 65 años y al menos 25 años de servicio para acceder a la pensión complementaria por retiro anticipado, alineándose con la pensión por vejez del Issste. Aunque no contempla los diferentes tipos de pensiones reconocidos en la Ley del Issste.