En un recorrido por el ejido de Ucú se constató que las tierras tienen árboles suficientes para ser declaradas forestales y con ello se echaría por tierra la compra de las 3,000 hectáreas de parte del gobierno del Estado.
La ley dice que si en una hectárea hay más de 15 árboles con tallos de 11 centímetros de diámetro se considera forestal.
En ese caso se aplica el artículo 59 de la Ley Agraria, que anula cualquier operación comercial.
Legisladores del PAN afirman que ése es el caso de Ucú.
Un posesionario que guió el recorrido afirmó que hay zonas del ejido que tienen hasta 50 años que no han sido trabajadas, de manera que se puede pronosticar cuál será el sentido del dictamen de Semarnat.
En un recorrido por un sector de las 3,000 hectáreas, por las que, según el Ejecutivo ya pagó $343.3 millones, se constató que hay árboles de kitinché, chacá, tzalam, yax ek y jabín, entre otras variedades, cuyo número rebasa con mucho el parámetro que establece la ley forestal para proteger la zona.
La ley dice que si hay más de 15 árboles con tallos de 11 centímetros de diámetro por hectárea se considera área forestal.
Con la ayuda de uno de los posesionarios de Ucú, que sirvió de guía en el recorrido, se confirmó que el número de árboles con esas características por hectárea es mucho mayor.
A unos dos kilómetros del acceso al ejido, entrando por la comisaría de Chalmuch, se encontraron incluso varios vestigios arqueológicos, que implicarían otras restricciones al “Plan Maestro Ucú”.
Según el guía, en dos años lo único que ha hecho el gobierno del Estado en el ejido son brechas. Asegura que no hay tala de árboles para deforestar el sitio.
El senador Hugo Laviada advirtió, como publicamos, que el Ejecutivo es capaz de mandar talar árboles a fin de que cuando lleguen los inspectores de la Semarnat emitan un dictamen favorable a la compraventa.
Ante esa eventualidad, las autoridades ambientales afirman que, aunque el Ejecutivo mande talar o incendiar el ejido, el dictamen no cambiaría.
El artículo 119 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, agregan, dispone que los terrenos forestales seguirán considerándose como tales aunque pierdan su cubierta forestal por acciones ilícitas, plagas, enfermedades, incendios, deslaves, huracanes o cualquier otra causa.
La tala o incendio deliberado, advierten las autoridades, lo cual sería muy evidente, constituyen delitos graves.
El artículo 48 del Código Penal Federal dice que se impondrá pena de 6 meses a 9 años de prisión y multa equivalente de 100 a 3,000 días de salario, a quien desmonte o destruya la vegetación natural, corte, arranque, derribe o tale algún árbol y cambie el uso forestal.
El artículo 420 Bis del mismo Código indica que se impondrá pena de dos a diez años de prisión y multa equivale de 300 a 3,000 días de multa a quien provoque un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o el ambiente.
En el recorrido, el guía de Ucú afirmó que hay zonas del ejido que no se han tocado en 50 años, de manera que la vegetación es más abundante en esos sitios que forman parte de las 3,000 hectáreas en pugna.
El campesino dice que menos de 50 de los 176 ejidatarios trabajan la tierra, en unidades citrícolas y hortalizas, y sólo 20 de los 180 posesionarios tienen pequeños ranchos, apiarios o cultivan hortalizas.
Entre otros comentarios, el guía afirmó que el Ejecutivo, por medio de su intermediario Fernando Pérez Escalante, ahora convertido en “asesor” del ejido, sólo le ha pagado $600,000 a los posesionarios y no los $700,000 como dijo el presidente del comisariado Antonio Euán Dzul.
Autoridades ambientales afirman que, aún cuando el Ejecutivo mandara talar o incendiar las tierras, el dictamen no cambiaría y sí, por el contrario, sería un delito grave.
Como informamos el miércoles pasado, el senador Hugo Laviada afirmó que “ya averiguamos con las autoridades agrarias del más alto nivel qué hay con las tierras de Ucú y la respuesta es contundente: su estatus jurídico sigue siendo ejidal, de manera que no es sujeto de compraventa”.