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La construcción de un mercado en el campo de fútbol de Kimbilá no está en el catálogo de políticas públicas que reportó el Ayuntamiento de Izamal, por tanto conforme a la ley puede someterse a plebiscito para que la población decida si se hace, dijo ayer José Antonio Martínez Magaña, consejero electoral del Estado.
Como presidente de la comisión de Participación Ciudadana del Instituto de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Ipepac), Martínez Magaña puntualizó que esa obra puede ser desechada, si el resultado del plebiscito así lo señala.
Como se ha informado, vecinos de Kimbilá están inconformes con esta obra que inició Fermín Sosa Lugo, alcalde de Izamal, desde el pasado 14 de noviembre, y se pide que se someta a una consulta pública la realización del mercado.
Las obras no reportadas en el catálogo, como es este caso de Kimbilá, pueden ser sometidas a un plebiscito, para que sea la población y no el alcalde quien decida si se hace o no.En cuanto a los requisitos a cumplir para hacer el plebiscito, el consejero informó que el principal es que sea por lo menos el 4% del listado nominal de electores del municipio.
En Izamal el listado nominal, es de alrededor de 18,300 electores y el mínimo de firmas que se requiere para iniciar el proceso del plebiscito, es de unos 730 electores de ese municipio.Martínez Magaña precisó, que en caso de cubrirse ese requisito e iniciar el proceso del plebiscito, el Ayuntamiento tendría que suspender los trabajos de construcción del mercado, hasta esperar el resultado.
En caso de que la mayoría decidiera que no se debe hacer el mercado, el alcalde tendrá que dar marcha atrás, incluso retirar todo lo que ya hubiese construido de esa obra.El consejero recordó que no sería la primera vez que esto sucediera, ya en el pasado ocurrió, el último caso fue de Acanceh, donde el alcalde tuvo que desbaratar lo que había construido de una cancha de fútbol, que la población le rechazó mediante un plebiscito.-
Construcción de un mercado en manos del pueblo
Catálogo de obras
Entrevistado al respecto Martínez Magaña citó que conforme a la Ley de Participación Ciudadana, todos los municipios deben presentar a fines del año el catálogo de políticas públicas (obras y programas) que pretende realizar el año siguiente, para que en caso de no estar de acuerdo con alguna lo señale la población y se sometan a plebiscito, cubriendo los requisitos indispensables.
Construcción | Mercado
En Kimbilá conforme a la ley puede someterse a plebiscito la decisión de construirlo.
Requisitos
El consejero informó que el principal es que sea por lo menos el 4% del listado nominal de electores del municipio.
Firmas
El listado nominal es de alrededor de 18,300. El mínimo de firmas que se requiere para iniciar el proceso del plebiscito, es de unos 730 electores.