Nayarit. En el nuevo Código Penal del Estado de Nayarit ya se tipifica en delito de “Hostigamiento al Deudor”. Se configura cuando una persona es hostigada, acosada o amenazada por un cobrador para que pague una cuenta pendiente. La sanción por este delito es de seis meses a los dos años de prisión.
Asimismo una multa de 10 a 50 días de salario mínimo. El Congreso de Nayarit determinó que a ninguna persona se le pude exigir el cumplimiento de un adeudo a base de intimidaciones o insultos.
La ley contempla que la intimidación verbal o escrita, personal o a través de cualquier medio, como teléfono, internet o intermediarios, de manera reiterada y fuera del marco legal para exigir adeudos será susceptible de sanción. Estos adeudos pueden ser de cualquier tipo: crediticio, hipotecario, financiero, etc.