Pasta de Conchos, el primer caso minero que admite la CIDH

05 mayo 2018
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 (Proceso).- Durante 12 años, los deudos de los trabajadores fallecidos en la mina Pasta de Conchos recorrieron instancias judiciales intentando que se investigara lo ocurrido, recuperar los cuerpos, obtener indemnizaciones y pensiones justas, además de erradicar la precariedad en las condiciones de seguridad, salud y de derechos laborales prevaleciente en la región carbonífera de Coahuila.
Fue infructuoso. La empresa declaró, con un peritaje de dudoso rigor científico, que era imposible avanzar en el filón. Los gobiernos estatal y federal aceptaron sus argumentos; sin cuerpos, emitieron actas de defunción que se usaron para tasar cotizaciones bajas, dejando a las familias en la miseria sin reconocerles siquiera “interés jurídico” y, con todo eso, fue posible dar carpetazo a la averiguación previa federal abierta por el siniestro del 19 de febrero de 2006, que causó la muerte de 65 trabajadores y daños irreparables a la salud de ocho más.
Con todas las puertas del sistema de justicia cerradas, en 2010 finalmente llevaron su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pero por condiciones de procedimiento fue hasta el pasado 24 de febrero cuando, con base en el Informe de Admisibilidad 12/18, se aprobó abrir el caso 13.552, lo que se notificó a las víctimas el 26 de marzo.
“Es providencial que el caso se haya admitido en pleno proceso electoral, porque deja en evidencia a una clase política cuya sola existencia revictimiza: son los mismos desde hace 12 años los que ahora se disputan los puestos y eso es una revictimización. ¿Qué clase de país somos si los que engañaron, mintieron, defraudaron, ahora ofrecen cambios?”, plantea Cristina Auerbach Benavides, defensora de derechos humanos laborales, quien acompaña a las familias peticionarias ante la CIDH.
Y es que dicha admisibilidad del caso, si bien no individualiza responsabilidades, arroja los reflectores sobre las acciones y omisiones de funcionarios que, pasando por diferentes áreas de gobierno, eludieron los reclamos de justicia de deudos y familiares, como ha documentado Proceso desde febrero de 2006.
Ocurrió cuando era presidente Vicente Fox –hoy promotor del candidato del PRI José Antonio Meade– y el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) era Francisco Javier Salazar Sáenz, hoy candidato suplente al Senado de la alianza Por México al Frente.
Sus respectivos relevos, que persistieron en el cierre de la mina para evitar la investigación, fueron Felipe Calderón –cuya esposa se postuló al mismo cargo– y en la STPS Javier Lozano Alarcón, hoy vocero de Meade.
El accidente ocurrió en instalaciones propiedad de Industrial Minera México, subsidiaria de Grupo México, que preside el magnate Germán Larrea Mota Velasco, cuya empresa recientemente pagó inserciones para descalificar a Andrés Manuel López Obrador, principalmente por incluir al dirigente minero Napoleón Gómez Urrutia como candidato plurinominal al Senado.
La relevancia de los nombres es por la responsabilidad que tenían en los hechos alegados por los 48 peticionarios, es decir, en la violación de los derechos a la vida, la integridad personal, a las garantías judiciales, al acceso a la justicia y a los derechos económicos, sociales y culturales, vulnerados por el Estado mexicano, cuando personalidades vigentes en la arena política de estos días desempeñaban funciones relacionadas con el sector.
En materia penal, como el propio gobierno alegó ante la CIDH, fue una denuncia del sindicato minero de Napoleón Gómez Urrutia lo que posibilitó una pifia: el Ministerio Público local, durante el gobierno de Humberto Moreira, admitió una reparación del daño que dejó impunes a funcionarios menores de la STPS y a mandos medios de la empresa.
Para ello, Gómez Urrutia se valió de su segundo de a bordo, quien después fundó su propio sindicato, Carlos Pavón, hoy candidato del PRI-PVEM-Panal a diputado federal plurinominal.
La Familia de Pasta de Conchos, organización civil que acompaña a las víctimas de la minería del carbón y peticionaria en el proceso ante la CIDH, ha evidenciado que por contratos de protección suscritos entre el sindicato y la empresa subsidiaria de Grupo México que operaba la mina colapsada, 35 de los 65 trabajadores no estaban sindicalizados y carecían de derechos laborales fundamentales, por lo que las pensiones a sus deudos resultaron bajas.
En la administración estatal de Humberto Moreira se emitieron actas de defunción ilegales que posibilitaron cálculos pensionarios por debajo de lo que debió ser. Luego hubo otras actas de defunción que operaron a favor de la empresa y ese es uno de los asuntos que se revisará en el mencionado caso ante la CIDH.
En tanto, este organismo interamericano documentó que la PGR archivó la averiguación previa en 2008. Sin embargo, en 2012 fue reactivada hasta que en 2015 se decretó la prescripción del delito, por lo que los asuntos pendientes del caso fueron turnados al fuero común en Coahuila.
Aunque la CIDH no lo expone, Proceso documentó desde 2006 que, al iniciar la administración de Enrique Peña Nieto, la PGR a través de su Subprocuraduría de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos reabrió el caso y con esa bandera se presentó el entonces subprocurador, el panista Ricardo García Cervantes.
Las demoras y la renuncia de García Cervantes a finales de 2014 sepultaron el caso. Este semanario tiene copia del oficio de traslado al fuero común coahuilense durante el mandato de Rubén Moreira, hoy el principal operador electoral del comité nacional del PRI.
La admisión del caso
Los alegatos del Estado mexicano ante la CIDH son los mismos que se hicieron valer en tribunales nacionales y que, en general, partían de la falta de reconocimiento de interés jurídico de los deudos. Pero ahora el organismo internacional los rechazó.
La razón: en su Análisis de los Hechos Alegados, la CIDH incluso le recuerda al Estado mexicano que la calidad de víctima se determina con base en la normatividad del Sistema Interamericano y no de las instancias internas del Estado parte. Esto es que, aun cuando las leyes mexicanas no reconozcan el interés jurídico de las víctimas, la CIDH conforme a sus propias normas sí puede hacerlo.
Con las pruebas y argumentos jurídicos presentados por los deudos, relacionadas con la mala calidad de las inspecciones y la falta de debida diligencia en la recuperación de cuerpos, la investigación, la reparación del daño e indemnización a los familiares, existen elementos que podrían caracterizar la violación de derechos contemplados en la Declaración Interamericana de Derechos Humanos.
En sus alegatos, el Estado mexicano aseguró que se había demostrado la eficacia del sistema de justicia en materia penal, laboral y administrativa; también, que se pagaron indemnizaciones; que ninguna familia apeló el sobreseimiento de la averiguación previa federal y, aprovechando que aún se desahoga un procedimiento en la Organización Internacional del Trabajo (OIT), intentó evitar el procedimiento ante la CIDH.
Entonces la CIDH terminó por desechar también este último alegato con el que los gobiernos de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto intentaron evitar que se abriera el caso, pues el organismo interamericano explicó que no hay relación entre el caso de la OIT y el de la CIDH, ni son equivalentes.
Finalmente, sobre la eficacia de la justicia mexicana, la CIDH deja a salvo los procesos que puedan estar en curso, advirtiendo que analizará en la etapa procesal correspondiente si en México se cumplieron las garantías de debido proceso y protección judicial, y si se ofrecieron las garantías judiciales pertinentes a las presuntas víctimas.
Un mensaje a los gobiernos
Para Auerbach Benavides, la admisión del caso impacta en distintas dimensiones. Destaca, por ejemplo, que el asunto se haya admitido tras rechazar todos los alegatos del Estado mexicano que aquí se hicieron valer contra las familias.
“Lo primero es que la CIDH dice que las familias tienen razón. Esta admisión, si bien es para hacer un informe de fondo, podemos considerar algo muy relevante: que ninguno de los argumentos que presentó el gobierno se dio por válido y que la representación del Estado no pudiera combatir ni descalificar, desde 2010, los alegatos de las víctimas. Simplemente no pudieron”, afirma en entrevista con Proceso.
Auerbach, que se mantiene cercana al caso desde pocos días después del siniestro, hace notar que por primera vez queda demostrado, gracias al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que Pasta de Conchos no se trata sólo de 64 viudas con sus hijos, sino que va más allá, a la afectación de familias enteras y de una región que se ha visto históricamente sometida por las mineras.
La petición ante la CIDH fue firmada por 48 familiares directos, es decir, viudas e hijos de los mineros que quedaron atrapados en el filón, pero también por la familia extendida, para sumar 582 peticionarios, acompañados por las mencionadas organizaciones defensoras de derechos humanos.
“Creo que es el primer caso, y si no uno de los primeros, en el que el Sistema Interamericano admite un asunto que implica a una compañía minera. Y es importante que esa compañía sea Grupo México porque, no obstante todas las irregularidades que había, el Estado estuvo dispuesto a sacrificar a las familias para proteger a esa empresa”, sostiene.
En un análisis más interpretativo, Auerbach advierte que la protección de los gobiernos de Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto tenía el objetivo de enviar un mensaje a la inversión extranjera: pueden hacer lo que quieran porque las autoridades están dispuestas a protegerlas.
“Esta admisión del caso ante la CIDH, ahora, debe enviar el mensaje y dejar claro que los Estados no deben ni pueden querer proteger a una empresa por encima de la protección de los ciudadanos”, subraya.
En los alegatos de las víctimas hay una secuencia lógica, que Auerbach explica: estuvo mal lo que hicieron Felipe Calderón y Javier Lozano al cerrar todas las posibilidades de justicia; estuvo mal lo que hicieron los hermanos Moreira al emitir actas de nacimiento ilegales y no actuar cuando la PGR les derivó el expediente.
Entre los agentes nocivos para las familias, la especialista incluye la venta de contratos de protección y las negociaciones ilegítimas de emplazamientos por parte de Napoleón Gómez Urrutia y Carlos Pavón, así como sus acciones judiciales perniciosas para los deudos.
Sobre todo, advierte, es una vergüenza para el país que Fox y Salazar Sáenz permitieran, con su laxitud, que esa mina operara.
Peor aún, considera los esfuerzos de esas autoridades para “querer hacer ver y convencer a la opinión pública de que en Pasta de Conchos ocurrió un accidente, cuando fue un siniestro por negligencia de gobierno y empresa”.

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